El Sistema Jurisdiccional Español: Jerarquía y Principios Fundamentales

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Principios Fundamentales del Derecho Procesal

El Pro Principio Constitucional

El Pro Principio es un principio constitucional vinculado directamente al derecho a la tutela judicial efectiva. Este principio exige a los órganos judiciales la exclusión de determinadas aplicaciones o interpretaciones de los presupuestos procesales que eliminen u obstaculicen injustificadamente el derecho del litigante a que un órgano judicial conozca y resuelva sobre la pretensión a él sometida.

Jerarquía y Competencias de los Órganos Judiciales

Tribunales con Jurisdicción Nacional

Tribunal Supremo (TS)

El Tribunal Supremo tiene jurisdicción en toda España y es el órgano superior en todos los órdenes, salvo en materia de garantías constitucionales. Se organiza en las siguientes salas:

  • Sala de lo Civil.
  • Sala de lo Penal.
  • Sala de lo Contencioso-Administrativo.
  • Sala de lo Social.
  • Sala 61: Con competencias específicas definidas en el artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, incluyendo la legalidad o no de los partidos políticos.

Audiencia Nacional (AN)

La Audiencia Nacional tiene jurisdicción en toda España. Está compuesta por salas de apelación, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social. Es importante destacar que no tiene competencia en el ámbito civil.

Órganos Judiciales Autonómicos y Provinciales

Tribunales Superiores de Justicia (TSJ)

Los Tribunales Superiores de Justicia tienen jurisdicción en el ámbito de cada Comunidad Autónoma (CCAA). Se sitúan jerárquicamente por debajo del Tribunal Supremo. Las ciudades de Ceuta y Melilla pertenecen a la demarcación de Andalucía. Los TSJ se dividen en tres salas:

  • Sala de lo Civil y Penal.
  • Sala de lo Contencioso-Administrativo.
  • Sala de lo Social.

Audiencia Provincial (AP)

La Audiencia Provincial tiene jurisdicción en toda la provincia. Conoce de materias civil y penal, pero no se organiza en salas, sino en secciones. Por ejemplo, la Audiencia Provincial de Alicante conoce de la marca europea que se extiende a toda España.

Juzgados de Primera Instancia y Especializados

Juzgados de Primera Instancia o Instrucción

Estos juzgados tienen jurisdicción en el partido judicial (varios municipios), siendo la capital del partido su sede. Si existen juzgados de paz en los municipios que forman el partido, no podría haber juzgados de primera instancia. Conocen del orden civil y penal. En ciudades grandes, se separan:

  • Instancia: Orden civil.
  • Instrucción: Orden penal.

Juzgados de lo Mercantil

Pertenecen al orden civil y fueron creados como entidad autónoma en 2003. Se encargan principalmente de temas relacionados con concursos de acreedores.

Juzgados de Violencia sobre la Mujer

Pertenecen al orden penal, aunque tienen algunas competencias en el ámbito civil. Su demarcación es la del partido judicial. Actualmente existen unos 106 juzgados de este tipo.

Juzgados Centrales de lo Penal

Tienen jurisdicción en toda España. Conocen de los mismos delitos que la Audiencia Nacional, pero cuando la cuantía de estos no reúne los requisitos para ser competencia de la AN, se encargan estos juzgados. Tienen sede en Madrid.

Juzgados de lo Penal

Su demarcación es la provincia y tienen jurisdicción en toda ella, en el marco de la Audiencia Provincial.

Juzgados de lo Contencioso-Administrativo

Tienen sede en la capital de provincia y su demarcación es la provincia. Existen también juzgados centrales.

Juzgados de lo Social

Tienen competencias en el orden social y laboral. Existen también juzgados centrales.

Juzgados de Vigilancia Penitenciaria

Habrá al menos uno en cada provincia, aunque no siempre. Su jurisdicción no se limita solo a la provincia, sino que puede extenderse a una o más Comunidades Autónomas o a una demarcación inferior a la provincial. Los juzgados centrales unifican criterios de ejecución de penas, tienen jurisdicción en todo el territorio nacional y sede en Madrid.

Juzgados de Menores

Tienen sede en su capital de provincia y conocen de asuntos que involucran a personas entre 14 y 18 años. El juzgado central de menores tiene sede en Madrid y jurisdicción en toda España, siendo un órgano complementario al penal.

Juzgados de Paz

Existen en los municipios siempre que no haya un juzgado de primera instancia. Están servidos por jueces legos. Su ámbito es civil, conociendo de cuantías menores (aproximadamente 70-90 euros). Sus jueces son elegidos por el Ayuntamiento por mayoría absoluta.

Tribunales Especiales y Constitucionales

Dentro del sistema jurisdiccional español, existen órganos con funciones especializadas:

  • Tribunal Constitucional (TC).
  • Tribunal del Jurado.
  • Tribunal Militar.
  • Tribunales Consuetudinarios.
  • Tribunal de Cuentas.

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