Seguro de crédito a la exportación: contrato, coberturas y beneficios para exportadores
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Contrato de seguro de crédito a la exportación
Objeto: El seguro de crédito a la exportación tiene como finalidad que el asegurado cubra las pérdidas sufridas por créditos no cobrados vinculados a ventas internacionales, mediante la indemnización que el asegurador se compromete a entregar.
Servicios incluidos
Además del pago de la indemnización, las aseguradoras suelen ofrecer otros servicios incluidos en el coste del seguro:
- Servicio preventivo: basado en la clasificación crediticia de los clientes.
- Gestión de recobro: gestión de impagados y reclamaciones amistosas o judiciales cuando la aseguradora agota las gestiones de cobro.
Aspectos esenciales del contrato
Los aspectos esenciales de un contrato de seguro de crédito a la exportación son los siguientes:
- El contrato debe formalizarse por escrito, en una póliza de seguro que recoge las condiciones aplicables a los derechos y obligaciones que asumen las partes que lo suscriben.
- Cubre operaciones de exportación de bienes y servicios, de promoción o fomento de ventas internacionales y operaciones triangulares realizadas por empresas españolas que implican el uso de créditos de prefinanciación, posfinanciación o de confirmación de créditos documentarios.
- El asegurador clasifica el riesgo y, en función de los resultados, concreta las operaciones que va a garantizar y el importe asegurado.
- El asegurador no cubre el 100% de las pérdidas. El porcentaje de insolvencia cubierto por el asegurador suele oscilar entre el 80% y el 90% de los créditos no cobrados; el resto lo asume el exportador.
- Una vez recibida la información, el nuevo beneficiario del crédito pasa a ser la entidad aseguradora.
- La prima depende de los riesgos incluidos en la cobertura, de las particularidades que presenta la operación y del importe asegurado.
- Es habitual que la compañía aseguradora preste servicios adicionales y acciones de recobro por cuenta del asegurado.
Consecuencias para el exportador
Las consecuencias que produce para el exportador contar con un seguro de crédito son varias:
- Minimiza el riesgo de impago de sus ventas internacionales.
- Facilita que una entidad financiera anticipe los derechos de cobro y lo haga a un tipo de interés de descuento inferior al habitual.
- Permite, en muchos casos, prescindir de dotar provisiones por insolvencia.
- La indemnización, en caso de impago, evita que la empresa registre pérdidas por ventas no cobradas.
Obligaciones del asegurado
Las obligaciones que contrae el asegurado en un contrato de seguro de crédito a la exportación son tres:
- Mostrar, cuando el asegurador lo requiera, los registros contables y documentales relativos a los créditos asegurados.
- Colaborar con el asegurador en los procedimientos judiciales interpuestos para reclamar la deuda.
- Ceder al asegurador, a solicitud del mismo, el crédito que tenga contra el deudor insolvente, una vez haya recibido la indemnización de la pérdida.
Tipos de pólizas según el plazo de cobertura
Técnicamente se distinguen diferentes tipos de pólizas. En función del plazo de cobertura:
- Seguro de crédito a corto plazo: Cubre operaciones comerciales, habitualmente recurrentes (revolving), con plazos de liquidación inferiores a 1 año.
- Seguro de crédito con vencimiento a medio y largo plazo: Asegura operaciones concretas cuyos plazos de reembolso oscilan entre 1 y 5 años.
Observaciones finales
El seguro de crédito a la exportación es una herramienta clave para la gestión del riesgo comercial internacional. Además de la protección directa frente a impagos, aporta servicios y facilidades que pueden mejorar la liquidez y la solvencia aparente de la empresa exportadora.