Sistema Sanitario Español: Organización y Asistencia a Extranjeros

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**Asistencia Sanitaria en Situaciones Especiales**

**Extranjeros no Registrados ni Autorizados como Residentes en España**

Los extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España recibirán asistencia sanitaria en las siguientes modalidades:

  • a) De urgencia por enfermedad grave o accidente, cualquiera que sea su causa, hasta la situación de alta médica.
  • b) De asistencia al embarazo, parto y posparto.
  • c) En todo caso, los extranjeros menores de dieciocho años recibirán asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles.

**Niveles Organizativos del Sistema Sanitario Español**

El sistema sanitario español actual tiene tres niveles organizativos:

  • La administración central (Ministerio de Sanidad, Consumo, Política Social e Igualdad).
  • Administraciones autonómicas (Servicios Autonómicos de Salud).
  • Áreas de Salud.

**Ministerio de Sanidad y Consumo**

Las decisiones sobre cómo se organiza la sanidad en una comunidad autónoma (decidir los hospitales, personal, dinero que se invierte, tipo de prestaciones que se ofertan, cantidad de dinero sacado de impuestos de productos como el tabaco, alcohol, etc.) las toman las propias comunidades autónomas.

Corresponde al Ministerio de Sanidad la coordinación general de la sanidad (la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de salud), así como supervisar nuestro sistema sanitario para garantizar la igualdad, calidad y eficacia.

Otras competencias del ministerio incluyen:

  • Financiación, a través de los presupuestos generales del Estado.
  • Sanidad exterior.
  • Normativas de seguridad alimentaria, medio ambiente.
  • Legislación de productos farmacéuticos.
  • Regulación de los títulos de las profesiones sanitarias.

**Organización Autonómica: Servicio de Salud de cada Comunidad Autónoma**

Los servicios de salud de cada comunidad autónoma se encargarán de gestionar la asistencia sanitaria en su territorio. Es decir, las comunidades autónomas asumen las competencias en materia de sanidad de su territorio.

El proceso de transferencia de la asistencia sanitaria gestionada por el Instituto Nacional de la Salud (INSALUD) se inició en 1981 y culminó en el año 2002. Este ha mantenido la gestión de la sanidad en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla a través del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA).

Las comunidades autónomas ejercen sus competencias en las siguientes materias:

  • Planificación sanitaria (decide la cantidad presupuestaria, prestaciones, centros nuevos, copago, etc.) de su comunidad.
  • Salud pública.
  • Gestión de los servicios de salud.

En cada comunidad autónoma hay un servicio de salud que integra todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de la comunidad. En Canarias se denomina Servicio Canario de Salud.

¿Quién es el máximo responsable? El consejero de sanidad.

**Corporaciones Locales (ayuntamientos, cabildos, etc.)**

Las competencias son, entre otras:

  • Participar y colaborar como miembro del Servicio de Salud de cada CCAA.
  • Control sanitario del medio ambiente.
  • Abastecimiento de aguas.
  • Saneamiento de aguas residuales.
  • Control sanitario de industrias.

**Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS)**

Encargado de la coordinación entre los servicios de salud de las CCAA y de estos con la administración central, el Ministerio de Sanidad y Consumo.

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