Todo sobre los servicios bancarios y la domiciliación de recibos
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Características de los servicios bancarios
Las entidades de crédito son intermediarios financieros que llevan a cabo servicios bancarios u operaciones neutras (gestión de cheques, transferencias, administración de riesgos, asesoramiento, etc.). Se denominan operaciones neutras porque no implican la captación de fondos ni la concesión de crédito. No obstante, la mayor parte de estos servicios suelen ir íntimamente unidos a una operación de activo y pasivo.
Características comunes de productos y servicios bancarios
Los productos y servicios bancarios presentan características comunes:
- Son compromisos de la entidad con su cliente, en los que la confianza y la seguridad de que se llevarán a cabo satisfactoriamente son fundamentales.
- No presentan circunstancias especiales que los diferencien de los productos o servicios de la competencia, lo que genera una constante evolución y que las entidades compitan para proponer nuevos productos o servicios a sus clientes.
Diferencias clave entre productos y servicios bancarios
Para diferenciar unos de otros, podemos destacar:
- Los productos bancarios suponen un riesgo soportado por el cliente o por la entidad, mientras que los servicios bancarios no suponen riesgo para ninguna de las partes.
- Los productos son derechos que se van acumulando hasta su vencimiento y, por ello, figuran en el balance de la entidad. Los servicios, en cambio, se prestan en un momento determinado y no se acumulan.
Domiciliaciones en cuenta: Funcionamiento y tipos
La domiciliación es una orden que realiza el titular de una cuenta a la vista o de crédito para que su entidad bancaria cargue en ella pagos a terceros y abone cobros. Según el efecto que causen sobre el saldo de la cuenta corriente, podemos distinguir dos grandes tipos:
- Domiciliaciones de adeudo: Reducen el saldo de la cuenta.
- Domiciliaciones de abono: Aumentan el saldo de la cuenta.
Las más frecuentes son las de adeudo o adeudo por domiciliación, por las que una empresa da orden a su entidad bancaria de que pague automáticamente los recibos que le presenten otras empresas o entidades. Estos adeudos pueden ser ocasionales (como el pago a Hacienda de la cuota del Impuesto sobre Sociedades) o periódicos.
El adeudo por domiciliación se suele denominar también recibo bancario o recibo normalizado. Para su gestión, se envía un fichero informático elaborado según el formato regulado.
Sujetos que intervienen en una domiciliación
- Ordenante: Persona física o jurídica titular de una cuenta que autoriza una orden de pago a partir de la misma. No es necesario que también sea el destinatario de la orden; en una cuenta se pueden domiciliar pagos correspondientes a personas distintas de su titular, siempre que este sea quien ha dado la orden.
- Beneficiario: Es la entidad o persona que recibe el pago y presenta los recibos al cobro.
- Domiciliado: Es la entidad bancaria donde el ordenante tiene abierta su cuenta.
El recibo bancario
Es un documento emitido por la empresa que desea cobrar, la cual lo cede a una entidad financiera para que lo haga llegar, a través del sistema de compensación electrónica, a la entidad bancaria del deudor para que cargue su importe en la cuenta especificada por dicho deudor.
La orden de domiciliación
Es una operación utilizada por empresas que prestan un servicio o suministro y emiten recibos en masa para que sean pagados por sus clientes mediante un adeudo domiciliado. El cliente acepta por defecto el adeudo en su cuenta y el cargo de recibos siempre que incluyan el CCC o IBAN del deudor.
Devolución de recibos domiciliados: Plazos y condiciones
Un cliente puede solicitar la devolución de un recibo bajo ciertas condiciones y plazos.
Caso 1: El adeudo se ha realizado sin autorización del cliente
- Si el cliente es un particular: El plazo para la devolución es de trece meses desde la fecha del adeudo.
- Si es una empresa: El plazo será el pactado en el contrato.
Caso 2: El cargo estaba autorizado pero es incorrecto
Esto ocurre cuando no se especificó un importe exacto de pago o si el importe adeudado supera lo que se puede esperar como razonable. El plazo para ordenar la devolución será de:
- Si el cliente es un particular: Ocho semanas desde la fecha del adeudo.
- Si es una empresa: El plazo será el pactado en el contrato.
En ambos casos, la entidad bancaria debe proceder a la devolución o a justificar la denegación de la misma.
Coste de la domiciliación bancaria
El coste asociado a las domiciliaciones varía según la parte implicada.
Para el ordenante (quien paga)
Las domiciliaciones pueden ser gratuitas o estar sujetas al cobro de una comisión por parte del banco. Esta es una decisión comercial de la entidad, que puede aplicar un porcentaje sobre el importe de los recibos.
Para el beneficiario (quien cobra)
Se suelen aplicar algunas comisiones por conceptos como:
- Cesión de los adeudos.
- Gestión de cobro.
- Devolución de recibos.