Servicios Sociales: Estructura, Competencias y Novedades
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Colectivos de Actuación
El SPSS diseñará sus actuaciones tomando en consideración tres sectores de edad: menores, adultos y mayores.
- Cada sector recibirá atención complementaria desde los servicios sociales de atención primaria y especializada.
- Las actuaciones que se diseñen tendrán carácter integrado, cubriendo los aspectos preventivo, asistencial, de promoción y de inserción.
- Se diseñará el tipo de intervención adecuada en cada caso con la participación de los interesados.
- La intervención tendrá carácter interdisciplinar para ofrecer una atención integrada.
- Se establecerán los ratios profesionales/población para garantizar la cobertura de atención adecuada.
- Al acceder al SPSS se asignará un profesional de referencia (en atención social primaria será un trabajador social).
Niveles de Atención
Atención Social Primaria
→ Estructura de acceso al sistema de Servicios Sociales
→ Polivalente
→ Comunitario
→ Equipamiento básico es el Centro Municipal de SS.SS
→ Conjunto de CSS.SS = Red Básica de SS.SS de la CAM
→ Detección y análisis de necesidades y demandas
→ Diagnóstico y valoración técnica
→ Identificación y captación de las poblaciones de riesgo
→ Atención profesional personalizada
→ Gestión y seguimiento de prestaciones
→ Desarrollo de programas
→ Fomento de la participación
→ Coordinación con el nivel especializado
Atención Social Especializada
→ Da respuesta a necesidades que requieren de una especialización técnica o recursos determinados.
→ Sus recursos se organizan por sectores de atención (edad o necesidades).
→ Los recursos estarán desconcentrados en el territorio.
→ El conjunto de equipamientos = Red Especializada de SS.SS
→ Detección, análisis y evaluación de necesidades y demandas
→ Diagnóstico y valoración técnica
→ Asesoramiento, apoyo y tratamiento especializado
→ Desarrollo de actividades socioeducativas y rehabilitadoras
→ Gestión de prestaciones
→ Coordinación con el nivel primario
→ Desarrollar planes y programas específicos por colectivos
Órganos de Participación
Las Administraciones públicas fomentarán la participación de los ciudadanos y las instituciones en la gestión del sistema de SS.SS, a través de los órganos de participación u otras medidas con el objeto de contribuir a que las prestaciones del sistema respondan a las necesidades de las personas y grupos.
- Consejo Regional de Servicios Sociales
- Consejos Locales de Servicios Sociales
- Consejos Sectoriales
- Participación en los Centros de SS.SS
Distribución de Competencias
Comunidad Autónoma
Consejo de Gobierno
- Iniciativa legislativa y desarrollo reglamentario
- Aprobación de planes y programas de los SS.SS
- Establecimiento de mínimos
- Determinación de los servicios cofinanciados por usuarios
- Reglamentación de los SS.SS públicos
- Instrumentos de coordinación
Consejo de Competencia en Materia de Servicios Sociales
- Desarrollo reglamentario y ejecución de las disposiciones del consejo
- Elaboración de planes y programas
- Diseño de modelos de intervención
- Cooperación y financiación de la Atención Social Primaria
- Establecimiento del nivel especializado
- Concesión del RMI y ayudas económicas individuales y gestión de PNC
Entidades Locales
Municipios
- Estudio y detección de necesidades
- Planificación de los SS.SS y dotación del personal necesario
- Establecimiento del nivel de atención primaria
- Gestión del nivel especializado
- Concesión de las prestaciones de emergencia social
- Fomento de la participación y creación e impulso de los Consejos Locales
- Colaboración con las funciones de inspección y control de calidad
- Programas de sensibilización social
- Otras que se determinen por ley; las atribuidas en materia de menores
Instrumentos de Planificación
Plan Estratégico de SS.SS
→ Lo elaborará la Consejería competente cada 4 años
→ Participación de las corporaciones locales y aprobación por el Consejo de SS.SS (previo informe del Consejo Interadministrativo y el Consejo Regional)
→ Se acompañará de una memoria económica para su aplicación
Planes y Programas Sectoriales
→ Como complemento al Plan Estratégico y dirigidos a colectivos específicos
→ Plan de elaboración y aprobación igual
Novedades Respecto a la Ley 11/1984
- En los principios se ha procurado evitar reiteraciones y enunciados voluntaristas.
- Se recogen derechos y deberes de los ciudadanos en relación a los SS.SS.
- Se introduce dentro de las prestaciones económicas el cheque servicio.
- No se hace una referencia a colectivos específicos de atención sino en relación a los factores de vulnerabilidad que puedan afectar a cualquier persona a lo largo de su vida.
- El profesional de referencia es un derecho de la persona con la función de orientar y acompañar.
- Cambio de denominación de generales y especializados a nivel de atención social primaria y atención social especializada.
- Se reconoce a entidades locales la potestad de desarrollar las funciones de la atención social primaria y la posibilidad de gestionar los equipamientos de atención especializada.
- Obligatoriedad de realizar un Plan Estratégico y Planes Sectoriales.
- Se contempla la financiación de la administración con la participación de los usuarios.
- Se da una combinación en el mantenimiento básico de los derechos sociales con la producción mixta (público-privado) de servicios para el Bienestar Social.
- Hay una atención expresa a la dependencia aunque se focaliza en la más severa donde se requiere mayor esfuerzo e incremento de recursos.
- La investigación, la formación continua y la formación de nuevos profesionales se configuran como el soporte de unos servicios sociales más eficientes.