Seguridad Social en España: Cobertura, Regímenes y Obligaciones
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1. La Seguridad Social
La Seguridad Social garantiza a los trabajadores, sus familias o asimilados la protección adecuada en situaciones de enfermedad, accidente, jubilación y desempleo. Se basa en el principio de solidaridad.
1.1. Aplicación de la Seguridad Social
- Nivel contributivo: Integra a los trabajadores por cuenta ajena, autónomos, socios de cooperativas, funcionarios, estudiantes, españoles no residentes y extranjeros con permiso de residencia.
- Nivel no contributivo: Españoles residentes en el territorio nacional que no están incluidos dentro de la modalidad contributiva por no haber cotizado.
1.2. Regímenes que integran la Seguridad Social
- Régimen general: Trabajadores españoles y extranjeros que trabajen habitualmente en territorio nacional por cuenta ajena y que no estén incluidos en ningún régimen especial.
- Regímenes especiales: Trabajadores agrarios, del mar, de la minería, del carbón, autónomos, empleados del hogar y militares.
1.4. Obligaciones de la empresa con la Seguridad Social
- Afiliación: Si un empresario contrata a un trabajador, debe comprobar su afiliación a la Seguridad Social. Solo se hace una vez en la vida.
- Altas: La realiza el empresario con anterioridad al inicio del trabajo.
- Bajas: Se realiza al finalizar el trabajo. Se debe realizar en el plazo de 6 días naturales.
- Cotización: El empresario debe cotizar a la Seguridad Social tanto por las cuotas que a él le correspondan como por la cuota obrera, ingresándose ambas en la Tesorería General de la Seguridad Social.
2.6. Incapacidad Temporal (IT)
La incapacidad temporal (IT) es la situación en la que se encuentran los trabajadores incapacitados transitoriamente para trabajar y que precisan asistencia sanitaria por enfermedad, sea o no laboral, o accidente.
Causas
- Enfermedad común o accidente no laboral.
- Accidente de trabajo o enfermedad profesional.
Requisitos para percibir prestaciones económicas
- Estar afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada al alta.
- Haber cotizado el tiempo exigido.
Duración de la IT
12 meses ----- Alta ----- Prórroga de 6 meses por el INSS ----- Incapacidad permanente, prórroga máxima hasta 24 meses y alta.
Base reguladora en caso de IT por enfermedad común o accidente no laboral
Base reguladora = Base de contingencias comunes del mes anterior a la baja
Salario mensual o salario diario
Base reguladora en caso de IT por accidente de trabajo o enfermedades profesionales
Base reguladora = Base AT y EP mes anterior a la baja – Horas extras
Salario mensual o salario diario + Horas extras año anterior a la baja / 365 (salario diario) o 360 (salario mensual)
2.10. Desempleo
Se consideran en situación de desempleo las personas que, pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo o ven reducida su jornada laboral entre un 10% y un 70% con la correspondiente pérdida o reducción análoga del salario.
Nivel contributivo: Prestación por desempleo. Para obtener prestaciones por desempleo se debe:
- Estar afiliados a la Seguridad Social.
- Encontrarse en situación legal de desempleo.
- Tener cubierto el período mínimo de cotización.
- No haber cumplido la edad para tener derecho a la jubilación y pensión.
- Haber trabajado por cuenta ajena.
Base reguladora = Suma de las bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días – Retribuciones por horas extras
180
- Nivel asistencial: Subsidio por desempleo. Se concede a quienes carecen de rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.