Seguridad y Salud en el Trabajo: Riesgos, Normativa y Medidas

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Conceptos Básicos de Prevención de Riesgos Laborales

Definiciones Fundamentales

  • Riesgo laboral: Es la posibilidad de que el trabajador sufra algún daño derivado del trabajo.
  • Riesgo laboral grave o inminente: Es aquel que resulta muy probable que se produzca en un futuro inmediato y pueda suponer un riesgo grave para la salud.
  • Condición de trabajo: Cualquier característica que pueda influir de forma importante en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador.

Condiciones de Trabajo

Las condiciones de trabajo incluyen:

  • Las características generales de las instalaciones.
  • Los equipos de trabajo: maquinaria, herramientas, productos y útiles del centro de trabajo.
  • Agentes físicos: ruido, vibraciones, radiaciones...
  • Agentes químicos: sustancias tóxicas, gases...
  • Agentes biológicos: virus, bacterias, hongos...
  • La organización y ordenación del trabajo.

Riesgos Derivados de los Espacios y Equipos de Trabajo

Definiciones

  • Lugares de trabajo: Áreas del centro de trabajo, edificadas o no, en las que los trabajadores deben permanecer o a las que pueden acceder por razón de su trabajo.
  • Equipos de trabajo: Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo.

Agentes Físicos

1. El Ruido

  • Daños:
    • Físicos: Sordera.
    • Psicológicos: Cansancio y distracciones.
  • Medidas preventivas:
    • Elegir equipos de trabajo que hagan menos ruido.
    • Aislar o insonorizar las máquinas.
    • Realizar controles médicos.

2. Las Vibraciones

  • Daños: Dolores en los huesos y brazos, lumbalgias...
  • Medidas preventivas:
    • Aislar la máquina.
    • Uso de materiales amortiguadores.

3. Radiaciones

Hay dos tipos:

  • Ionizantes: Son muy peligrosas y a largo plazo pueden producir cáncer.
  • No ionizantes: No son tan peligrosas y pueden producir quemaduras.
  • Medidas preventivas:
    • Señalizar zonas de riesgo.
    • Controlar tiempo de exposición.
    • Realizar controles médicos.

4. Temperatura y Humedad Ambiente

  • Temperatura:
    • Trabajo sedentario: 17-27ºC.
    • Trabajo ligero: 14-25ºC.
  • Humedad: 30%-70%. Riesgo de electricidad estática por debajo del 50%.
  • Daños: Resfriados, deshidratación, golpe de calor.

Agentes Químicos y Biológicos

Agentes Químicos

  • Agentes químicos peligrosos:
    • Clasificados como sustancias o preparados peligrosos por la normativa.
    • Tienen un valor límite ambiental.

Agentes Biológicos

Son microorganismos susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad, como bacterias, virus, hongos, protozoos y animales parásitos.

  • Efectos dañinos: Producen enfermedades, la mayoría consideradas enfermedades profesionales (EP).
  • Clasificación:
    • Grupo 1: Resulta poco probable que cause enfermedad a las personas.
    • Grupo 2: Puede causar una enfermedad en las personas y es poco probable que se propague; existe tratamiento eficaz.
    • Grupo 3: Puede causar una enfermedad grave en las personas y presenta un serio peligro para los trabajadores; hay riesgo de que se propague y existe un tratamiento eficaz.
    • Grupo 4: Puede causar una enfermedad grave y supone un serio problema para los trabajadores; tiene mucha probabilidad de propagación; no suele haber tratamiento eficaz.
  • Medidas frente a los agentes químicos y biológicos:
    • Sustituir agente peligroso por otro menos peligroso.
    • Aislar el foco contaminante.
    • Instalar sistemas de ventilación o extracción localizada.
    • Instalar sistemas de detección y alarma que avisen cuando se superen los valores límite.
    • Utilizar equipos de protección individual.
    • Tomar medidas higiénicas adecuadas.
    • Reducir número de trabajadores, la duración y la intensidad de la exposición.
  • Vías de entrada al cuerpo humano:
    • Respiratoria (nariz).
    • Digestiva (boca).
    • Cutánea (piel).
    • Parenteral (sangre).

Riesgos Ergonómicos y Psicosociales

Riesgos Ergonómicos

Están relacionados con la carga de trabajo: física o mental.

  • Carga física: Se originan por realizar un gran número de tareas que suponen mucho esfuerzo muscular y a un ritmo que el cuerpo humano no permite su recuperación.
    • DAÑOS: Trastornos musculoesqueléticos, Lumbalgias, Hernias discales, Dolores de cabeza, Fatiga física.
  • Carga mental: Se define como el nivel de actividad mental necesario para desarrollar un trabajo.
    • DAÑOS: Estrés, Depresión, Síndrome de estar quemado (Burnout).

Riesgos Psicosociales

Son aquellos aspectos del diseño, organización y dirección del trabajo y de su entorno social que pueden causar daños psíquicos, sociales o físicos en la salud de los trabajadores.

Posibles Daños a la Salud del Trabajador

Daños Derivados del Trabajo

Las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo del trabajo.

  • Enfermedad profesional (EP).
  • Accidente de trabajo (AT).

Enfermedad Profesional (EP)

El deterioro paulatino de la salud del trabajador por la sobreexposición a situaciones insalubres en el trabajo.

Marco Normativo y Organización de la Prevención

Marco Normativo Básico

Normas básicas de prevención de riesgos laborales:

  • Derecho comunitario.
  • Constitución española 1978.
  • Derecho nacional.

Organismos Públicos

Organismos de Ámbito Internacional

  • Organización Internacional del Trabajo (OIT): Busca mejorar las condiciones del trabajo.
  • Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo (OSHA): Busca conseguir lugares de trabajo más seguros.

Organismos de Ámbito Nacional

  • Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST): Estudia las condiciones de Seguridad y Salud en el trabajo.
  • Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS): Se ocupa de vigilar y controlar que se cumple la normativa laboral y de prevención de riesgos laborales.

Derechos y Deberes en Materia de Prevención de Riesgos Laborales

Deberes de la Empresa

  • Formar e informar a los trabajadores.
  • Paralizar la actividad de la empresa en caso de riesgo grave e inminente.
  • Vigilar de forma periódica la salud de los trabajadores.
  • Consultar a los trabajadores y permitir su participación.

Derechos y Obligaciones de los Trabajadores

  • Derecho a la Información -- Obligación de Respetar las normas de prevención laboral.
  • Derecho a la Formación -- Obligación de Utilizar correctamente las máquinas y herramientas de trabajo y los equipos de seguridad y protección.
  • Derecho a la Paralización de la actividad en caso grave e inminente -- Obligación de Informar de inmediato al superior de cualquier situación que a su juicio, suponga un riesgo para su salud laboral.
  • Derecho a la Vigilancia periódica de la salud -- Obligación de Velar por la seguridad y salud propia, de los compañeros y terceros.
  • Derecho a la Consulta y participación -- Obligación de Cooperar con el empresario para que pueda garantizar la prevención y protección adecuadas.

Técnicas de Prevención

  • Seguridad en el trabajo: Evitar accidentes de trabajo.
  • Higiene industrial: Prevenir las enfermedades profesionales.
  • Ergonomía: Adaptar el puesto de trabajo y su ambiente a las condiciones fisiológicas y psicológicas del trabajador.
  • Psicología aplicada: Trata de evitar que el trabajador sufra daños psicológicos como consecuencia del trabajo y sus formas de organización.
  • Medicina laboral: Es una especialidad médica cuyo fin es mantener la salud del trabajador en estado óptimo.

La Participación de los Trabajadores en Materia de Prevención

Relación entre el número de trabajadores y los Delegados de Prevención:

  • 1-30 trabajadores: 1 Delegado de Prevención (el Delegado de Personal).
  • 31-49 trabajadores: 1 Delegado de Prevención (elegido por los Delegados de Personal).
  • 50-100 trabajadores: Se crea el Comité de Seguridad y Salud (2 Delegados de Prevención + 2 representantes de la empresa).

Medidas de Protección

Son aquellas que no eliminan el riesgo, pero evitan o reducen sus consecuencias actuando sobre el trabajador.

Medidas de Protección Colectiva

Protegen, de forma simultánea, a todas las personas expuestas a un determinado riesgo y tienen prioridad sobre las medidas de protección individual.

Medidas de Protección Individual

Protege exclusivamente a la persona que las utiliza.

Equipos de Protección Individual (EPI)

El EPI es cualquier equipo que el trabajador lleva puesto o que sujeta para que lo proteja.

Tipos de EPI

  1. Protectores de cabeza.
  2. Protectores del oído.
  3. Protectores de ojos y cara.
  4. Protección de las vías respiratorias.
  5. Protectores de manos y brazos.
  6. Protectores de pies y piernas.
  7. Protectores del tronco y el abdomen.
  8. Protección total del cuerpo.

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