Salario, movilidad laboral y extinción del contrato: conceptos esenciales en el empleo
Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en
español con un tamaño de 4,17 KB
Salario
No se considera salario: dietas de viaje, gastos de locomoción, plus de transporte.
Tipos de salario
Salario por unidad de tiempo
Se cobra por las horas trabajadas.
Salario por unidad de obra
Se cobra por metro o pieza que se haga.
Pagas extraordinarias
Como mínimo dos al año; una de ellas se cobra en Navidad.
Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
No se puede embargar, excepto para pagar la pensión de alimentos o en casos de separación.
Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)
Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)
Cubre salarios pendientes de pago e indemnizaciones. Hay 1 año para solicitar al FOGASA.
Movilidad geográfica
(Cuando la empresa te mueve de sitio)
Traslado
Cambio de centro de trabajo que supone cambio de residencia definitivo.
Si afecta al cónyuge, tiene derecho al traslado si hubiera puesto.
Traslado individual
Debe comunicarse con 30 días de antelación.
Opciones del trabajador: aceptar el traslado; extinguir el contrato con derecho a una indemnización por año trabajado y derecho a cobrar el paro.
Impugnación del traslado: se puede impugnar trasladándose ante el Juzgado de lo Social. Si se justifica que no procede la reincorporación y el empresario se niega, lo indemniza por 33 días por año trabajado; derecho a cobrar el paro.
Desplazamientos
Cambio de residencia temporal; la empresa paga el alojamiento.
Desplazamientos temporales: cambio de residencia temporal máximo 12 meses en 3 años. Si dura más de 3 meses, corresponde 4 días de permiso sin contar el viaje; derecho a cobrar el paro.
Movilidad funcional
La empresa cambia de puesto de trabajo a un trabajador.
Decidida únicamente por el empresario dentro de los límites legales.
Movilidad funcional ordinaria (horizontal)
- Mismo grupo profesional, tanto en contratos indefinidos como temporales.
Movilidad funcional extraordinaria (vertical)
- Cuando las tareas no corresponden al mismo grupo profesional; es por tiempo imprescindible.
- Debe justificarse con razones técnicas y organizativas.
- Si se realizan funciones inferiores, se mantiene el salario.
Extinción del contrato
Finiquito
Se calculan las cantidades adeudadas por el trabajo realizado. Conceptos incluidos:
- Salario de los días trabajados y no cobrados.
- Pagas extraordinarias no cobradas.
- Vacaciones no disfrutadas.
Acrónimos
- SERLA: Servicio de Relaciones Laborales de Castilla y León.
- LGSS: Ley General de la Seguridad Social.
- ERE: Expediente de Regulación de Empleo.
Extinción del contrato por voluntad del empresario
Despido disciplinario
Por incumplimiento grave y culpable. Ejemplos: faltas repetidas e injustificadas, embriaguez habitual, disminución continuada y voluntaria del rendimiento.
Despido por causas objetivas
Ejemplo de causa: faltas de asistencia.
No se consideran para este tipo de despido: accidente de trabajo, enfermedad o accidente laboral.
Forma del despido por causas objetivas: comunicación con 15 días de antelación; permiso de 6 horas semanales para buscar empleo; indemnización de 20 días por año trabajado.
Despido colectivo
Procede por causas de extinción de contratos agrupados en la empresa.
Causas habituales:
- Económicas: durante tres trimestres seguidos el nivel de ingresos disminuye.
- Técnicas: cambios en los medios de producción.
- Organizativas: cambios en los sistemas de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción.
- Productivas: cambio de productos o servicio.