El Sistema Político de la Restauración: Pilares del Modelo Canovista en España

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Elementos Fundamentales del Sistema Político de la Restauración Canovista

Antonio Cánovas del Castillo ideó el sistema político de la Restauración Borbónica, basado en la alternancia de dos partidos principales: el Partido Liberal-Conservador, liderado por él mismo, y el Partido Liberal-Fusionista, encabezado por Práxedes Mateo Sagasta. Este modelo buscaba evitar los enfrentamientos y la inestabilidad política de épocas pasadas, así como poner fin a la intervención del ejército en la política mediante golpes de Estado. Para ello, Cánovas eligió como referencia el modelo político inglés.

Las bases fundamentales de este sistema fueron las siguientes:

1. El Sistema Bipartidista

Los dos partidos principales se turnaban en el gobierno sin necesidad de recurrir al apoyo del ejército en forma de pronunciamientos o golpes de Estado. Ambos partidos coincidían ideológicamente en la defensa de la monarquía, de la Constitución y de la propiedad privada, así como en la consolidación de un Estado unitario y centralista, aunque presentaban algunas divergencias en su aplicación práctica.

2. El Turnismo

El Turnismo consistía en la alternancia pactada en el poder entre los dos partidos principales. Cuando un gobierno experimentaba desgaste por su gestión o se consideraba necesario un relevo, se sugería al Rey un cambio de gobierno. El presidente del gobierno sería entonces el líder de la oposición, quien disolvería las Cortes y convocaría nuevas elecciones para conseguir la mayoría en el Parlamento que le permitiera formar gobierno. Es importante destacar que el resultado de las elecciones era previamente acordado por ambos partidos, lo que alejaba a otras formaciones políticas de la posibilidad de acceder al poder.

3. La Constitución de 1876

La Constitución de 1876 ha sido, hasta el momento, la Constitución española que ha estado más tiempo en vigor. Sus características principales fueron:

  • La soberanía estaba compartida entre el Rey y las Cortes, otorgando preeminencia al monarca.
  • El Rey designaba al jefe del Ejecutivo, convocaba y disolvía las Cortes, y tenía derecho de veto suspensivo.
  • Además, se declaraba que el Rey era anterior a las Cortes y los artículos referidos a sus poderes no podían ser debatidos por estas. El Rey era inviolable y tenía amplios poderes en la organización y en los ascensos del ejército.
  • Las Cortes eran bicamerales.
  • El sistema electoral se basaba en el sufragio censitario masculino, limitado a los mayores contribuyentes.
  • Se declaraban derechos y libertades fundamentales (imprenta, expresión, asociación y reunión). Los gobiernos conservadores los aplicaron de forma más restrictiva, mientras que los liberales lo hicieron con mayor amplitud.
  • Se declaraba al catolicismo como religión oficial y el Estado se comprometía al mantenimiento de la Iglesia, aunque se permitía el culto privado de otras religiones.
  • Era de carácter centralista, lo que ponía a ayuntamientos y diputaciones bajo el control del gobierno central y garantizaba las mismas leyes en todo el país al suprimir los fueros vascos.

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