Todo sobre el Salario y la Nómina: Conceptos Clave y Derechos Laborales
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Conceptos Fundamentales del Salario y la Nómina
Comprender los distintos componentes del salario y las percepciones laborales es esencial tanto para trabajadores como para empleadores. Este documento detalla las características, tipos y regulaciones que rigen la retribución en el ámbito laboral.
1. Características Esenciales del Salario y su Significado
El salario, como contraprestación por el trabajo realizado, posee atributos específicos que lo definen legalmente:
- Convertible en dinero: Aunque no siempre se entregue físicamente como tal, su valor debe ser monetizable.
- Debe producir enriquecimiento: El salario debe generar un beneficio económico para quien lo recibe. Por ello, no se considera salario aquello que el empresario entrega a la colectividad de un grupo de trabajadores sin un enriquecimiento individual directo.
- Reciprocidad: Se abona a cambio del trabajo efectivamente realizado.
- Ajenidad: La empresa pagará el salario independientemente de la situación económica que atraviese, asumiendo el riesgo empresarial.
2. Percepciones Salariales Mínimas y su Significado
El salario se compone de elementos básicos que garantizan una retribución mínima:
- Salario Base: Es la retribución fijada por unidad de tiempo u obra, y su cuantía se determina por:
- El Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
- Lo establecido en el convenio colectivo aplicable.
- Lo pactado en el contrato individual de trabajo.
- Complementos Salariales: Son cantidades que se adicionan al salario base y pueden fijarse en función de:
- Condiciones personales del trabajador (antigüedad, titulación, etc.).
- Tipo o condiciones del propio trabajo (nocturnidad, peligrosidad, turnicidad, etc.).
- Situaciones o resultados empresariales (participación en beneficios, etc.).
3. Otros Conceptos Salariales que Pueden Formar Parte del Salario (No Mínimos)
Además de las percepciones salariales mínimas, existen otros conceptos que pueden integrar el salario:
- Horas Extraordinarias:
- Horas extraordinarias no estructurales: Aquellas realizadas de forma voluntaria por los trabajadores o pactadas en convenio o contrato.
- Horas extraordinarias estructurales: Las que se realizan por exigencias de la producción de la empresa, como picos de producción, cambios de turno, etc.
- Horas extraordinarias de fuerza mayor: Ejecutadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes por causas no imputables al empresario (incendios, inundaciones, etc.).
- Gratificaciones Extraordinarias: El trabajador tiene derecho a percibir al menos dos al año, una de ellas en Navidad.
- Salario en Especie: Cualquier objeto o servicio entregado por el empresario al trabajador por sus servicios prestados que represente un beneficio económico para este.
4. Percepciones No Salariales: Definición y Denominaciones
En ocasiones, el trabajador percibe del empresario determinadas cantidades que, sin embargo, no tienen la consideración de salario.
- Percepciones no salariales: Son aquellas cantidades que el trabajador percibe del empresario y que, sin embargo, no tienen la consideración de salario.
- Denominaciones alternativas: También se conocen como conceptos extrasalariales o percepciones no laborales.
5. Esquema de Percepciones No Salariales y su Significado
Las percepciones no salariales compensan gastos o situaciones específicas, sin ser parte de la retribución directa por el trabajo:
- Suplidos: Son compensaciones económicas percibidas por algún gasto realizado previamente por el trabajador, tales como:
- Dietas y asignaciones por viajes y desplazamientos.
- Pluses de transporte y de distancia.
- Cantidades que se abonen por quebranto de moneda.
- Pagos por adquisiciones de útiles y herramientas para el trabajo.
- Indemnizaciones: Correspondientes a situaciones como:
- Traslados de un trabajador a población distinta a la de su residencia habitual.
- Suspensiones de contrato.
- Despidos.
- Prestaciones a la Seguridad Social: Sea cual sea su consideración, siempre y cuando correspondan a un pago delegado por la empresa.
6. Garantías Legales para la Percepción del Salario
Nuestro ordenamiento jurídico establece medidas para proteger el derecho del trabajador a percibir su salario:
- Inembargabilidad del salario: El salario es inembargable en la cuantía fijada por la ley (SMI).
- Privilegio de crédito salarial: Los créditos salariales gozan de preferencia sobre otros créditos del empresario.
- Fondo de Garantía Salarial (FOGASA): Organismo que garantiza el pago de salarios e indemnizaciones pendientes en caso de insolvencia o concurso de acreedores del empresario.
7. Nómina: Definición y Diferencia con el Salario
- Nómina: Es el documento o recibo que se entrega al trabajador al pagarle el salario, sirviendo de justificante al empresario por dicho pago.
- Diferencia con el salario: No son lo mismo, ya que la nómina puede incluir conceptos no salariales (suplidos, indemnizaciones), además del salario propiamente dicho.
8. Modalidades de Pago del Salario
El pago del salario debe efectuarse siguiendo ciertas pautas:
- Puntualmente: En el lugar y fecha acordados.
- Periódicamente: Generalmente con periodicidad mensual, aunque también puede ser semanal, quincenal o diaria. Los salarios de abono inferior al mensual deben documentarse mensualmente, haciendo constar los pagos a cuenta.
- Documentalmente: El empresario debe entregar al trabajador un documento justificativo del pago del salario, conocido como nómina o recibo individual de salario.
9. Obligación de Guardar las Nóminas
El empresario está obligado a guardar las nóminas durante un plazo de cuatro años para permitir las comprobaciones necesarias por parte de las autoridades competentes.