Seguridad Social, Salario y Contratación: Aspectos Clave para el Trabajador

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Seguridad Social: Protección al Trabajador y su Familia

Finalidad: Garantizar a trabajadores y familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada en las situaciones en las que lo necesiten, como enfermedad, accidente, desempleo, muerte, jubilación.

Modalidades y Prestaciones de la Seguridad Social

  1. Contributiva: Integra a trabajadores y familias, tanto españoles como extranjeros residentes legalmente en España, que ejerzan una actividad profesional y estén incluidos en: trabajo por cuenta ajena, autónomos, estudiantes, funcionarios públicos.
  2. No Contributiva: Incluye a personas que carezcan de recursos económicos propios suficientes para su subsistencia, aun no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente. Comprende prestaciones de asistencia sanitaria, incapacidad permanente y jubilación. Se realiza a través de presupuestos generales del Estado.

Entidades Gestoras de la Seguridad Social

  1. INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social): Entidad encargada de la gestión y administración de prestaciones económicas de nivel contributivo y el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria.
  2. Instituto de Gestión Sanitaria (INGESA): Finalidad: administración de prestaciones sanitarias de la SS en el ámbito de Ceuta y Melilla, ya que en el resto de CCAA tienen transferidas estas competencias.
  3. IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales): Gestiona pensiones de invalidez y jubilación.
  4. Instituto Social de la Marina: Encargada de la gestión y administración de prestaciones del sector marítimo y pesquero.

Organismos Autónomos

  1. SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal): Organismo autónomo de la Administración del Estado cuyas funciones son declarar la suspensión, reanudación, reconocimiento y extinción del derecho a las prestaciones por desempleo y su gestión.
  2. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo: Tiene carácter administrativo. Principal función: asesorar y controlar las acciones dirigidas a disminuir los riesgos laborales, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Inscripción de Empresas y Afiliación de Trabajadores

Inscripción de Empresas

La inscripción es el acto administrativo por el que la Tesorería General de la Seguridad Social asigna a la empresa un número para su identificación y control de sus obligaciones en el respectivo régimen del sistema de Seguridad Social. (Impreso TA.6.)

Afiliación de Trabajadores

Las empresas están obligadas a afiliar en el sistema de Seguridad Social a todos los trabajadores que contraten. Mediante modelo TA.1.

Altas, Bajas y Variaciones

La empresa debe avisar a la Seguridad Social de las altas, bajas y variaciones de los trabajadores. Mediante modelo TA 2/s.

Régimen:

  1. General: (previa hasta 60 días antes; 3 días)
  2. Autónomos: (30 días; 3 días)
  3. Minería: (Previa; 3 días)
  4. Mar: (Previa salvo excepción; 3 días)

Organización de Inspectores

El objetivo es velar por el cumplimiento de las obligaciones laborales y de Seguridad Social de empresas y trabajadores, y la exigencia de las responsabilidades administrativas en las que pudieran incurrir ambos. Facilita asesoramiento e información. (Plazo prescripción de 4 años.)

Salario: Percepciones Económicas del Trabajador

Salario: Totalidad de percepciones económicas del trabajador, en dinero o especie, por la prestación profesional de servicios laborales por cuenta ajena. Nunca el salario en especie superará el 30% de las percepciones salariales del trabajador.

SMI (Salario Mínimo Interprofesional): Cantidad mínima que debe percibir un trabajador como salario base por jornada completa, sin distinción de sexo o edad, ya sea eventual, fijo o temporero.

Recibo de Salario / Nómina

Estructura:

  1. Encabezamiento: Refleja datos identificativos de empresa y trabajador.
  2. Devengos: Son percepciones del trabajador por diferentes conceptos.
    1. Percepciones Salariales: Retribuyen el trabajo efectivo (salario base, antigüedad, pagas extra, nocturnidad).
    2. Percepciones No Salariales: No retribuyen el trabajo efectivo ni periodos de descanso (dietas, plus transporte, gastos locomoción).
  3. Deducciones: Cantidades que se detraen del salario bruto. Cotización a la Seguridad Social, retenciones a IRPF, deducciones por huelga, sanciones, pagos indebidos.
  4. Cuerpo Inferior: Para calcular bases de cotización a la Seguridad Social, base sobre la que se aplica retención a IRPF y refleja aportación de la empresa a la Seguridad Social.

Percepciones Salariales vs. No Salariales

  • Percepciones Salariales: Retribuyen el trabajo, cotizan a la Seguridad Social y tributan en IRPF.
  • Percepciones No Salariales: Cantidades que se perciben como consecuencia de un contrato de trabajo, pero no retribuyen ni el trabajo efectivo ni periodos de descanso, sino indemnizaciones o compensaciones por gastos que ha realizado el trabajador. NO se considera salario pero cotiza a la Seguridad Social y tributa en IRPF.

Tipos de Contrato

  • Contrato Indefinido: Aquellos que establecen fecha de inicio de la relación laboral y no fijan fecha determinada para su finalización.
  • Contrato a Tiempo Parcial: Prestar servicios durante un número de horas al día, semana, mes o año, inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo.
  • ETT (Empresa de Trabajo Temporal): Aquella cuya actividad consiste en prestar o poner a disposición de otra empresa a trabajadores para su colocación con carácter temporal.
  • Empresa de Subcontratación: Aquella cuya actividad consiste en contratar o subcontratar con otra empresa para la realización de una actividad.

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