El Sistema Político de la Restauración Borbónica en España (1874-1923): Claves y Funcionamiento

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Contexto Histórico de la Restauración Borbónica

La sublevación militar llevada a cabo por el general Martínez Campos contra la I República en 1874 aceleró el nombramiento como rey de Alfonso XII, hijo de Isabel II. Este hizo público desde su exilio en Gran Bretaña el Manifiesto de Sandhurst, escrito por Cánovas del Castillo. En él señalaba que se ponía a disposición de los españoles con la intención de garantizar el funcionamiento del sistema, la estabilidad política y el orden social. La Constitución, expresión del liberalismo moderado, refleja el sistema político ideado por Cánovas, basado en un sistema de soberanía compartida entre el Rey y las Cortes (considerado por Cánovas como la “constitución interna” del país, incuestionable ya al margen de cualquier decisión política); y articulado, siguiendo el modelo inglés, por dos partidos políticos (bipartidismo) que se turnarían pacíficamente en el poder (turnismo o turno dinástico), mediante el falseamiento del proceso electoral.

La Constitución de 1876

Inauguradas las Cortes constituyentes en febrero de 1876, Cánovas presentó al Congreso un proyecto de Constitución que había sido previamente elaborado por una “Comisión de notabilidades” formada por 39 personas representantes de distintas tendencias políticas. El Congreso nombró una Comisión dictaminadora de 7 personas. Las Cortes aprobaron la Constitución en un tiempo breve y con muy pocos debates, si se exceptúan los llevados a cabo en torno a la cuestión religiosa. Es una constitución breve –89 artículos– y fue sancionada por el Rey el 30 de junio, apareciendo el 2 de julio impresa en la Gaceta de Madrid.

La soberanía, con un enfoque conservador de la división de poderes, está compartida entre las Cortes y el Rey, al que se le otorgan amplias competencias: ejercía la jefatura del ejército y elegía libremente al jefe de gobierno, pudiendo suspender las Cortes sin contar con el gobierno. La función legislativa recaía en unas Cortes bicamerales, con un Senado, formado por miembros en función de su cargo o designados por el Rey; y un Congreso, elegido por sufragio directo. El tipo de sufragio quedaba en manos del gobierno. La ley electoral de 1878, tramitada por los conservadores, estableció el voto censitario. El sufragio universal masculino se aprobó en 1890 bajo un gobierno liberal, si bien su eficacia fue anulada por el fraude y la corrupción electoral. Asimismo, se mantenía la independencia del poder judicial.

Derechos, Libertades y Confesionalidad del Estado

El nuevo texto constitucional contaba con una amplia declaración de derechos y libertades individuales (imprenta, expresión, reunión y asociación), aunque se dejaba su posterior regulación al ejecutivo. Los gobiernos conservadores los aplicaron de un modo más restrictivo que los liberales. La Constitución también proclamaba la confesionalidad católica del Estado, aunque toleraba otras creencias siempre que no se hiciera manifestación pública de ellas. Además, garantizaba el presupuesto para el mantenimiento del culto y del clero. Planteaba un estado centralista que ponía ayuntamientos y diputaciones bajo el control del gobierno y garantizaba la existencia de las mismas leyes en todo el país, al ser suprimidos los fueros vascos.

El Bipartidismo y el Turno Pacífico

Cánovas concibió un sistema partidista en el que dos partidos se turnaran en el gobierno sin tener que recurrir al apoyo del ejército en forma de pronunciamiento o golpe de estado. Se trataba de partidos de notables, es decir, de líderes políticos con sus clientelas respectivas, sus órganos de prensa y sus apoyos locales. Los dos partidos dinásticos fueron:

  • El Partido Liberal-Conservador, creado y liderado hasta su asesinato en 1897 por Cánovas del Castillo, que sustituía al antiguo Partido Moderado.
  • El Partido Liberal-Fusionista, fundado por Sagasta, con un programa más progresista que incluía algunos ideales liberales del Sexenio Democrático.

Ambos coincidían ideológicamente en lo fundamental: la defensa de la monarquía, de la Constitución y de la propiedad privada, así como la consolidación del estado liberal, unitario y centralista. Las principales divergencias estaban en el terreno de las libertades individuales. Los liberales de Sagasta aprobaron, entre otras medidas, la Ley de Asociación (1887) que permitió la entrada en juego de las fuerzas opositoras y el sufragio universal masculino (1890) en las elecciones generales, que permitió votar a los varones mayores de 25 años. El apoyo social de ambos partidos estaba en la alta burguesía y la clase media acomodada.

El Pacto del Pardo y la Regencia de María Cristina

Estas dos grandes opciones dinásticas se turnarán regularmente en el poder (turno pacífico), funcionando con regularidad hasta 1898. Tras la muerte de Alfonso XII (1885), se impuso un acuerdo entre conservadores y liberales, el llamado Pacto del Pardo, para dar apoyo a la regencia de María Cristina de Habsburgo y garantizar la continuidad de la monarquía ante las fuertes presiones de los carlistas y republicanos. La alternancia regular en el poder entre los dos partidos de turno quedaba garantizada porque se invertía el proceso normal en un proceso democrático: cuando el gobierno experimentaba desgaste en su gestión, el rey nombraba Jefe de Gobierno al líder de la oposición, a quien le otorgaba el decreto de disolución de Cortes y de convocatoria de nuevas elecciones, para conseguir en ellas una mayoría parlamentaria suficiente para gobernar.

El resultado de las elecciones era acordado de antemano por ambos partidos. La alternancia en el poder se lograba de forma artificial, teniendo el ministro de la Gobernación, los Gobernadores Civiles de las provincias y los caciques de las comarcas, un papel clave. Un conjunto de trampas electorales –compras de votos, falsificación del censo, votos falsos en las urnas y manipulación de actas electorales– era la forma de conseguir los resultados previstos.

Crítica al Sistema de la Restauración

El texto se inscribe en la profunda crítica de los regeneracionistas al sistema político de la Restauración diseñado por Cánovas, crítica que se acentuó tras la humillación sufrida por el pueblo español tras el “desastre del 98”. El sistema político ideado por Cánovas, expresión del liberalismo moderado, está basado en un sistema de soberanía compartida entre el Rey y las Cortes y articulado por dos partidos políticos (bipartidismo) que se turnaban pacíficamente en el poder (turnismo).

Funcionamiento del Sistema Bipartidista

Cánovas concibió un sistema bipartidista en el que dos partidos se turnasen en el gobierno sin tener que recurrir al apoyo del ejército en forma de pronunciamiento o golpe de Estado. Se trataba de partidos de notables, es decir, de líderes políticos con sus respectivas clientelas, sus órganos de prensa y sus apoyos locales. Los dos partidos dinásticos fueron: el Partido Liberal-Conservador, creado y liderado, hasta su asesinato en 1897, por Cánovas del Castillo, que sustituía al antiguo Partido Moderado; y el Partido Liberal-Fusionista, fundado por Sagasta, con un programa más progresista, que incluía algunos ideales del Sexenio Democrático.

Ambos coincidían ideológicamente en lo fundamental: la defensa de la Monarquía, de la Constitución y de la propiedad privada, así como la consolidación del Estado liberal, unitario y centralista. El apoyo social de ambos partidos estaba en la alta burguesía y la clase media acomodada. Esas dos grandes opciones dinásticas se alternaban regularmente en el poder (turno pacífico), funcionando el sistema con regularidad hasta 1898. Tras la muerte del rey Alfonso XII (1885), se impulsó un acuerdo entre conservadores y liberales, el llamado Pacto del Pardo, para dar apoyo a la regencia de María Cristina de Habsburgo y garantizar la continuidad de la monarquía ante las fuertes presiones de carlistas y republicanos.

El Mecanismo del Turno y el Fraude Electoral

La alternancia en el poder entre los partidos del turno quedaba garantizada porque se invertía el proceso normal en un sistema democrático: cuando el gobierno experimentaba desgaste en su gestión, el Rey nombraba Presidente del Gobierno al líder de la oposición, a quien le otorgaba el decreto de disolución de Cortes y de convocatoria de nuevas elecciones, para conseguir en ellas una mayoría parlamentaria suficiente para gobernar. El resultado de las elecciones era acordado de antemano por ambos partidos. El proceso de preparación de las elecciones comenzaba con el encasillado: el Ministerio de la Gobernación rellenaba las casillas de los distritos electorales con los nombres de los candidatos que el Gobierno tenía previsto que resultaran elegidos.

El Gobernador Civil de cada provincia, adicto al partido ahora en el gobierno, buscaba el acuerdo con los caciques para conseguir ajustar los resultados electorales a las instrucciones recibidas del Ministerio de la Gobernación. El cacique era el hombre más influyente de una localidad o comarca y ejercía el poder sobre los electores de la zona. La base de su poder residía en el control de los actos de la Administración y en la influencia que ejercía en el gobernador provincial y en el Gobierno. De este modo, el cacique podía realizar y solicitar favores, agilizar trámites y gestiones y, a cambio, recibía la lealtad de los electores de su localidad o comarca.

Un conjunto de trampas electorales (compra de votos, falsificación del censo, inclusión de votos falsos en las urnas, etc.) era la forma de conseguir los resultados previstos. Todas estas prácticas fraudulentas llevaron al desencanto de una buena parte de la población, que se concretó en un elevado abstencionismo electoral. La prensa extranjera presentó a España como una “nación moribunda”, con un ejército ineficaz, un sistema político corrupto y unos políticos incompetentes.

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