Sistema fiscal

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Tema 4    Los tributos: Constituyen los ingresos publivos mas importantes en el presupuesto del Estado. Tienen carácter obligatoriedad para los contribuyentes, su finalidad es obtener los recurrsos necesarios para sufragar el gasto publico y actuar en la actividad económica del país.
carácterísticas: Carácter obligatorio, carácter monetario, carácter contributivo. CLASES DE TRIBUTOS; Impuestos, contribuciones especiales, Tasas. TASAS; Son pagos de dinero realizador a un ente publico en contraprestación por un servicio publico. CONTRIBUCIONES ESPECIALES; Son tributos que gravan los ingresos públicos. IMPUESTOS; Son pagos exigidos por las Administraciones publicas. SISTEMA TRIBUTARIO ESPAÑOL; Principio de generalidad, principio de igualdad, principio de capacidad económica, Principio de agresividad, principio de no confiscatorio, principio de legalidad. LA AGENCIA TRIBUTARIA; Se encarga de recaudar los impuestos estatales y distribuir la parte de los impuestos cedidos de forma parcial a las comunidades.
IMPUESTOS DIRECTOS; ESTATALES: IRPF, ISD   COMUNIDADES AUTÓNOMAS; ISD, IP LOCALES; IAE, IBI IMPUESTOS INDIRECTOS; ESTATALES; IVA, IMPUESTOS ESPECIALES, TABACO, ALCOHOL ETC.  COMUNIDADES AUTÓNOMAS: ITPAJD  ELEMENTOS DE LA DECLARACIÓN TRIBUTARIA; Hecho imponible;
Esta formado por las circunstancias previstas en la ley.
BASE IMPONIBLE; Es la cantidad sobre la cual se aplica el tipo impositivo. BASE LIQUIDABLE; Es el resultado de restarle a la base imponible las cantidades que la ley permite en cada tributo. TIPO IMPOSITIVO; Es un porcenjtaje que se aplica a la base liquidable o, en su caso, a la base imponible. 
CUOTA INTEGRA: Es el resultado de aplicar a la base el tipo impositivo.
OTROS CONCEPTOS TRIBUTARIOS; Deducción fiscal, Desgravación fiscal, Domicilio fiscal, Periodo impositivo, Exención, No sujeccio. 
EXTINCIÓN DE LA DEUDA TRIBUTARIA. FORMAS DE EXTINCIÓN DE LA DEUDA TRIBUTARIA; PAGO; Se abona la cantidad de dinero correspondiente. PRESCRIPCIÓN; No se abona la cantidad en el tiempo establecido y no hay posibilidad de reclamar. Compensación; Se puede compensar la deuda tributaria con créditos. Condonación; En ocasiones se puede perdonar la deuda tributaria. INSOLVENCIA; El sujeto pasivo legalmente no puede hacer frente a la deuda tributaria y esta queda anulada.


TEMA 5 
DECLARACIÓN CENSAL; Cuando alguien inicia una actividad económica empresarial o profesional sabe que tendrá una serie de compromisos con la Admnistracion Publica, Algunos se general y se tienen que cumplir antes de iniciar la actividad y otros durante el desarrollo de la misma. ELEMENTOS DE LA DECLARACIÓN CENSAL; Todas las personas físicas o juridicidad deben solicitar la inscripción en el censo de empresarios, profesionales y retenedores antes del inicio de las actividades. Están obligados quienes desarrollen en territorio español.
HECHO IMPONIBLE. ACTIVIDADES NO SUJETAS AL IAE: - VENTA DE BIENES INTEGRADOS DENTRO DEL ACTIVO FIJO DE LA EMPRESA. - VENTA DE PRODUCTOS QUE SE RECIBEN EN PAGO POR TRABAJOS. - EXPOSICIÓN DE ARTÍCULOS CON EL FIN EXCLUSIVO DE Decoración O ADORNO DEL ESTABLECIMIENTO.
- REALIZACIÓN DE UNA SOLA OPERACIÓN AISLADA(VENTA) POR PARTE DE UN MINORISTA ( TIENDA)
SUJETOS EXENTOS DEL IAE. - Estado, comunidades autónomas y entidades locales. - Sujetos pasivos que inician la actividad durante los dos primeros años. - Personas físicas sean o no residentes. - Sujetos pasivos con importe neto de 1000.000
-Entidades gestoras de la seguridad Social y mutualidades. - Organismos públicos de investigación. - Fundaciones y asociaciones de disminuidos físicos. 
Cruz roja. - Sujetos pasivos a los que les sea de aplicación la excencion en virtud de tratados o convenios internacionales. 
TARIFAS DEL IMPUESTO; Es una cantidad que se asigna teniendo en cuenta por un lado la activiad que realiza la empresa.
EL COEFICIENTE DE Ponderación; En función del importe neto de la cifra de nefocios (Ventas) del sujeto pasivo.
HECHO IMPONIBLE: Entregas de bienes y prestaciones de servicios. - Adquisiciones intracomunitarias de bienes. - Importaciones de bienes. - 
EXENCIONES. Servicios de docencia, Asistencia a personas físicas por profesionales médicos, Servicios profesionales, arrendamientos de viviedas.  PRINCIPALES SITUACIONES DE NO SUJECIÓN. -Las transiciones. Las entregas gratuitas de muestras de mercancías sin valor comercial estimable. -´Las entregas sin contraprestación. Los servicios prestados por trabajadores. 


 Tema 6 
El hecho iMPONIBLE
las rentas que se han de declarar son las siguientes;
lOS RENDIMIENTOS DEL TRABAJO ( SUELDOS, SALARIOS, PENSIONES)
Los RENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBILIARIOS 
Captil inmobiliarios 
Rendimientos de la actividades económicas
Las ganancias y perdidad patrimoniales 
VALOR CASTRAL DE UN INMUEBLE 
ES UN VALOR ADMNISTRATIVO QUE DETERMINA UNILATATERALMENTE LA ADMNISTRACION DE MANERA OBJETIVA. 
RENDIMIENOS DE LAS ACTIVIDADES ECOMINCAS 
Estimación DIRECTA NORMAL.
Estimación DIRECTA SIMPLIFICADA. 
LA BASE LIQUIDABLE. - Por declaración conjunta. - Pnesiones compensatorias a favor del cónyuge satisfechas por decisión judicial. 
Anualidades por alimentos 
Aportaciones a planes de pensiones.

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