Seguridad Social en México: IMSS e ISSSTE - Derechos y Obligaciones

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IMSS: Trabajadores del Campo (Artículo 13 A, Ley del Seguro Social)

Incorporación al IMSS

  • Incorporación voluntaria al régimen obligatorio: Trabajadores independientes o socios de cooperativas.
  • Seguro de salud voluntario: Acceso a servicios médicos, hospitalarios y farmacéuticos.
  • Cañeros y tabacaleros: Pueden unirse al régimen obligatorio como socios de una sociedad cooperativa.
  • Trabajadores asalariados: Subordinados a un patrón (artículos 20 y 21, Ley Federal del Trabajo) se incorporan automáticamente al régimen obligatorio.

Obligaciones de los Patrones del Campo

  1. Informar sobre el cultivo o ganado (tipo, extensión, etc.).
  2. Registrar altas, bajas y modificaciones de los trabajadores.
  3. Expedir constancias laborales (contratos, antigüedad).

Beneficios para los Trabajadores del Campo

  • Riesgos de trabajo: Atención y compensación por accidentes laborales.
  • Enfermedades y maternidad: Servicios médicos y farmacéuticos.
  • Invalidez y vida: Pensión en caso de incapacidad o fallecimiento.
  • Retiro, cesantía y vejez: Derecho a pensión al cumplir requisitos.

Seguros de Guarderías y Prestaciones Sociales del IMSS

  • Guarderías:
    • Destinatarios: Hijos de trabajadores asegurados (de 43 días a 4 años de edad).
    • Servicios: Educación inicial, alimentación y cuidado en establecimientos autorizados.
    • Regulación: Artículos 201 y 205, Ley del Seguro Social.
  • Prestaciones sociales:
    • Finalidad: Mejorar la calidad de vida.
    • Incluye: Programas de recreación, actividades deportivas, culturales y capacitación.

Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio del IMSS

  • ¿Qué es?: Posibilidad de que trabajadores inscritos al IMSS continúen en el régimen obligatorio después de terminar su relación laboral.
  • Requisitos:
    • Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años.
    • Solicitarlo dentro de los primeros 5 años tras la baja.
  • Cobertura: Riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, retiro, cesantía y vejez.
  • Pago: El asegurado paga sus propias cuotas.

Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del IMSS

  • ¿Quiénes pueden incorporarse?:
    • Trabajadores independientes.
    • Pequeños patrones y familiares.
  • Cobertura: Igual que la de un trabajador asalariado.
  • Beneficios: Acceso a todos los seguros del régimen obligatorio.
  • Pago: Cuotas fijadas por el IMSS según la actividad del asegurado.

ISSSTE

  • Cobertura: Dirigido a trabajadores del Estado.
  • Seguros principales:
    • Riesgos de trabajo.
    • Salud (enfermedades y maternidad).
    • Retiro, cesantía y vejez.
    • Invalidez y vida.
  • Prestaciones:
    • Servicios médicos y hospitalarios.
    • Préstamos personales y para vivienda.
    • Pensiones y jubilaciones.
  • Características:
    • Funciona bajo esquemas de cuentas individuales desde la Ley de 2007.
    • Administra los fondos a través de PENSIONISSSTE.

Temas del ISSSTE (Ley del ISSSTE)

Seguros Principales

  • Seguro de Salud:
    • Ofrece servicios médicos integrales, incluidas consultas generales, especializadas, hospitalización, y medicamentos.
    • Aplica tanto para trabajadores en activo como pensionados y sus beneficiarios.
  • Seguro de Riesgos de Trabajo:
    • Cobertura: Atención médica, rehabilitación y pensiones derivadas de accidentes o enfermedades laborales.
    • Incluye incapacidades temporales, permanentes o indemnizaciones.
  • Seguro de Invalidez y Vida:
    • Requisitos: Contar con al menos 10 años de servicio para el seguro de invalidez.
    • Para el seguro de vida, protege a los beneficiarios en caso de fallecimiento del trabajador o pensionado.
  • Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez:
    • Requisitos para jubilación:
      • Edad mínima: 60 años (cesantía) o 65 años (vejez).
      • 25 años de cotización (en cuentas individuales).
    • Pensión calculada según semanas cotizadas y saldo en la cuenta individual administrada por AFORES.

Prestaciones Sociales

  • Guarderías:
    • Servicio para hijos de trabajadores afiliados, con requisitos de registro.
    • Horarios flexibles según las necesidades del trabajador.
  • Actividades Culturales y Deportivas:
    • Programas recreativos y de desarrollo social para empleados y sus familias.

Otros Beneficios

  • Préstamos Personales: Créditos simples, especiales y extraordinarios con tasas preferenciales.
  • Pensiones por Antigüedad:
    • Requisitos: 30 años de servicio para hombres y 28 años para mujeres, en el régimen de reparto.

Requisitos Generales para Acceso

  • Semanas cotizadas: Dependiendo del seguro, se requieren entre 500 y 1,250 semanas para beneficios como pensiones.
  • Constancias laborales: Los trabajadores deben conservar sus registros de servicio y cotización.

Régimen Obligatorio y Voluntario en el ISSSTE

Régimen Obligatorio (Artículo 13, Ley del ISSSTE)

Aplica automáticamente a todos los trabajadores al servicio del Estado y garantiza los seguros y prestaciones básicas:

  • Seguros:
    • Salud.
    • Riesgos de trabajo.
    • Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
    • Invalidez y vida.
  • Prestaciones:
    • Préstamos hipotecarios y personales.
    • Servicios sociales (turismo, asistencia para jubilados).
    • Actividades culturales y recreativas.

Régimen Voluntario

Está diseñado para aquellos trabajadores que no están obligados a cotizar, como algunos pensionados o personas interesadas en obtener ciertas prestaciones específicas.

  • Ejemplo: Personas pueden optar por un seguro de salud de manera voluntaria.
  • Requisitos:
    • Cumplir con el registro y pagar las cuotas correspondientes.

Régimen Obligatorio y Voluntario en el IMSS

Régimen Obligatorio (Artículos 12-13, Ley del Seguro Social)

Aplica a los trabajadores que presten servicios subordinados a un patrón. El patrón es responsable de inscribirlos y pagar cuotas. Cubre:

  • Seguros:
    • Enfermedades y maternidad.
    • Riesgos de trabajo.
    • Invalidez y vida.
    • Retiro, cesantía y vejez.
    • Guarderías y prestaciones sociales.
  • Aplicación especial: Trabajadores del campo (asalariados y socios de cooperativas).

Régimen Voluntario (Artículos 13-14)

Dirigido a trabajadores independientes, patrones y personas no asalariadas que desean afiliarse al IMSS para acceder a ciertos seguros y servicios:

  • Opciones disponibles:
    • Seguro de salud para familias.
    • Continuación voluntaria en el régimen obligatorio (conservar derechos tras dejar de trabajar).
    • Incorporación de trabajadores domésticos.
  • Requisitos: Inscripción y pago de cuotas por parte del interesado.

Comparación ISSSTE e IMSS en Ambos Regímenes

AspectoISSSTEIMSS
Régimen ObligatorioAplica a empleados públicos.Aplica a trabajadores asalariados (privados y públicos).
Régimen VoluntarioLimitado a seguros específicos.Más opciones: seguro de salud, continuidad, incorporación.
Responsabilidad de PagoEl empleador gubernamental.El patrón privado (obligatorio) o el interesado (voluntario).
Seguros BásicosMenos diversidad que el IMSS.Amplia cobertura (guarderías, salud, retiro).

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