San Agustín: Justicia, Política y la Ciudad de Dios

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Introducción a la Filosofía Agustiniana

Agustín de Hipona se sitúa en los siglos IV y V, por lo que pertenece a la filosofía medieval, concretamente al período denominado Patrística. Fue testigo de la caída del Imperio Romano de Occidente, vivió como un sabio pagano y se convirtió al cristianismo, la nueva religión de un mundo nuevo. En su obra presenta una original síntesis entre los principios doctrinales del cristianismo y la herencia de la filosofía clásica, especialmente la filosofía de Platón y el neoplatonismo fundado por Plotino.

Tema Central: La Noción de Justicia como Fin de la Política

En este texto, se aborda la noción de Justicia, presentándola como el fin último de la política. Dentro de cualquier sociedad, para que funcione adecuadamente, es precisa la existencia de la justicia, definida por Agustín como el amor a Dios y a sus dictados.

Ideas Principales

Entre las ideas que aparecen destacamos las siguientes:

  • La justicia consiste en instaurar la Ciudad de Dios en la tierra, en el reinado de Dios sobre la sociedad.
  • En el hombre, la justicia consiste en el imperio del alma sobre el cuerpo y el dominio de la razón sobre los vicios.
  • La justicia significa tener fe y obrar de acuerdo con el mandato de Dios: amar a Dios y al prójimo como a ti mismo.
  • Si no hay justicia, no hay derechos comunes, ni pueblo, ni política.

Relación entre las Ideas

Las ideas se relacionan en torno a la noción de justicia como virtud. En primer lugar, el autor aclara su significado, presentando la justicia como fin de la sociedad y también como fin del ser humano. En este sentido, afirma que una sociedad es justa cuando en ella se instaura el Imperio de Dios y cuando en los hombres domina el alma sobre el cuerpo y la razón sobre los deseos y pasiones. En definitiva, la justicia consiste en vivir en la fe y obrar por amor a Dios y al prójimo. Ahora bien, si no se cumplen estas condiciones, no hay justicia ni política, porque la política consiste en hacer justicia.

Explicación Detallada de las Ideas

El texto pertenece a La Ciudad de Dios, obra en la que Agustín de Hipona expuso su visión de la historia y su propia teoría política. En ella se nos dice que la vida moral del ser humano no es separable de su vida comunitaria, porque el principio constitutivo de lo social es el amor, es él quien une o divide a los hombres.

En el libro XIX, del que ha sido escogido este fragmento, San Agustín hace un profundo análisis de las nociones de justicia, paz y felicidad. Como vemos, en el texto que comentamos se expresa la idea agustiniana de justicia; el autor defiende una concepción naturalista cristiana del derecho y la justicia y expone el objetivo último de la política: evitar el caos y la injusticia.

La Distinción entre la Ciudad de Dios y la Ciudad Terrena

El tema del texto nos remite a la teoría política de San Agustín y a la distinción fundamental entre la Ciudad de Dios y la Ciudad Terrena. Ambas ciudades se encuentran mezcladas en cualquier sociedad a lo largo de la historia, por eso los ciudadanos de ambas viven en el seno de las mismas sociedades históricas. Según el filósofo, la vida en comunidad se sustenta en el amor, y la diferencia entre las dos ciudades radica en el tipo de amor en el que se fundamentan.

  • La Ciudad de Dios está fundada en el amor como caritas. Es el amor a Dios y al prójimo: “aquellos que aman a Dios hasta el desprecio de sí mismos”, dice San Agustín. Además, en ella se da la verdadera justicia que, como dice en el texto, “consiste en que el sumo Dios impere en la sociedad”.
  • Por el contrario, la Ciudad Terrena está fundada en el amor como cupiditas. Se trata del amor de aquellos que “se aman a sí mismos hasta el desprecio de Dios”, es el amor hacia lo sensible y lo mutable.

Concepción Iusnaturalista del Derecho

También vemos en el texto una concepción iusnaturalista del Derecho. Esto significa que el Derecho, entendido como conjunto de leyes, ha de ser justo; pero la verdadera justicia tiene su fundamento en la fe y el amor a Dios, por lo que existe una Ley Natural que emana de la Ley Eterna y que el hombre conoce por la Gracia Divina. Las leyes del Estado son leyes positivas o temporales y deben adecuarse a la Ley Natural, que es anterior al Estado y a sus leyes. Por tanto, las leyes positivas son justas cuando derivan de la Ley Natural.

Conclusión

En conclusión, para dejar de ser injusta, la política tiene que aproximarse al concepto divino de justicia. Por este motivo, San Agustín señala como único ideal de convivencia la Ciudad de Dios, pues solo en ella pueden reinar la justicia, el orden y la paz verdadera. El Estado justo solo puede ser un Estado cristiano.

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