Rousseau y el contrato social democrático: voluntad general, soberanía e igualdad (1712–1778)

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El contrato social democrático de Rousseau (1712-1778)

Rousseau es un autor contractualista que señala en su obra Emilio su idea de contrato social. El Contrato social (1762) es el centro de su obra. Antes de suscribir el contrato son ciudadanos, y una vez pactan son súbditos del contrato; han de ser obedientes a él.

El contrato social

El contrato social está inspirado en la pasión por la unidad. El contrato de Rousseau no es ni un contrato entre individuos (como en Hobbes) ni un contrato entre los individuos y el soberano. Mediante el pacto social, cada uno se une a todos. El contrato se formaliza con la comunidad. Nada ata al soberano; pero, según la teoría de Rousseau, este no puede tener intereses contrarios a los particulares que lo componen.

Existe una diferencia entre la voluntad general y la voluntad de los particulares. Rousseau ve en la voluntad general el mejor refugio contra los obstáculos planteados por los particulares.

El contrato social garantiza, a su vez, la igualdad y la libertad. La libertad, según Rousseau, depende estrechamente de la igualdad. Rousseau estima, por el contrario, que la soberanía del pueblo es la garantía más segura de los derechos individuales. El individuo solo es libre en y por la ciudad, y la libertad es la obediencia a las leyes.

El soberano

El soberano es la voluntad general, de la que la ley es expresión. La soberanía tiene cuatro caracteres principales:

  • Es inalienable: la soberanía no se delega.
  • Es indivisible: Rousseau es hostil a la separación de poderes, a los cuerpos intermedios y a las facciones dentro del Estado. Un cuerpo representa necesariamente intereses particulares.
  • Es infalible: la voluntad general es recta y tiende siempre a la utilidad pública.
  • Es absoluta: pero este absolutismo no corre necesariamente el peligro de convertirse en arbitrariedad; si el poder se convierte en arbitrario, es porque la voluntad general ya no es soberana.

Finalmente, Rousseau se abstiene de recomendar una forma u otra de gobierno. Tras haber seguido un camino diferente al de Montesquieu, no está lejos de concluir como él:

  • Que la forma de los gobiernos debe depender de las situaciones locales; este relativismo se manifiesta en sus escritos sobre Polonia y Córcega.
  • Que el problema del gobierno es secundario, y que el gobierno tiene tendencia a degenerar y a traicionar la soberanía.

Ideas sociales

Rousseau no piensa en absoluto en instaurar una sociedad religiosa igualitaria, pero quiere corregir la injusticia y reducir la distancia que separa a los más pobres de los más ricos: que los ricos no sean demasiado ricos y que los pobres no sean demasiado pobres.

Para Rousseau, los hombres somos buenos por naturaleza. Cuando vivíamos en sociedades triviales no había conflictos. Pero, cuando estas comienzan a desarrollarse, empiezan a necesitar bienes dirigidos a un mayor confort y bienestar: aparecen núcleos de población más grandes; se asocian. Ya todos necesitamos de los otros (interdependencia). Así comienzan los roces y los conflictos. Solo a través de las leyes y las instituciones republicanas y democráticas recuperamos esa naturaleza bondadosa que perdimos.

El individuo solo puede conseguir la paz y la felicidad o en la soledad, o en el Estado perfecto.

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