Seguridad y Salud en el Trabajo: Requisitos Clave para un Sistema de Gestión Eficaz

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Política de SST

La alta dirección debe definir y autorizar la política de SST de la organización y asegurarse de que, dentro del alcance definido de su sistema de gestión de la SST, ésta:

  • a) es apropiada a la naturaleza y magnitud de los riesgos para la SST de la organización.
  • b) incluye un compromiso de prevención de los daños y el deterioro de la salud, y de mejora continua de la gestión de la SST y del desempeño de la SST.
  • c) incluye un compromiso de cumplir al menos con los requisitos legales aplicables y con otros requisitos que la organización suscriba relacionados con sus peligros para la SST.
  • d) proporciona el marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de SST.
  • e) se documenta, implementa y mantiene.
  • f) se comunica a todas las personas que trabajan para la organización, con el propósito de hacerles conscientes de sus obligaciones individuales en materia de SST.
  • g) está a disposición de las partes interesadas.
  • h) se revisa periódicamente para asegurar que sigue siendo pertinente y apropiada para la organización.

1. Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Determinación de Controles

El procedimiento o procedimientos para la identificación de peligros y la evaluación de riesgos debe tener en cuenta:

  • a) las actividades rutinarias y no rutinarias.
  • b) las actividades de todas las personas que tengan acceso al lugar de trabajo (incluyendo contratistas y visitantes).
  • c) el comportamiento humano, las capacidades y otros factores humanos.
  • d) los peligros identificados originados fuera del lugar de trabajo, capaces de afectar adversamente a la salud y seguridad de las personas bajo el control de la organización en el lugar de trabajo.
  • e) los peligros originados en las inmediaciones del lugar de trabajo por actividades relacionadas con el trabajo bajo el control de la organización. Nota 1: Puede ser más apropiado que dichos peligros se evalúen como un aspecto ambiental.
  • f) la infraestructura, el equipamiento y los materiales en el lugar de trabajo, tanto si los proporciona la organización como otros.
  • g) los cambios o propuestas de cambios en la organización, sus actividades o materiales.
  • h) las modificaciones en el sistema de gestión de la SST, incluyendo los cambios temporales y su impacto en las operaciones, procesos y actividades.
  • i) cualquier obligación legal aplicable relativa a la evaluación de riesgos y la implementación de los controles necesarios.
  • j) el diseño de las áreas de trabajo, los procesos, las instalaciones, la maquinaria, equipamiento, los procedimientos operativos y la organización del trabajo incluyendo su adaptación a las capacidades humanas.

La metodología de la organización para la identificación de peligros y la evaluación de riesgos debe:

  • Estar definida con respecto a su alcance, naturaleza y momento en el tiempo, para asegurarse de que es más proactiva que reactiva.
  • Prever la identificación, priorización y documentación de los riesgos, y la aplicación de controles, según sea apropiado.

Para la gestión de los cambios, la organización debe identificar los peligros para la SST y los riesgos para la SST asociados con los cambios en la organización, el sistema de gestión de la SST, o sus actividades, antes de la incorporación de dichos cambios.

Al establecer los controles o considerar cambios en los controles existentes se debe considerar la reducción de los riesgos de acuerdo con la siguiente jerarquía:

  • a) Eliminación.
  • b) Sustitución.
  • c) Controles de ingeniería.
  • d) Señalización/ advertencias y/ o controles administrativos.
  • e) Equipos de protección personal.

La organización debe documentar y mantener actualizados los resultados de la identificación de peligros, la evaluación de riesgos y los controles determinados.

La organización debe asegurarse de que los riesgos para la SST y los controles determinados se tengan en cuenta al establecer, implementar y mantener su sistema de gestión de la SST.

2. Requisitos Legales y Otros Requisitos

La organización debe elaborar un procedimiento donde se describa la sistemática seguida para:

  • Identificar la legislación en materia de prevención aplicable a las actividades de la empresa.
  • Acceder a la misma y extraer los requisitos concretos que hay que cumplir y dónde se aplican.
  • Actualización de la legislación.
  • Sistemática para que la información correspondiente llegue a quien ha de utilizarla o aplicarla (distribución de los requisitos, por ejemplo, lugares de trabajo a oficina técnica, etc., y a los representantes de los trabajadores, para dar cumplimiento al derecho de consulta y participación).
  • Sistemática de actuación con la legislación derogada y su oportuna identificación y retirada de todos aquellos puntos donde fue distribuida.

3. Objetivos y Programas

La organización debe establecer, implementar y mantener objetivos de SST documentados, en los niveles y funciones pertinentes dentro de la organización. Los objetivos deben ser medibles cuando sea factible y deben ser coherentes con la política de SST, incluidos los compromisos de prevención de los daños y deterioro de la salud, de cumplimiento con los requisitos legales aplicables y otros requisitos que la organización suscriba, y de mejora continua.

La organización debe establecer, implementar y mantener uno o varios programas para alcanzar sus objetivos. Estos programas deben incluir al menos:

  • a) la asignación de responsabilidades y autoridad para lograr los objetivos en las funciones y niveles pertinentes de la organización; y
  • b) los medios y plazos para lograr estos objetivos.

Se deben revisar los programas a intervalos de tiempos regulares y planificados, y se deben ajustar según sea necesario, para asegurarse de que se alcanzan los objetivos.

1 Recursos, Funciones, Responsabilidad y Autoridad

La alta dirección debe ser el responsable en última instancia de la seguridad y salud en el trabajo y del sistema de gestión de la SST. La alta dirección debe demostrar su compromiso:

  • a) asegurándose de la disponibilidad de los recursos esenciales para establecer, implementar, mantener y mejorar el sistema de gestión de la SST. Los recursos incluyen los recursos humanos y habilidades especializadas, la infraestructura de la organización y los recursos tecnológicos y financieros.
  • b) definiendo las funciones, asignando responsabilidades y delegando autoridad para facilitar una gestión de la SST eficaz; y se deben documentar y comunicar las funciones, responsabilidades y autoridad.

La organización debe designar a uno o varios miembros de la alta dirección con responsabilidad específica en SST, independientemente de otras responsabilidades, y que debe tener definidas sus funciones y autoridad para:

  • a) asegurarse de que el sistema de gestión de la SST se establece, implementa y mantiene de acuerdo con este estándar OHSAS.
  • b) asegurarse de que los informes del desempeño del sistema de gestión de la SST se presentan a la alta dirección para su revisión y se utilizan como base para la mejora del sistema de gestión de la SST.

La identidad de la persona designada por la alta dirección debe estar disponible para todas las personas que trabajen para la organización.

La organización debe asegurarse de que las personas en el lugar de trabajo asuman la responsabilidad de los temas de SST sobre los que tienen control, incluyendo la adhesión a los requisitos de SST aplicables de la organización.

2 Competencia, Formación y Toma de Conciencia

La organización debe asegurarse de que cualquier persona que trabaje para ella y que realice tareas que puedan causar impactos en la SST, sea competente tomando como base una educación, formación o experiencia adecuadas, y deben mantener los registros asociados.

La organización debe identificar las necesidades de formación relacionadas con los riesgos y con el sistema de gestión de la SST. Igualmente, debe proporcionar formación o emprender otras acciones para satisfacer estas necesidades, evaluar la eficacia de la formación o de las acciones tomadas, y debe mantener los registros asociados.

La organización debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos, para que las personas que trabajan para ella sean conscientes de:

  • a) las consecuencias para la SST reales o potenciales de sus actividades laborales, de su comportamiento y de los beneficios para la SST de un mejor desempeño personal.
  • b) sus funciones y responsabilidades y la importancia de lograr la conformidad con la política y procedimientos de SST y con los requisitos del sistema de gestión de la SST, incluyendo los requisitos de la preparación y respuesta ante emergencias.
  • c) las consecuencias potenciales de desviarse de los procedimientos especificados.

Los procedimientos de formación deben tener en cuenta los diferentes niveles de:

  • a) responsabilidad, aptitud, dominio del idioma y alfabetización; y
  • b) riesgo.

3.1 Comunicación

En relación con sus peligros para la SST y su sistema de gestión de la SST, la organización debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos para:

  • a) la comunicación interna entre los diversos niveles y funciones de la organización.
  • b) la comunicación con los contratistas y otros visitantes al lugar de trabajo.
  • c) recibir, documentar y responder a las comunicaciones pertinentes de las partes interesadas externas.

3.2 Participación y Consulta

La organización debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos para:

  • a) la participación de los trabajadores mediante su:
    • adecuada involucración en la identificación de los peligros, la evaluación de riesgos y la determinación de los controles.
    • adecuada participación en la investigación de incidentes.
    • involucración en el desarrollo y la revisión de las políticas y objetivos de SST.
    • consulta cuando haya cualquier cambio que afecte a su SST.
    • representación en los temas de SST.

Se debe informar a los trabajadores acerca de sus acuerdos de participación, incluido quién o quiénes son sus representantes en temas de SST.

  • b) la consulta con los contratistas cuando haya cambios que afecten a su SST. La organización debe asegurarse de que, cuando sea apropiado, se consulte a las partes interesadas externas sobre los temas de SST pertinentes.

4. Documentación

La documentación del sistema de gestión de la SST debe incluir:

  • a) la política y los objetivos de SST.
  • b) la descripción del alcance del sistema de gestión de la SST.
  • c) la descripción de los elementos principales del sistema de gestión de la SST y su interacción, así como la referencia a los documentos relacionados.
  • d) los documentos, incluyendo los registros, requeridos por este estándar OHSAS; y
  • e) los documentos, incluyendo los registros, determinados por la organización como necesarios para asegurar la eficacia de la planificación, operación y control de los procesos relacionados con la gestión de los riesgos para la SST. Nota: Es importante que la documentación sea proporcional al nivel de complejidad, peligros y riesgos concernientes, y que se mantenga al mínimo requerido para alcanzar la eficacia y eficiencia.

5. Control de Documentos

La organización debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos para:

  • a) aprobar los documentos con relación a su adecuación antes de su emisión.
  • b) revisar y actualizar los documentos cuando sea necesario, y aprobarlos nuevamente.
  • c) asegurarse de que se identifican los cambios y el estado de revisión actual de los documentos.
  • d) asegurarse de que las versiones pertinentes de los documentos aplicables están disponibles en los puntos de uso.
  • e) asegurarse de que los documentos permanecen legibles y fácilmente identificables.
  • f) asegurarse de que se identifican los documentos de origen externo que la organización ha determinado que son necesarios para la planificación y operación del sistema de gestión de la SST y se controla su distribución; y
  • g) prevenir el uso no intencionado de documentos obsoletos y aplicarles una identificación adecuada en el caso de que se conserven por cualquier razón.

6 Control Operacional

La organización debe identificar aquellas operaciones y actividades que están asociadas con los peligros identificados para los que es necesaria la implementación de controles para gestionar el riesgo o riesgos para la SST. Esto debe incluir la gestión de cambios: (véase el apartado 4.3.1).

Para esas operaciones y actividades, la organización debe implementar y mantener:

  • a) controles operacionales cuando sea aplicable para la organización y sus actividades; la organización debe integrar estos controles operacionales dentro de su sistema de gestión de la SST global.
  • b) controles relacionados con los bienes, equipamiento y servicios adquiridos.
  • c) controles relacionados con los contratistas y otros visitantes al lugar de trabajo.
  • d) procedimientos documentados, para cubrir las situaciones en las que su ausencia podría llevar a desviaciones de su política y sus objetivos de SST.
  • e) los criterios operativos estipulados en los que su ausencia podría llevar a desviaciones de su política y sus objetivos de SST.

7. Preparación y Respuesta ante Emergencias

La organización debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos, para:

  • a) identificar situaciones de emergencia potenciales.
  • b) responder a tales situaciones de emergencia. La organización debe responder ante situaciones de emergencia reales y prevenir o mitigar las consecuencias adversas para la SST asociadas. Al planificar su respuesta ante emergencias, la organización debe tener en cuenta las necesidades de las partes interesadas pertinentes, por ejemplo, los servicios de emergencia y los vecinos.

La organización también debe realizar pruebas periódicas de su procedimiento o procedimientos para responder a situaciones de emergencia, cuando sea factible, implicando a las partes interesadas pertinentes según sea apropiado.

La organización debe revisar periódicamente, y modificar cuando sea necesario sus procedimientos de preparación y respuesta ante emergencias, en particular después de las pruebas periódicas y después de que ocurran situaciones de emergencia (véase el apartado 4.5.3).

1 Medición y Seguimiento del Desempeño

La organización debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos para hacer el seguimiento y medir de forma regular el desempeño de la SST. Los procedimientos deben incluir:

  • a) las medidas cualitativas y cuantitativas apropiadas a las necesidades de la organización.
  • b) el seguimiento del grado de cumplimiento de los objetivos de SST de la organización.
  • c) el seguimiento de la eficacia de los controles (tanto para la salud como para seguridad).
  • d) las medidas proactivas del desempeño que hacen un seguimiento de la conformidad con los programas, controles y criterios operacionales de la SST.
  • e) las medidas reactivas del desempeño que hacen un seguimiento del deterioro de la salud, los incidentes (incluyendo los cuasi accidentes) y otras evidencias históricas de un desempeño de la SST deficiente.
  • f) el registro de los datos y los resultados del seguimiento y medición, para facilitar el posterior análisis de las acciones correctivas y las acciones preventivas.

Si se necesitan equipos para el seguimiento y la medición del desempeño, la organización debe establecer y mantener procedimientos para la calibración y el mantenimiento de dichos equipos cuando sea apropiado. Se deben conservar los registros de las actividades y los resultados de calibración y mantenimiento.

2 Evaluación del Cumplimiento Legal

2.1

En coherencia con su compromiso de cumplimiento (véase el apartado 4.2c), la organización debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos para evaluar periódicamente el cumplimiento de los requisitos legales aplicables (véase el apartado 4.3.2). La organización debe mantener los registros de los resultados de las evaluaciones periódicas. Nota: La frecuencia de las evaluaciones periódicas pueda variar según los requisitos legales.

2.2

La organización debe evaluar el cumplimiento con otros requisitos que suscriba (véase el apartado 4.3.2). La organización puede combinar esta evaluación con la evaluación del cumplimiento legal mencionada en el apartado 4.5.2.1, o establecer uno varios procedimientos separados. La organización debe mantener los registros de los resultados de las evaluaciones periódicas. Nota: La frecuencia de las evaluaciones periódicas puede variar según otros requisitos distintos que la organización suscriba.

3.1 Investigación de Incidentes

La organización debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos para registrar, investigar y analizar los incidentes para:

  • a) determinar las deficiencias de SST subyacentes y otros factores que podrían causar o contribuir a la aparición de incidentes.
  • b) identificar la necesidad de una acción correctiva.
  • c) identificar oportunidades para una acción preventiva.
  • d) identificar oportunidades para la mejora continua.
  • e) comunicar los resultados de tales investigaciones. Las investigaciones se deben llevar a cabo en el momento oportuno. Cualquier necesidad identificada de acciones correctivas o de oportunidades para una acción preventiva debe tratarse de acuerdo con las partes pertinentes del apartado 4.5.3.2. Se deben documentar y mantener los resultados de las investigaciones de los incidentes.

3.2 No Conformidad, Acción Correctiva y Acción Preventiva

La organización debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos para tratar las no conformidades reales o potenciales y para tomar acciones correctivas y acciones preventivas. Los procedimientos deben definir requisitos para:

  • a) la identificación y corrección de las no conformidades y la toma de acciones para mitigar sus consecuencias para la SST.
  • b) la investigación de las no conformidades, determinando sus causas y tomando las acciones con el fin de prevenir que vuelvan a ocurrir.
  • c) la evaluación de la necesidad de acciones para prevenir las no conformidades y la implementación de las acciones apropiadas definidas para prevenir su ocurrencia.
  • d) el registro y la comunicación de los resultados de las acciones preventivas y acciones correctivas tomadas; y
  • e) la revisión de la eficacia de las acciones preventivas y acciones correctivas tomadas.

En los casos en los que una acción correctiva y una acción preventiva identifiquen peligros nuevos o modificados o la necesidad de controles nuevos o modificados, el procedimiento debe requerir que esas acciones propuestas se tomen tras una evaluación de riesgos previa a la implementación. Cualquier acción correctiva o acción preventiva que se tome para eliminar las causas de una no conformidad real o potencial debe ser adecuada a la magnitud de los problemas y acorde con los riesgos para la SST encontrados.

La organización debe asegurarse de que cualquier cambio necesario que surja de una acción preventiva y una acción correctiva se incorpora a la documentación del sistema de gestión de la SST.

4 Control de los Registros

La organización debe establecer y mantener los registros que sean necesarios para demostrar la conformidad con los requisitos de su sistema de gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo y de este estándar OHSAS y para demostrar los resultados logrados.

La organización debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos para la identificación, el almacenamiento, la protección, la recuperación, el tiempo de retención y la disposición de los registros. Los registros deben ser y permanecer legibles, identificables y trazables.

5 Auditoría Interna

La organización debe asegurarse de que las auditorias internas del sistema de gestión de la SST se realizan a intervalos planificados para:

  • a) determinar si el sistema de gestión de la SST:
    • 1) es conforme con las disposiciones planificadas para la gestión de la SST, incluyendo los requisitos de este estándar OHSAS; y
    • 2) se ha implementado adecuadamente y se mantiene; y
    • 3) es eficaz para cumplir la política y los objetivos de la organización.
  • b) proporciona información a la dirección sobre los resultados de las auditorias. La organización debe planificar, establecer, implementar y mantener programas de auditoría, teniendo en cuenta los resultados de las evaluaciones de riesgos de las actividades de la organización, y los resultados de auditorias previas.

Se deben establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos de auditoría que traten sobre:

  • a) las responsabilidades, las competencias y los requisitos para planificar y realizar las auditorias, informar sobre los resultados y mantener los registros asociados.
  • b) la determinación de los criterios de auditoría, su alcance, frecuencia y métodos. La selección de los auditores y la realización de las auditorias deben asegurar la objetividad y la imparcialidad del proceso de auditoría.

Auditoría Legal

ÁREA: POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

SECCIÓN: EXISTENCIA DE LA POLÍTICA PREVENTIVA

¿Cómo se consigue la integración de la actividad preventiva en el seno de la empresa? AYUDA Comprobar las posibles formas de integración de la prevención. Puede ser válida si se presenta una política donde se enuncie este principio.

¿Existe un documento denominado política preventiva? AYUDA Comprobar la existencia de un documento escrito que suponga un compromiso de la organización frente al colectivo de trabajadores y la sociedad, acerca de las directrices orientadas a la conservación y desarrollo de los recursos físicos y humanos, así como a la reducción de los daños a la salud y a los bienes. Debe incluir compromisos como:

  1. Establecimiento de estrategias para implantar la política e integrarla en la actividad general de la organización.
  2. Desarrollo de estructuras organizativas y de una cultura que apoye el control de riesgos y que asegure la participación de los miembros de la organización.
  3. Asignación de recursos y planificación adecuada para su implantación.
  4. Revisión y examen de actividades preventivas, para aprender de la experiencia.

¿Está firmada y fechada la política de prevención? AYUDA Comprobar que la política ha sido aprobada mediante firma de un directivo, asumiendo la empresa el compromiso de trabajar eliminando los riesgos laborales.

¿La localización de dicha política se realiza de forma sencilla? AYUDA Comprobar que la política de prevención se encuentra incluida físicamente (en forma de documento) en algún manual, en todos los reglamentos, en forma de cartel o tablón de anuncios o de otra manera.

¿Cómo se ha realizado la difusión del contenido de la política de prevención? AYUDA Comprobar el conocimiento de dicha política por los distintos niveles de la organización a través de cartas nominativas, carteles divulgativos, charlas de concienciación y/o cursos formativos, asegurando la participación de los trabajadores.

SECCIÓN: LIDERAZGO DE LA DIRECCIÓN

¿Existe un compromiso y un liderazgo de la dirección con la prevención de riesgos laborales? AYUDA Comprobar si el cumplimiento de los principios de la política preventiva se halla incluido entre las funciones y responsabilidades de los mandos de la empresa y si éste está en línea con el resto de sus funciones.

¿Se involucra la dirección con la prevención de riesgos laborales? AYUDA Comprobar si se reciben copias de los partes de accidentes, si se leen, si se conocen y se registran las cifras, si las cifras de siniestralidad forman parte de las cifras de negocio que se manejan en la Dirección.

¿Existe un compromiso real de la dirección con la prevención de riesgos laborales? AYUDA Comprobar si existe algún incentivo, compromiso o simplemente voluntad, por parte de los mandos, de conseguir la menor cifra de siniestralidad posible en sus áreas de responsabilidad.

SECCIÓN: REVISIÓN POR LA DIRECCIÓN

¿Se ha revisado la política de prevención? AYUDA Comprobar la actualización periódica de la empresa en cuanto a materia preventiva, asegurar la adecuación a otras áreas de contenido actualizado y verificar el alcance de la política de prevención.

¿Se determinan anualmente objetivos de prevención? AYUDA Comprobar la existencia de documentos y registros que demuestren la determinación de objetivos anuales para la prevención así como que se han determinado y comunicado por parte de la Dirección los métodos para lograr los objetivos a todos los mandos de la empresa.

ÁREA: PLANIFICACIÓN DE LA PREVENCIÓN

SECCIÓN: PLANIFICACIÓN DE LA PREVENCIÓN

¿Se ha elaborado un Plan de Prevención? AYUDA Verificar que se ha elaborado un Plan de Prevención de acuerdo a la normativa vigente.

¿El Plan de Prevención tiene el contenido mínimo establecido por la ley? AYUDA Verificar que el Plan de Prevención incluye:

  • Estructura organizativa
  • Responsabilidades
  • Funciones
  • Prácticas
  • Procedimientos
  • Procesos
  • Recursos necesarios

¿Se han establecido prioridades de actuación en función de la magnitud del riesgo y del número de trabajadores expuestos? AYUDA Verificar que se ha establecido una priorización de actividades en función del riesgo y del número de trabajadores expuestos.

¿Se han ido cumpliendo las fechas propuestas en el Plan de Prevención? AYUDA Comprobar que existe un calendario de las actuaciones preventivas a tomar, que las fechas límite son adecuadas y que éstas se cumplen.

SECCIÓN: EVALUACIÓN DE RIESGOS

¿Se ha realizado una Evaluación Inicial de Riesgos Laborales? AYUDA Verificar documentalmente que existe una Evaluación Inicial de Riesgos Laborales.

¿Dicha evaluación Inicial de Riesgos Laborales alcanza a todos los puestos de trabajo? AYUDA Comprobar a través de documentos y registros que se ha realizado un informe inicial sobre la situación en materia preventiva actual existente en la empresa, identificando aquellos puestos o situaciones de riesgo susceptibles de ser evaluados.

¿La Evaluación de Riesgos ha tenido en cuenta todas las disciplinas preventivas? AYUDA Verificar que se han tenido en cuenta los riesgos relacionados con:

  • Seguridad en el trabajo
  • Higiene Industrial
  • Ergonomía y Psicosociología Aplicada
  • Medicina del trabajo

¿Se ha incluido a todos los trabajadores dentro de la Evaluación de Riesgos? AYUDA Comprobar que todos los trabajadores están incluidos en la Evaluación de Riesgos (por ejemplo, a través de los TC-2).

¿Se ha tenido en cuenta la existencia de trabajadores sensibles para realizar dicha evaluación? AYUDA Comprobar, en caso de existir trabajadores menores, embarazados o personas especialmente sensibles, que se ha contemplado tal particularidad en la Evaluación de Riesgos.

¿La Evaluación de Riesgos Laborales ha sido realizada por personal competente? AYUDA Comprobar que la persona o personas que hayan realizado la Evaluación de Riesgos posean el título de Técnico de Prevención.

¿La Evaluación de Riesgos contiene la documentación establecida por el artículo 7 del Reglamento de los Servicios de Prevención? AYUDA Comprobar que la Evaluación de Riesgos contiene: La identificación del puesto de trabajo

  • El riesgo o riesgos existentes, y la relación de trabajadores afectados.
  • El resultado de la evaluación y las medidas preventivas procedentes.
  • La referencia a criterios y procedimientos de evaluación utilizados.

¿El procedimiento o procedimientos de Evaluación de Riesgos utilizados proporcionan la suficiente confianza sobre su resultado? AYUDA Verificar que el procedimiento o procedimientos de evaluación utilizados se ajustan a las normativas específicas (ruido, temperatura, iluminación, etc.) y/o a procedimientos de normas UNE, de Guías del INSHT, etc.

¿El procedimiento de evaluación de Riesgos Laborales se ha consultado a los representantes de los trabajadores, o en su defecto, a los propios trabajadores en ausencia de éstos? AYUDA Verificar documentalmente, o a través de entrevista personal, si ha habido consulta sobre el método de Evaluación de Riesgos, con los trabajadores o sus representantes.

¿Se ha realizado alguna revisión de la Evaluación de Riesgos? AYUDA Comprobar si existen documentos que contemplen que se ha revisado la Evaluación de Riesgos en especial, cuando se hayan introducido nuevas tecnologías, se hayan producido cambios en la maquinaria o se hayan detectado daños a la salud de los trabajadores.

¿Se han adoptado medidas preventivas o establecido un Plan de Prevención a partir de la Evaluación Inicial de Riesgos? AYUDA Verificar que se ha realizado a partir de la Evaluación Inicial de Riesgos un Plan de Prevención.

SECCIÓN: MEDIDAS DE EMERGENCIA

La empresa, según su tamaño y actividad, ¿ha analizado las posibles situaciones de emergencia? AYUDA Comprobar que se ha redactado un Plan de Autoprotección (cuando sea de aplicación) en el que se analizan las posibles situaciones de emergencia.

En el Plan de Autoprotección (cuando sea de aplicación), ¿se han adoptado las medidas necesarias en materia de primeros auxilios? AYUDA comprobar que se han establecido las medidas necesarias en materia de primeros auxilios en caso de una emergencia.

En el Plan de Autoprotección, ¿se han adoptado las medidas necesarias en materia de lucha contra incendios? AYUDA Comprobar que se han establecido las medidas necesarias en materia de lucha contra incendios en caso de emergencia.

En el Plan de Autoprotección, ¿se han adoptado las medidas necesarias en caso tener que realizarse una evacuación de los trabajadores? AYUDA Comprobar que se han establecido las medidas necesarias en materia de evacuación.

¿Se ha designado el personal necesario y con la suficiente formación para llevar a cabo dichas medidas de emergencia? AYUDA Comprobar la designación de trabajadores para llevar a cabo las medidas a realizar en caso de emergencia y comprobar que han recibido la formación teórica y práctica adecuada.

ÁREA: ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN

SECCIÓN: EXISTENCIA DE LA ORGANIZACIÓN

¿Se ha organizado la Prevención de Riesgos Laborales dentro de la empresa según alguna de las modalidades preventivas establecidas por la Ley? AYUDA Comprobar que existe en la empresa alguna de las modalidades de organización de la Prevención permitidas por la Ley:

SECCIÓN: ASUNCIÓN PERSONAL POR EL EMPRESARIO

En caso de esta modalidad preventiva, ¿la empresa tiene menos de seis trabajadores? AYUDA Verificar mediante los TC que la empresa tiene menos de seis trabajadores.

¿La actividad de la empresa está incluida en el anexo I Reglamento de los Servicios de Prevención? AYUDA Verificar que la actividad de la empresa.

¿El empresario desarrolla de forma habitual su actividad profesional en el centro de trabajo? AYUDA Verificar mediante entrevista con los trabajadores.

El empresario, ¿tiene la capacidad para desempeñar funciones preventivas? AYUDA Verificar documentalmente que el empresario ha realizado algún curso de capacitación para realizar funciones preventivas.

La Vigilancia de la salud de los trabajadores ¿Ha sido cubierta mediante el recurso a alguna de las restantes modalidades de organización? AYUDA Verificar que existe un concierto con un Servicio de Prevención ajeno o que se ha designado un trabajador con la suficiente cualificación para asumir la vigilancia de la salud.

SECCIÓN: DESIGNACIÓN DE TRABAJADORES

En el caso de esta modalidad de organización, ¿existe algún documento de designación de trabajadores para desarrollar actividades preventivas? AYUDA Verificar la existencia de documentos en los que se nombre a los trabajadores designados y éstos asuman dicho nombramiento.

La empresa dispone de más de 500 trabajadores ó 250 pero ¿realiza actividades de especial peligrosidad? AYUDA Verificar a través de los TC que la empresa no tiene más de 500 trabajadores (250 si realiza trabajos Anexo I).

Los trabajadores designados, ¿tienen la suficiente capacidad para desempeñar las funciones preventivas? AYUDA Verificar que los trabajadores designados tienen certificados que les habilitan para desempeñar funciones de nivel básico, intermedio o superior.

El número de trabajadores, así como su tiempo de dedicación, ¿son suficientes para la tarea a desarrollar? AYUDA Verificar los medios materiales puestos a disposición de los trabajadores designados y su adecuación a la tarea a realizar.

¿Los medios puestos por el empresario a su disposición son adecuados a desarrollar sus funciones? AYUDA Verificar que los medios puestos a disposición de los trabajadores designados son suficientes para llevar a cabo su tarea.

SECCIÓN: SERVICIO DE PREVENCIÓN PROPIO O MANCOMUNADO

En caso de disponer de un Servicio de Prevención propio, ¿se ha constituido como unidad específica? AYUDA Comprobar que existe un documento de constitución de un Servicio de Prevención propio.

¿El personal integrante del Servicio de Prevención propio se dedica de forma exclusiva a la prevención? AYUDA Verificar, mediante preguntas y entrevistas, la exclusividad de los miembros del Servicio de Prevención propio.

¿El Servicio de Prevención propio ha asumido al menos dos de las especialidades preventivas a desarrollar en la empresa? AYUDA Verificar la asunción de especialidades por el servicio de prevención, así como verificar la titulación de los integrantes en el mismo.

El Servicio de Prevención propio, ¿ha concertado el resto de especialidades preventivas no asumidas con un Servicio de Prevención ajeno? AYUDA Verificar la existencia de un Concierto de Prevención con una entidad acreditada de las especialidades preventivas no asumidas por el servicio de prevención propio.

El Servicio de Prevención propio, ¿cuenta con los medios materiales e instalaciones necesarias para realizar su actividad? AYUDA Comprobar que los medios materiales e instalaciones son adecuadas para la actividad a desarrollar.

¿Realiza el Servicio de Prevención propio la memoria y la programación anual de servicios de prevención? AYUDA Verificar la existencia de los documentos acreditativos de la memoria y la programación anual de actuaciones preventivas.

El Servicio de Prevención propio, ¿realiza las tareas encomendadas en el artículo 31 de la Ley de Prevención? AYUDA Verificar que el Servicio de Prevención proporciona a la empresa asesoramiento y apoyo en lo referente a:

- El diseño, aplicación y coordinación de los planes y programas de actuación preventiva. - La evaluación de los factores de riesgo que puedan afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores en los términos previstos en el artículo 16 de esta Ley. - La determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas adecuadas y la vigilancia de su eficacia. - La información y formación de los trabajadores. - La prestación de los primeros auxilios y planes de emergencia. - La vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos derivados del trabajo. Si, además, se trata de un Servicio de Prevención mancomunado, ¿existe un acuerdo de constitución del mismo? AYUDA Verificar la existencia de un acuerdo de constitución del Servicio de Prevención mancomunado en el que se expresen las condiciones mínimas en que el servicio se desarrolla.

SECCIÓN: SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO En caso de concierto de la actividad preventiva con un Servicio de Prevención ajeno, ¿se dispone de un concierto o contrato escrito? AYUDA Verificar la existencia de un concierto o contrato escrito en el que se hayan consignado, como mínimo, los siguientes aspectos: - Identificación de la entidad especializada que actúa como Servicio de Prevención ajeno a la empresa. - Identificación de la empresa destinataria de la actividad, así como de los centros de trabajo de la misma a los que dicha actividad se contrae. - Aspectos de la actividad preventiva a desarrollar en la empresa, especificando las actuaciones concretas, así como los medios para llevarlas a cabo. - Actividad de vigilancia de la salud de los trabajadores, en su caso. - Duración del concierto. - Condiciones económicas del concierto. En caso de concierto de la actividad preventiva con un Servicio de Prevención ajeno, ¿se dispone de un concierto o contrato escrito? AYUDA Verificar la existencia de un concierto o contrato escrito en el que se hayan consignado, como mínimo, los siguientes aspectos: - Identificación de la entidad especializada que actúa como Servicio de Prevención ajeno a la empresa. - Identificación de la empresa destinataria de la actividad, así como de los centros de trabajo de la misma a los que dicha actividad se contrae. - Aspectos de la actividad preventiva a desarrollar en la empresa, especificando las actuaciones concretas, así como los medios para llevarlas a cabo. - Actividad de vigilancia de la salud de los trabajadores, en su caso. - Duración del concierto. - Condiciones económicas del concierto. El Servicio de Prevención ajeno, ¿está acreditado por la Autoridad Laboral para ejercer como tal en el territorio de afectación de la empresa y en las disciplinas preventivas correspondientes? AYUDA Comprobar que la acreditación del Servicio de Prevención ajeno permite su actuación en todos los centros de trabajo de la empresa y en las disciplinas preventivas correspondientes. Si toda la actividad preventiva la ha asumido el Servicio de Prevención ajeno, ¿proporciona el asesoramiento y apoyo según el artículo 31.3 de la Ley de Prevención? AYUDA - El diseño, aplicación y coordinación de los planes y programas de actuación preventiva. - La evaluación de los factores e riesgo que puedan afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores en los términos previstos en el artículo 16 de esta Ley. - La determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas adecuadas y la vigilancia de su eficacia. - La información y formación de los trabajadores. - La prestación de los primeros auxilios y Planes de Emergencia. - La vigilancia de la salud de los trabajadores en relación a los riesgos derivados del trabajo.

ÁREA: CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES

SECCIÓN: DELEGADOS DE PREVENCIÓN En el caso de que haya representación de los trabajadores en la empresa, ¿se han elegido los Delegados de Prevención? AYUDA Comprobar que los Delegados de Prevención han sido elegidos por y entre los representantes del personal o miembros del Comité de Empresa. E n el caso de que no exista representación de los trabajadores, ¿se garantiza a través de algún medio la consulta y participación de los trabajadores en las cuestiones relacionadas con la Prevención de Riesgos Laborales? AYUDA Verificar la existencia de boletines, buzones de sugerencias, tablones de anuncios u otros medios para garantizar la consulta y participación de los trabajadores en cuestiones relacionadas con la Prevención. ¿Se han nombrado los Delegados de Prevención? AYUDA Comprobar que existen documentos de nombramiento y aceptación de los Delegados de Prevención. ¿El número de Delegados de Prevención se adecua a la escala establecida por la Ley en función del número de trabajadores? AYUDA Verificar que el número de Delegados de Prevención es uada. ¿Han recibido los Delegados de Prevención con cargo a la empresa la formación necesaria y suficiente para ejercer sus competencias y facultades? AYUDA Verificar la existencia de documentos (certificados de formación, títulos, etc.) que acrediten la formación del o de los Delegados de Prevención. ¿Se consulta a los Delegados de Prevención sobre?: - Modalidad preventiva a adoptar. - Elección de quién, cuándo y cómo realizará la Evaluación de Riesgos y su alcance. - Aplicación y desarrollo de la Actividad Preventiva. - Plan de Formación. - Procedimientos, procesos, registros a utilizar e instrucciones de trabajo. AYUDA Verificar la existencia documental de que tal consulta se produce. SECCIÓN: COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD En las empresas o centros de trabajo con representación legal de los trabajadores y 50 ó más trabajadores, ¿se ha constituido un Comité de Seguridad y Salud? AYUDA Verificar la existencia de un Acta de constitución del Comité de Seguridad y Salud. El Comité de Seguridad y Salud, ¿está integrado por los Delegados de Prevención de una parte y los representantes de la empresa por otro, en igual número? AYUDA Verificar a través de las actas de reunión del Comité de Seguridad y Salud el número, paridad e integrantes de Comité de Seguridad y Salud. El Comité de Seguridad y Salud, ¿se reúne al menos una vez cada trimestre? AYUDA Verificar a través de las fechas de las actas del Comité de Seguridad

y Salud que las reuniones son al menos de forma trimestral. El Comité de Seguridad y Salud, ¿participa en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los Planes y Programas de Prevención? AYUDA Verificar, mediante la revisión de actas del Comité, entrevistas a los integrantes, etc. que efectivamente el Comité participa en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los Planes y Programas de Prevención. El Comité de Seguridad y Salud, ¿promueve iniciativas sobre métodos y procedimientos para la

efectiva prevención de los riesgos proponiendo a la empresa la mejora de las condiciones o la corrección de las deficiencias existentes? AYUDA Verificar mediante la revisión de las actas del Comité, entrevistas a los integrantes, etc., que realmente el Comité promueve iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de los riesgos proponiendo a la empresa la mejora de las condiciones o la corrección de las deficiencias existentes.

ÁREA: PLANIFICACIÓN DE LA PREVENCIÓN

SECCIÓN: FORMACIÓN DE TRABAJADORES ¿Los trabajadores de la empresa han recibido formación en prevención de riesgos laborales? AYUDA Verificar que la empresa dispone de registros que aseguran la realización de formación de todos los trabajadores en materia de seguridad y salud. La formación que ha recibido cada trabajador, ¿está centrada específicamente en el puesto de trabajo o función que desempeña? AYUDA Verificar, a través de certificados de formación o programas de los cursos realizados, que la formación ha estado centrada en el puesto de trabajo de cada trabajador. Cuando entran trabajadores nuevos, sea cual sea su contrato, ¿reciben formación específica de prevención de riesgos laborales? AYUDA Verificar, a través de los registros

de los que disponga la empresa, que los trabajadores recién incorporados reciben la formación necesaria a su puesto de trabajo o función. Si un trabajador ha cambiado de puesto de trabajo o función, ¿ha recibido formación específica a su nueva función? AYUDA Verificar, a través de los registros de los que disponga la empresa, que se da formación específica a los trabajadores que han cambiado de puesto o función. En caso de que se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo, ¿se da formación específica a los trabajadores para esos nuevos cambios? AYUDA Verificar, a través de los registros de la empresa, que se realiza formación siempre que se introducen nuevas tecnologías o hay cambios en los equipos de trabajo. ¿Se repite la formación periódicamente adaptándose a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos? AYUDA Verificar la repetición temporal de la formación en materia de prevención de riesgos laborales. La formación que reciben los trabajadores, ¿es teórica y práctica? AYUDA Verificar, a través de los certificados de formación y los programas de los mismos, si la formación es teórica y práctica. La formación recibida por los trabajadores, ¿se imparte, dentro de lo posible, dentro de la jornada de trabajo o se descuenta en caso de que no sea posible? AYUDA Comprobar, mediante registros de la empresa, entrevistas con Delegados de Prevención y con trabajadores, que se imparte la formación dentro de la jornada laboral o se descuenta.

SECCIÓN: INFORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES ¿Se ha informado a cada trabajador de los riesgos para la seguridad y la salud de su puesto de trabajo o función, así como de los que afecten al conjunto de la empresa? AYUDA Verificar, documentalmente, la recepción de información de cada trabajador y si esta información se refiere a su puesto de trabajo o función. ¿Se ha informado a cada trabajador de las medidas y actividades de protección aplicables a los riesgos específicos de su puesto de trabajo o función, así como de las que afecten a la empresa en su conjunto? AYUDA Verificar, en los registros de información de los trabajadores, si se incluyen las medidas y actividades de protección aplicables a su puesto de trabajo o función. ¿Se ha informado a los trabajadores de las medidas adoptadas en caso de emergencia (primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación)? AYUDA Comprobar documentalmente la entrega de la información a los trabajadores sobre las medidas a adoptar en caso de emergencia. En el caso de haber representación legal de los trabajadores, ¿se les ha entregado toda la información sobre los riesgos de todos los puestos de trabajo y del conjunto de la empresa, así como de las medidas de prevención y protección y de las medidas de actuación en caso de emergencia? AYUDA Comprobar los registros que certifiquen la entrega de toda la documentación a los Delegados de Prevención.

ÁREA: CONTROL DE RIESGOS

SECCIÓN: EQUIPOS DE TRABAJO ¿Se ha comprobado que los equipos de trabajo cumplen con las condiciones generales establecidas en el Anexo I del Real Decreto 1215/1997? AYUDA Verificar que se ha comprobado que los equipos de trabajo de la empresa cumplen el Anexo I del R. D. 1215 o bien, que una empresa certificada para ello ha realizado la puesta en conformidad de los equipos existentes en la empresa. ¿Se comprueba que los equipos de trabajo son utilizados de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo II del Real Decreto 1215/97? AYUDA Verificar que se cumple con las condiciones de utilización establecidas en el Anexo II del mencionado Real Decreto. ¿Se han identificado y evaluado los riesgos de cada uno de los equipos de trabajo? AYUDA Verificar, a través de la evaluación de riesgos, que se han identificado y evaluado los riesgos de cada equipo de trabajo. En caso de equipos de trabajo que puedan representar un riesgo específico para la seguridad y salud de los trabajadores, ¿la utilización queda reservada a personas encargadas de dicha utilización? AYUDA Verificar que se ha realizado una asignación de trabajadores a equipos de trabajo potencialmente peligrosos. ¿Se realiza un mantenimiento periódico y adecuado de los equipos de trabajo? AYUDA Verificar la existencia de libros de mantenimiento de los equipos o cualquier otro sistema que demuestre la existencia de un mantenimiento periódico de los equipos de trabajo. ¿Se forma e informa a los trabajadores respecto al uso correcto de los equipos de trabajo? AYUDA Comprobar la existencia de cursos de formación y circulares de información en los que se recoja

cómo utilizar los equipos de trabajo con seguridad. En el caso de adquisición de maquinaria nueva, ¿se recaba del fabricante, importador o suministrador la información necesaria para que la utilización y manipulación de los equipos de trabajo se produzca sin riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores? AYUDA Comprobar la existencia de la documentación necesaria de los equipos de trabajo sobre su uso y manipulación en condiciones de seguridad.

SECCIÓN: EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL ¿Se han determinado los puestos de trabajo o función en los cuales se hace necesario recurrir a Equipos de Protección Individual? AYUDA Verificar si, en la propia evaluación de riesgos o en registros específicos, se ha determinado en qué puestos de trabajo es necesario recurrir a medios de protección individual. ¿Se ha determinado para cada Equipo de Protección Individual, el riesgo o riesgos frente a los que debe ofrecer protección? AYUDA Verificar, documentalmente, que se han determinado los riesgos frente a los que debe ofrecer protección cada Equipo de Protección Individual. ¿Se ha determinado para cada Equipo de Protección Individual la parte o partes del cuerpo que deben proteger? AYUDA Verificar, documentalmente, la determinación para cada Equipo de Protección Individual de la parte o partes del cuerpo a proteger. ¿Se lleva un control de los registros de entrega de Equipos de Protección Individual? AYUDA Verificar que existe un registro de control de entrega de Equipos de Protección Individual a cada trabajador y que éste coincide con lo puestos de trabajo en los que se ha determinado la necesidad de Equipo de Protección Individual. ¿Se han establecido criterios de selección de Equipos de Protección Individual basados en la eficacia frente al riesgo? AYUDA Verificar que se siguen criterios de eficacia en la selección de Equipos de Protección Individual. ¿Se realiza un mantenimiento adecuado de los Equipos de Protección Individual? AYUDA Comprobar, mediante entrevistas con los trabajadores, que el mantenimiento de los Equipos de Protección Individual se realiza adecuadamente. ¿Se ha formado e informado a los trabajadores sobre los riesgos frente a los que les protege el Equipo de Protección Individual, así como de las actividades para las que es útil, la forma correcta de utilizarlo y cómo realizar el mantenimiento del mismo? AYUDA Verificar, a través de la formación recibida por los trabajadores (o a través de entrevistas personales), si se ha formado e informado adecuadamente a los trabajadores sobre los Equipos de Protección Individual.

SECCIÓN: SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD ¿Existe señalización de seguridad utilizada como técnica complementaria con el objeto de llamar la atención sobre la existencia de determinados riesgos, prohibiciones, obligaciones, medidas de emergencia, localización de medios de emergencia, etc.? AYUDA Verificar, visualmente si es necesario, la existencia de señalización de seguridad en los centros de trabajo de la empresa. La señalización de seguridad existente en la empresa, ¿cumple con los requisitos mínimos establecidos en los Anexos del I al VII del R. D. 485/97? AYUDA Verificar si los colores de seguridad, tamaño, formas, pictogramas, etc., se ajustan a la normativa vigente. ¿Se ha informado y formado a los trabajadores sobre la utilización y el significado de la señalización de seguridad en el centro de trabajo? AYUDA Verificar la existencia de dicha información y formación a través de los certificados de formación, entrevistas personales, etc.

SECCIÓN: NORMAS DE SEGURIDAD ¿La empresa ha establecido unas normas de seguridad para trabajos seguros? AYUDA Verificar que la empresa ha dictado por escrito, y que ha divulgado convenientemente entre todos los trabajadores, las normas relativas al tema de prevención de riesgos laborales o procedimientos de trabajo seguro. ¿Se cumplen las normas de seguridad que la empresa ha dictado para realizar los trabajos con seguridad? AYUDA Verificar que existe una política disciplinaria por escrito y que e aplica en caso de incumplimiento de las normas de seguridad, así como que existe una política de elogio para premiar a aquéllos que cumplen con las reglas. ¿Se hacen revisiones de las normas de seguridad asegurándose de que están permanentemente actualizadas? AYUDA Verificar la revisión periódica de las normas de seguridad

SECCIÓN: PERMISOS DE TRABAJO ¿Se han implantado en el sistema de gestión de seguridad los permisos de trabajo para operaciones de especial peligrosidad? AYUDA Verificar la existencia del procedimiento correspondiente a permisos de trabajo para operaciones especialmente peligrosas (llenado y vaciado de depósitos, trabajos en espacios confinados, etc.) En caso afirmativo, ¿los permisos de trabajo están firmados por personal con la suficiente competencia en la empresa en materia de seguridad? AYUDA Verificar la existencia de permisos de trabajo firmados y la capacidad y competencia de la persona o personas firmantes. ¿Se utilizan los permisos de trabajo en todas las operaciones peligrosas en las que se ha implementado su uso? AYUDA Verificar, además de la existencia del procedimiento para operaciones peligrosas, la eficacia real de dichos procedimientos.

SECCIÓN: INSPECCIONES DE SEGURIDAD ¿Existe, dentro del sistema de gestión de la prevención, un procedimiento dedicado a inspecciones de seguridad? AYUDA Verificar, documentalmente, la existencia de un procedimiento de inspecciones de seguridad dentro del sistema de gestión de la prevención. Realizadas las inspecciones de seguridad, ¿se adoptan medidas en el Plan de Prevención para mejorar las deficiencias detectadas? AYUDA Verificar que el procedimiento de inspecciones de seguridad no sólo permite detectar posibles deficiencias en lugares, instalaciones, equipos, etc., sino que además, permite adoptar medidas preventivas eficaces para eliminar las posibles deficiencias y verificar que estas medidas se llevan efectivamente a cabo. Las inspecciones de seguridad, ¿se realizan periódicamente dentro de la empresa? AYUDA Verificar, en el procedimiento, los plazos impuestos para la

realización de inspecciones de seguridad periódica y determinar si dichos plazos se cumplen. Las inspecciones de seguridad, ¿están realizadas por personal con la suficiente competencia para realizarlos? AYUDA Verificar la competencia del personal que ha realizado las inspecciones de seguridad, tal como Técnicos de Prevención, Delegados de Prevención, personal con formación específica, etc.

ÁREA: CONTROL PERIÓDICO DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO 

SECCIÓN: CONTROL PERIÓDICO DE AGENTES FÍSICOS 

¿Se ha realizado una evaluación de las condiciones de iluminación de los puestos de trabajo? AYUDA Verificar la existencia de una evaluación conforme a la reglamentación vigente de las condiciones de iluminación de los puestos de trabajo.  En caso de haberse realizado la evaluación de las condiciones de iluminación, ¿se ha realizado un programa de adecuación de los lugares y puestos de trabajo a las condiciones mínimas establecidas por el R. D. 486/97? AYUDA Comprobar la existencia de un Plan de Actuación que haya mejorado las condiciones de iluminación en aquellos lugares donde haya sido necesario y atendiendo, como mínimo, a la siguiente tabla: Zona o parte del lugar de trabajo (*) Nivel mínimo de Iluminación (lux) Zonas donde se ejecuten tareas con: 1º Bajas exigencias visuales. 2º Exigencias visuales moderadas. 3º Exigencias visuales altas. 4º Exigencias visuales muy altas. 100 200 500 1.000  ¿Se ha realizado una evaluación de las condiciones ambientales de los puestos de trabajo? AYUDA Verificar la existencia de una evaluación conforme a la reglamentación vigente de las condiciones ambientales de los puestos de trabajo.  En caso de haberse realizado la evaluación de las condiciones ambientales, ¿se ha realizado un programa de adecuación de los lugares y puestos de trabajo a las condiciones mínimas establecidas por el R. D. 486/97? AYUDA Verificar la existencia de un programa de actuación de condiciones ambientales en aquellos lugares o puestos de trabajo en que haya sido necesario.  ¿Se ha realizado una evaluación de la exposición de los trabajadores frente al ruido conforme al Real Decreto 286/2006? AYUDA Verificar la existencia de una evaluación de la exposición de los trabajadores frente al ruido conforme al mencionado R. D.  Si se han superado los valores de exposición al ruido del mencionado Real Decreto, ¿se han tomado las medidas de protección y prevención necesarias? AYUDA Verificar que, en caso de que se hayan superado los valores límite (87 dB(A) nivel diario ó 140 dB nivel de pico), o si se han superado niveles inferiores de acción), se han llevado a cabo las medidas de protección necesarias.  En caso de equipos de trabajo o zonas donde se generen radiaciones ionizantes, ¿se han identificado y evaluado los riesgos que tales radiaciones pueden provocar sobre los trabajadores? AYUDA Verificar la existencia de una evaluación de riesgos en los que pueden estar presentes radiaciones ionizantes.  ¿Se toman las medidas necesarias para minimizar los efectos de tales radiaciones? AYUDA Verificar el control de todas las fuentes y equipos susceptibles de generar radiaciones ionizantes.  ¿Se han delimitado y señalizado las zonas de acceso prohibido, de permanencia limitada, zonas controladas y zonas vigiladas en función de los niveles de exposición? AYUDA Verificar el control y señalización de las zonas cercanas a fuentes de radiaciones ionizantes.  ¿Se ha formado e informado a los trabajadores sobre los riesgos y medidas de control frente a radiaciones ionizantes? AYUDA Comprobar, en los planes de formación, la inclusión de cursos específicos o boletines de información sobre los riesgos y medidas de control frente a radiaciones ionizantes. 

¿Se han establecido las medidas de vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos a los distintos agentes físicos? AYUDA Verificar la existencia de registros y protocolos específicos de vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos a agentes físicos. 

Los medios y equipos utilizados en la evaluación de agentes físicos, ¿han sido calibrados conforme a lo establecido por el fabricante del equipo? AYUDA Pedir la certificación de calibración de los equipos utilizados para la evaluación de los agentes físicos. 

SECCIÓN: CONTROL PERIÓDICO DE AGENTES QUÍMICOS 

En caso de la presencia en la empresa de productos o agentes químicos, ¿se ha realizado una evaluación del riesgo que dichos agentes pueden producir en los trabajadores? AYUDA Verificar la existencia de evaluaciones específicas de riesgo de los productos o agentes químicos existentes en la empresa.  Si tras la evaluación de riesgos anterior se han encontrado productos o agentes que pueden ser nocivos, ¿se han adoptado las suficientes medidas de control para trabajar con seguridad? AYUDA Verificar que se han adoptado medidas de control de los agentes químicos como: • Sustitución de agentes • Protección colectiva • Protección individual 

¿Se ha informado y formado a los trabajadores sobre los riesgos de exposición a agentes químicos y sobre las medidas a adoptar frente a los mismos? AYUDA Comprobar, en los planes de formación, la inclusión de cursos específicos o boletines de información sobre los riesgos y medidas de control frente a agentes químicos.  ¿Se han adoptado las medidas frente a accidentes, incidentes y emergencias en los que estén presentes dichos agentes químicos? AYUDA Verificar la existencia de medidas a tomar en caso de accidentes, incidentes o emergencias.  En caso de agentes químicos que dispongan de legislación específica, ¿se ha cumplido con las obligaciones específicas contenidas en la norma? AYUDA Verificar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en las normativas específicas respecto a determinados agentes químicos como aquéllos que puedan ser cancerígenos, etc. 

SECCIÓN: CONTROL PERIÓDICO DE AGENTES BIOLÓGICOS 

¿Se ha realizado una identificación y evaluación de los riesgos relacionados con los agentes biológicos presentes en el ambiente laboral? AYUDA Verificar la existencia de identificaciones y evaluaciones de riesgo de agentes biológicos existentes en el ambiente laboral.  En caso de haber agentes biológicos en el medio laboral, ¿se toman las medidas de control y de higiene necesarias para evitar y controlar dichos riesgos? AYUDA Verificar la existencia de Planes de Prevención y Control de los agentes biológicos. 

¿Se realizan las medidas de vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos a dichos riesgos? AYUDA Comprobar la existencia de protocolos y reconocimientos médicos específicos en función de los agentes biológicos a los cuales pueden estar expuestos los trabajadores.  ¿Se ha formado e informado a los trabajadores sobre los riesgos relacionados con los agentes biológicos? AYUDA Comprobar la existencia de información y formación de los trabajadores respecto a: • Los riesgos potenciales para la salud. • Las precauciones que deberán tomar para prevenir la exposición. • Las disposiciones en materia de higiene. • La utilización y empleo de ropa y equipos de Protección Individual. • Las medidas que deberán adoptar los trabajadores en el caso de incidentes y para la prevención de éstos. 

ÁREA: VIGILANCIA DE LA SALUD 

SECCIÓN: PROCEDIMIENTO DE VIGILANCIA DE LA SALUD 

¿La empresa garantiza con carácter general la vigilancia de la salud de los trabajadores? AYUDA Verificar la existencia de la organización de la vigilancia de la salud de los trabajadores con medios propios o, de forma concertada, con medios ajenos. 

SECCIÓN: PROCEDIMIENTO DE VIGILANCIA DE LA SALUD 

¿El trabajador ha prestado su consentimiento para llevar a cabo la vigilancia de su salud? AYUDA Verificar, documentalmente, la existencia de consentimiento de los trabajadores con las excepciones que marca la Ley: - Los reconocimientos serán imprescindibles para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores. - Para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para él mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa. - Cuando así lo determine una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad.  ¿Se garantiza la confidencialidad de los resultados y de la información relacionada con el estado de salud de los trabajadores? AYUDA Verificar el método que se sigue para garantizar la confidencialidad de la información relacionada con el estado de salud de los trabajadores. 

SECCIÓN: PROCEDIMIENTO DE VIGILANCIA DE LA SALUD 

¿Se informa a la empresa sobre la aptitud del trabajador para el desempeño del puesto de trabajo? AYUDA Verificar la existencia de dicha documentación, en la que debe haber una declaración de la aptitud del trabajador para el desempeño del puesto de trabajo. 

¿Se informa a la empresa de la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención en función de los resultados de los reconocimientos efectuados en relación con la vigilancia de la salud? AYUDA Verificar la existencia de tal información proporcionada a la empresa para tomar las medidas adecuada. 

SECCIÓN: PROCEDIMIENTO DE VIGILANCIA DE LA SALUD 

Los exámenes de salud de los trabajadores, ¿incluyen la historia clínico-laboral? AYUDA Verificar que en el protocolo de vigilancia de la salud referido a los exámenes de salud se incluye una historia clínico-laboral con, al menos: - Anamnesis - Exploración clínica - Control biológico - Estudios complementarios en función de los riesgos inherentes 

Los exámenes de salud de los trabajadores, ¿incluyen, además de la historia clínico-laboral: - Una descripción del puesto de trabajo - El tiempo de permanencia en el mismo - Los riesgos detectados en el análisis de las condiciones de trabajo - Las medidas de prevención adoptadas - Si se dispone de ella, una descripción de puestos anteriores de trabajo con riesgos y permanencia en cada uno de ellos? AYUDA Verificar la inclusión de los datos referidos en los exámenes de salud de los trabajadores. 

El personal sanitario del Servicio de Prevención, ¿estudia y valora especialmente los riesgos que puedan afectar a las trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente, a los menores y a los trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos, proponiendo las medidas preventivas adecuadas? AYUDA Comprobar que el personal sanitario del Servicio de Prevención estudia y valora los riesgos de trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente, a los menores y a los trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos, proponiendo las medidas preventivas adecuadas. 

SECCIÓN: CONDICIONES DE LA UNIDAD DE VIGILANCIA DE LA SALUD 

En el caso de disponer de un Servicio de Prevención propio, ¿dispone al menos de un médico especialista en Medicina del Trabajo o diplomado en Medicina de Empresa, y de un A.T.S./D.U.E. de empresa? AYUDA Verificar los certificados acreditativos de la formación del médico de empresa y del ATS/DUE.  En caso de haber concertado la vigilancia de la salud con un Servicio de Prevención ajeno, ¿dispone de la acreditación para actuar en la disciplina de vigilancia de la salud en los lugares donde la empresa dispone de centros de trabajo? AYUDA Comprobar la extensión territorial y funcional de la acreditación del o de los Servicios de Prevención ajenos que prestan sus servicios a la empresa.  Las actuaciones de vigilancia de la salud de los trabajadores, ¿se rigen por los protocolos específicos existentes aprobados por el Ministerio de Sanidad y Consumo u otros medios específicos, en defecto de éstos últimos? AYUDA Verificar la utilización de los protocolos del Ministerio de Sanidad para la realización de los reconocimientos de vigilancia de la salud.  El personal sanitario del Servicio de Prevención propio, ¿proporciona en el centro de trabajo donde está ubicado los primeros auxilios y la atención de urgencia a los trabajadores víctimas de accidentes o alteraciones en el lugar de trabajo? AYUDA Verificar que el personal sanitario proporciona los primeros auxilios y la atención de urgencia cuando es necesario. 

ÁREA: INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES  VALORACIÓN  VALOR

SECCIÓN: EXISTENCIA DE LA INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES 

Cuando en la empresa se produce un daño para la salud de los trabajadores, ¿se realiza una investigación a fin de detectar las causas que han propiciado ese daño para la salud de los trabajadores? AYUDA Verificar la realización de investigación de todos los accidentes que se producen en la empresa.  Los resultados de la investigación de accidentes, ¿se utilizan para revisar la evaluación inicial de riesgos? AYUDA Comprobar que, en caso de que una investigación de accidentes pusiera de manifiesto la falta o inadecuación de las actividades de prevención, se ha revisado la evaluación inicial de riesgos. 

SECCIÓN: PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES 

¿Se ha realizado dentro del Sistema de Gestión de la Prevención un procedimiento específico de investigación de accidentes? AYUDA Comprobar, en el manual de Prevención de la empresa, la existencia de un procedimiento específico diseñado para la investigación de accidentes.  En dicho procedimiento, ¿se han establecido personas responsables de realizar la investigación? AYUDA Verificar la existencia de personas responsables para realizar la investigación de accidentes.  ¿Se realiza un informe en el que se establecen las causas de cada uno de los accidentes que se producen en la empresa? AYUDA Comprobar que se realiza un informe por cada accidente ocurrido en la empresa en el que se determinan las causas.  En cada informe de investigación de accidentes, ¿se establecen las medidas correctoras a realizar para evitar su repetición? AYUDA Verificar que en el informe de investigación de accidentes se establecen medidas correctoras para evitar la repetición del mismo y que, efectivamente, se llevan a la práctica.  ¿Se realiza una estadística de siniestralidad en la empresa que ayude a controlar la eficacia de las medidas correctoras tomadas tras la existencia de un accidente? AYUDA Comprobar que se realiza una estadística de siniestralidad en la empresa con el objeto de comprobar la eficacia de las medidas correctoras tomadas tras los accidentes ocurridos. 

ÁREA: DOCUMENTACIÓN A DISPOSICIÓN DE LA AUTORIDAD 

SECCIÓN: DOCUMENTACIÓN A DISPOSICIÓN DE LA AUTORIDAD LABORAL 

La empresa, ¿mantiene a disposición de la Autoridad Laboral el plan preventivo? AYUDA Verificar la disposición del plan preventivo para la Autoridad Laboral.  La empresa, ¿mantiene a disposición de la Autoridad Laboral la evaluación de riesgos para la seguridad y salud en el trabajo? AYUDA Verificar la disposición de la evaluación de riesgos para la Autoridad Laboral o sanitaria, en su caso.  La empresa, ¿mantiene a disposición de la Autoridad Laboral la Planificación de la acción preventiva? AYUDA Comprobar la disposición de la Planificación de la acción preventiva para la Autoridad Laboral o Sanitaria, en su caso.  La empresa, ¿mantiene a disposición de la Autoridad Laboral las medidas de prevención y protección a adoptar, y cuando sea necesario, el material de protección que deba utilizarse? AYUDA Verificar la disposición de las medidas de prevención y protección a adoptar, y cuando sea necesario, el material de protección que deba utilizarse.  La empresa, ¿mantiene a disposición de la Autoridad Laboral el resultado de los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores? AYUDA Verificar la puesta a disposición de la Autoridad Laboral o Sanitaria, en su caso, del resultado de los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores.  La empresa, ¿mantiene a disposición de la Autoridad Laboral la práctica de los controles de salud de los trabajadores y las conclusiones obtenidas de los mismos? AYUDA Comprobar la puesta a disposición de la Autoridad Laboral o Sanitaria, en su caso, la práctica de los controles de salud de los trabajadores y las conclusiones de los mismos. 

La empresa, ¿mantiene a disposición de la Autoridad Laboral la relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a un día de trabajo? AYUDA Verificar la puesta a disposición de la Autoridad Laboral o Sanitaria, en su caso, de la relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a un día de trabajo. 

ÁREA: COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES 

SECCIÓN: COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES 

Cuando se comparte el centro de trabajo con otras empresas (o trabajadores autónomos), ¿se han establecido medios de coordinación de actividades? AYUDA Verificar la existencia de medios de coordinación entre las empresas que comparten centro de trabajo para prevenir y protegerse de los riesgos laborales como intercambio de información, celebración de reuniones periódicas, reuniones conjuntas de Comités de Seguridad y Salud, impartición de instrucciones, procedimientos o protocolos de actuación, recursos preventivos en el centro o la designación de uno o más coordinadores de actividades preventivas, etc.  En el caso de empresas y trabajadores autónomos concurrentes y que ninguno es titular o empresario principal, ¿se ha informado, recíprocamente, de los riesgos específicos de sus actividades y a su vez a sus trabajadores de estos riesgos? AYUDA Verificar el tipo de información compartida, si son riesgos graves o muy graves esta información ha de ser por escrito. Si se informan de toda situación de emergencia susceptible de afectar a los trabajadores de empresas presentes y si esta información se ha transmitido a los trabajadores. 

En el caso de ser el titular del centro de trabajo y que otras empresas (o trabajadores autónomos) desarrollen su actividad en el mismo, ¿se les ha informado de los riesgos, medidas de prevención y protección, así como medidas de emergencia a aplicar a dichas empresas, siendo por escrito en el caso de riesgos graves o muy graves? AYUDA Verificar, documentalmente, el envío de la información a las empresas subcontratadas que prestan sus servicios dentro del centro de trabajo de la principal.  En el caso de ser el titular del centro de trabajo y que otras empresas (o trabajadores autónomos) desarrollen su actividad en el mismo, ¿ha dado el empresario titular las instrucciones suficientes y adecuadas para la prevención de riesgos laborales, siendo por escrito en el caso de riesgos graves o muy graves? AYUDA Verificar, documentalmente, la existencia de las instrucciones para las empresas subcontratadas que prestan sus servicios dentro del centro de trabajo de la principal.  En el caso de que la empresa o trabajador autónomo concurra con otra empresa que es titular del centro de trabajo y teniendo en cuenta la información recibida de éste, ¿la ha incorporado en su evaluación de riesgos y en la planificación de su actividad preventiva? AYUDA Verificar la existencia de información del empresario titular y de la incorporación de la Información en la evaluación de Riesgos y en la Planificación preventiva.  En el caso de que la empresa o trabajador autónomo concurra con otra empresa que es titular del centro de trabajo y teniendo en cuenta la información e instrucciones recibidas de éste, ¿las ha comunicado a sus respectivos trabajadores? AYUDA Verificar la existencia de registros documentales que aseguren la comunicación con los trabajadores.  En casos de concurrencia de empresas cuando hay un empresario principal (contratación o subcontratación de la misma actividad en su centro de trabajo), ¿esta empresa principal, aparte de la información e instrucciones, vigila el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales? AYUDA Verificar los medios materiales y procedimentales de vigilancia del cumplimiento de la normativa de riesgos laborales, la información e instrucciones dadas.  En casos de concurrencia de empresas cuando hay un empresario principal (contratación o subcontratación de la misma actividad en su centro de trabajo), ¿esta empresa principal exige a sus contratistas y subcontratistas por escrito que le acrediten que ha realizado para las obras y servicios contratados la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva? AYUDA Verificar la existencia de medios documentales escritos que aseguren la realización de las evaluaciones de riesgos y planificaciones preventivas.  En casos de concurrencia de empresas cuando hay un empresario principal (contratación o subcontratación de la misma actividad en su centro de trabajo), ¿esta empresa principal exige a las empresas contratistas y subcontratistas que le acrediten por escrito que han cumplido con sus obligaciones de formación e información respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro de trabajo? AYUDA Verificar la existencia de medios documentales escritos que aseguren el cumplimiento de las obligaciones de formación e información de los trabajadores subcontratados.  En casos de concurrencia de empresas cuando hay un empresario principal (contratación o subcontratación de la misma actividad en su centro de trabajo), ¿las empresas contratistas, que a su vez subcontraten con otras la realización de trabajos o servicios, cumplen con su obligación de recabar de los subcontratistas para entregar a la principal la acreditación de evaluación de riesgos, planificaciones preventivas, formación e información de sus trabajadores? AYUDA Verificar la existencia de medios documentales escritos que aseguren el cumplimiento de las obligaciones de formación e información de los trabajadores subcontratados.  ¿Los medios de coordinación seleccionados son adecuados? AYUDA Verificar que los medios de coordinación seleccionados son adecuados, siendo preferente la selección de uno o más coordinadores cuando haya actividades consideradas peligrosas o con riesgos especiales, cuando haya especial dificultad para controlar riesgos graves o muy graves, cuando haya dificultad para evitar el desarrollo de actividades incompatibles o exista especial complejidad para la coordinación.  En caso de que la empresa principal preste maquinaria, equipos, productos, materias primas o útiles de trabajo a otra contratista o subcontratista, ¿proporciona la información necesaria para que la manipulación y utilización se produzca sin riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores? AYUDA Verificar la puesta a disposición de las empresas contratistas o subcontratistas de la información sobre la utilización y manipulación de la maquinaria, equipos, productos, materias primas o útiles de trabajo. 

ÁREA: PROTECCIÓN DE TRABAJADORES TEMPORALES Y RELACIÓN CON ETT 

SECCIÓN: TRABAJADORES TEMPORALES 

Los trabajadores temporales antes del inicio de su actividad, ¿han recibido información sobre los riesgos a los que vayan a estar expuestos, los controles médicos especiales o la existencia de riesgos específicos, así como de las medidas de protección y prevención frente a los mismos? AYUDA Verificar documentalmente la entrega de la información referida antes del inicio de la actividad.  La empresa, ¿ha proporcionado a los trabajadores temporales o con contrato de duración determinada una formación suficiente y adecuada a las características del puesto de trabajo a cubrir? AYUDA Verificar documentalmente la formación que han recibido los trabajadores temporales o con contrato de duración determinada.  ¿La empresa realiza una vigilancia de la salud de los trabajadores temporales o con contrato de duración determinada? AYUDA Verificar la realización de los controles de salud de los trabajadores de carácter temporal o con contrato de duración determinada.  ¿La empresa ha informado a los trabajadores designados para la actividad preventiva o al servicio de prevención, en su caso, de la incorporación de trabajadores temporales o de duración determinada? AYUDA Comprobar la existencia de este tipo de comunicación para que los trabajadores designados o el servicio de prevención puedan desarrollar así sus funciones. 

SECCIÓN: RELACIÓN CON EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL 

La empresa usuaria, ¿ha realizado la evaluación de riesgos de los puestos de trabajo que vayan a ocupar trabajadores puestos a disposición por empresas de trabajo temporal? AYUDA Verificar la existencia en la evaluación de riesgos de los puestos específicos ocupados por trabajadores de ETT y de los lugares y zonas comunes.  La empresa usuaria, ¿ha recabado de la empresa de trabajo temporal la información relativa a la aptitud médica del trabajador, las cualificaciones y capacidades necesarias para el puesto? AYUDA Verificar que con anterioridad a la puesta a disposición la empresa usuaria ha recibido la información mencionada de la empresa de trabajo temporal.  La empresa usuaria, ¿ha informado a los trabajadores de la empresa de trabajo temporal de los riesgos, así como de las medidas de protección y prevención a adoptar? AYUDA Verificar que la empresa usuaria ha dado la información necesaria a los trabajadores de la empresa de trabajo temporal.  La empresa usuaria, ¿ha informado a los representantes de sus trabajadores de la adscripción de trabajadores de empresa de trabajo temporal a determinados puestos? AYUDA Verificar la recepción de información por parte de los representantes de los trabajadores.  La empresa usuaria, ¿ha informado a los trabajadores designados para llevar a cabo la actividad preventiva o al servicio de prevención, en su caso, de la incorporación de trabajadores de empresa de trabajo temporal? AYUDA Comprobar si el servicio de prevención o los trabajadores designados reciben la información sobre los trabajadores incorporados de empresas de trabajo temporal.  La empresa usuaria, ¿guarda la documentación generada con la empresa de trabajo temporal a disposición de la Autoridad Laboral? AYUDA Comprobar la existencia de la documentación entre la empresa usuaria y la de trabajo temporal para poner a disposición de la Autoridad Laboral o Sanitaria, en su caso.  La empresa usuaria, ¿ha informado a la empresa de trabajo temporal de todo daño para la salud del trabajador puesto a su disposición que se hubiera producido con motivo del desarrollo de su trabajo? AYUDA Verificar que, en caso de accidente de trabajo, la empresa usuaria ha informado a la empresa de trabajo temporal para que ésta cumpla con sus obligaciones de notificación a la Autoridad Laboral.  La empresa usuaria, ¿se coordina con los responsables de prevención de la empresa de trabajo temporal en cuanto a la vigilancia de la salud y el grado y la duración de la exposición de los trabajadores a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en su salud? AYUDA Verificar la existencia de medios de coordinación con la empresa de trabajo temporal para comunicar la existencia de agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de estos trabajadores.  La empresa de trabajo temporal, ¿cumple con la obligación de dar formación necesaria y suficiente a los trabajadores que va a poner a disposición de la empresa usuaria? AYUDA Comprobar la existencia de certificados, etc., acreditativos de la formación necesaria a los trabajadores.  La empresa de trabajo temporal, ¿cumple con la obligación de vigilar la salud de los trabajadores que pone a disposición de la empresa usuaria? AYUDA Verificar la existencia de reconocimientos de aptitud de los trabajadores puestos a disposición.  La empresa de trabajo temporal, ¿ha informado a sus trabajadores de las características de los puestos de trabajo a desempeñar y de las cualificaciones requeridas para ello? 

ÁREA: TRABAJADORES ESPECIALMENTE SENSIBLES, EMBARAZADAS Y

SECCIÓN: TRABAJADORES ESPECIALMENTE SENSIBLES 

En la evaluación de riesgos de la empresa, ¿se ha tenido en cuenta la posibilidad de que haya trabajadores especialmente sensibles? AYUDA Verificar si en las evaluaciones de riesgo se han establecido consideraciones especiales para trabajadores especialmente sensibles.  En caso de haber trabajadores especialmente sensibles por sus propias características personales, estado biológico o que tengan reconocida una discapacidad física, psíquica o sensorial, ¿se han tomado las medidas preventivas y de protección necesarias para proteger su salud, la de los demás trabajadores u otras personas relacionadas con la empresa? AYUDA Verificar la existencia de medidas para la protección de trabajadores especialmente sensibles.  En caso de la existencia de agentes físicos, químicos y/o biológicos que puedan ejercer efectos mutagénicos o de toxicidad para la procreación, tanto en aspectos de fertilidad, como del desarrollo de la descendencia, ¿se han tomado las medidas preventivas necesarias para evitar sus efectos sobre los trabajadores? AYUDA Verificar la toma de medidas para prevenir y controlar los posibles efectos mutagénicos de agentes físicos, químicos y/o biológicos. 

SECCIÓN: PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD 

En la evaluación de riesgos, ¿se ha establecido la naturaleza, el grado y la duración de la exposición a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir en la salud de las trabajadoras embarazas o del feto? AYUDA Verificar que en la evaluación de riesgos se han tenido en cuenta dichas consideraciones. ¿Se han adoptado las medidas necesarias para evitar la exposición a riesgos para la seguridad y la salud de las trabajadoras embarazadas? AYUDA Comprobar que, en caso de haber riesgos específicos para embarazadas, se toman las medidas adecuadas.  En caso de no ser posible el control de los riesgos para las trabajadoras embarazadas, ¿se ha realizado una relación de los puestos de trabajo exentos de riesgos, a efectos del cambio de puesto de trabajo o función? AYUDA Comprobar la existencia de un listado de puestos exentos de riesgos para mujeres embarazadas. 

SECCIÓN: PROTECCIÓN DE LOS MENORES 

En la evaluación de riesgos, ¿se ha establecido la naturaleza, el grado y la duración de la exposición a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir en la salud de los trabajadores menores de edad? AYUDA Verificar que en la evaluación de riesgos se han tenido en cuenta dichas consideraciones.  En la mencionada evaluación de riesgos, ¿se han tenido en cuenta los riesgos derivados de su falta de experiencia, de su inmadurez para evaluar los riesgos existentes o potenciales y de su desarrollo todavía incompleto? AYUDA Verificar que la evaluación de riesgos es específica para trabajadores menores de edad.  ¿Se ha informado, tanto a los trabajadores menores como a sus padres o tutores que hayan intervenido en la contratación, de los posibles riesgos y de todas las medidas adoptadas para la protección de su seguridad y salud? AYUDA Verificar, documentalmente, la existencia de dicha información, tanto al trabajador como a sus padres o tutores. 

ÁREA: CONTROL DE TRABAJO A TURNOS Y NOCTURNO  VALORACIÓN 

SECCIÓN: CONTROL DE TRABAJO A TURNOS 

Los trabajadores que trabajen a turnos, ¿tienen el mismo nivel de protección que el resto de trabajadores de la empresa? AYUDA Verificar que los trabajadores a turnos tienen los mismos niveles de protección que el resto de trabajadores.  Si en la empresa existen turnos de trabajo, ¿se verifica que ningún trabajador estará en el de noche más de dos semanas consecutivas, salvo adscripción voluntaria? AYUDA Verificar que ningún trabajador a turnos está en el de noche más de dos semanas consecutivas, salvo adscripción voluntaria. 

SECCIÓN: CONTROL DEL TRABAJO NOCTURNO 

Los trabajadores que trabajen en horario nocturno, ¿tienen el mismo nivel de protección que el resto de trabajadores de la empresa? AYUDA Verificar que los trabajadores que prestan su trabajo en horario nocturno tienen los mismos niveles de protección que el resto de trabajadores.  Los trabajadores nocturnos, ¿realizan alguna vez horas extraordinarias? AYUDA Verificar que los trabajadores nocturnos no realizan en ningún caso horas extraordinarias.  El empresario que recurra regularmente a la realización de trabajo nocturno, ¿ha informado de ello a la Autoridad Laboral? AYUDA Comprobar la existencia de la comunicación a la Autoridad Laboral del recurso al trabajo nocturno.  ¿Se ha realizado una vigilancia del estado de la salud de los trabajadores nocturnos antes de su adscripción al mismo? AYUDA Verificar la realización de exámenes de vigilancia de la salud al inicio del trabajo nocturno.  ¿Se realiza una vigilancia periódica de la salud de los trabajadores nocturnos? AYUDA Verificar la realización de exámenes periódicos de vigilancia de la salud de los trabajadores que presten su trabajo en horario nocturno.  A los trabajadores a los que se reconozcan problemas de salud ligados al hecho de su trabajo nocturno, ¿han sido destinados a un puesto de trabajo diurno que exista en la empresa y para el que sean profesionalmente aptos? AYUDA Verificar la existencia de algún caso en la empresa y su efectivo cambio a un puesto de trabajo diurno. 

ÁREA: AUDITORÍAS  VALORACIÓN  VALOR PONDE­RADO EN ÁREA 

SECCIÓN: AUDITORÍAS LEGALES 

Si la empresa dispone de recursos propios y ajenos para el desarrollo de la prevención ¿ha sometido su Sistema de Prevención al control de una auditoría o evaluación externa? AYUDA Comprobar la modalidad organizativa elegida por la empresa y si ha realizado la auditoría o evaluación externa.  La auditoría legal, ¿se repite al menos cada cuatro años o cada dos si es del Anexo I del R.D. 39/1997? AYUDA Verificar que el tiempo de repetición de la auditoría legal no supera los límites legales.  En caso de ser empresa de hasta seis trabajadores, ¿ha notificado la concurrencia de condiciones que no hacen necesario recurrir a la auditoría legal? AYUDA Verificar que se cumple que la empresa es de seis o menos trabajadores, que no realizan actividades del Anexo I, que la eficacia del sistema preventivo es evidente y que ha notificado según modelo establecido en el Anexo II del R. D. 39/97.  La auditoría legal realizada, ¿ha incluido una evaluación sistemática, documentada y objetiva de la eficacia del Sistema de Prevención? AYUDA Verificar que la auditoría incluye una evaluación sistemática de todo el Sistema de Gestión de la Prevención.  ¿La auditoría legal ha tenido como objetivos comprobar cómo se ha realizado la evaluación inicial y periódica de los riesgos, el tipo y planificación de las actividades preventivas se ajusta a la normativa y la adecuación entre procedimientos y medios requeridos para realizar la actividad preventiva? AYUDA Verificar en el informe de auditoría la inclusión de los objetivos legales.  ¿Los resultados de la auditoría legal han quedado reflejados en un informe puestos a disposición de la Autoridad Laboral y de los representantes de los trabajadores? AYUDA Verificar la existencia del informe de auditoría y su puesta a disposición de la autoridad laboral y de los representantes de los trabajadores.  La persona o entidades especializadas que han realizado la auditoría legal, ¿cuentan con la autorización de la Autoridad Laboral para realizar la actividad de auditoría del Sistema de Prevención? AYUDA Verificar el alcance y contenido de la acreditación de la persona o entidad auditora. 

SECCIÓN: AUDITORÍAS INTERNAS 

En caso de hacerse auditorías internas, ¿el personal que las realiza ha recibido la formación adecuada para realizarlas? AYUDA Verificar la capacitación de los auditores internos de la empresa.  ¿Del resultado de las auditorías internas se realizan propuestas de mejora del Sistema? AYUDA Comprobar que en los informes de las auditorías internas se realizan propuestas de mejora del Sistema de Gestión. 

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