Romano 11

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Creación y sistematización del DerechoTema 6: Derecho arcaico: sus caracteres y fuentes

Este Derecho tiene un carácter consuetudinario, que los Dioses son los que han impuesto el Derecho. Este va a ser interpretado por un colegio sacerdotal que son los pontífices. Es dudoso la existencia de leyes en época monárquica, los ciudadanos querían una igualdad jurídica..Es dudosa la existencia de leyes en época monárquica, los ciudadanos querían una igualdad jurídica. En las luchas patricios-plebeyas tuvo un momento importante cuando se elige al candidato Terentilio Arsa..Van bloqueando las magistraturas para intentar que se dé la ley escrita, fueron a la Magna Grecia para ver el Derecho Griego. En el año 451 d. D. se forma una comisión q recoge el Derecho escrito. Esta comisión son losDECEMVIRI LEGIBUS SCRIBUNDIS y sólo son los DECEMVIROS los que quedan en las magistraturas. Este DECEMVIRATO cuando acaba su mandato, no quiere abandonarlo y es derrocado. En el 476 se nombra un pretor que publica en el foro las primeras leyes y se conocen como la Ley de las 12 Tablas por estas escritas en una tabla. Ha habido una critica moderna que decía que no habían existido como la Ley de las 12 Tablas. Tuvieron una gran importancia, porque dio una seguridad ha todos los plebeyos.

- LA LEY DE LAS XII TABLAS

El DECENVIRATO estaba formado por 10 miembros patricios, que recibieron el nombre de DECEMVIRI LEGIBUS SCRIBUNDIS (los 10 hombres que han de traducir y escribir las leyes) Se dedicó a administrar justicia y recopilar las normas, publicando al cabo de 10 años, 10 tablas. Pero la codificación estaba incompleta, creándose una 2º comisión por un plazo de otro año mas en la que ya figuraban plebeyos, redactando 2 tablas más..La Ley de las XII tablas que fueron expuestas y grabadas en madera o en bronce en el foro..La crítica moderna ha puesto en duda a tradición a cerca de la Ley de las XII tablas, existiendo diversas opiniones, como que esta ley era una colección de leyes de distintos períodos recopilados conjuntamente. A pesar de esto mayoritariamente se admite su autenticidad..La redacción primitiva se perdió 65 años después de su publicación, con el incendio de Roma provocado por los galos. El texto de la ley que se utilizaba en el s. III no era el original..Actualmente sólo se conoce el texto de las XII tablas por textos jurídicos y literarios. La importancia de estas radica en que era un esquema vigente en la época, y que recogen lo que hoy en día, el derecho penal, civil y procesal..Esta obra, aislada, no habría tenido gran valor, pero tiene la importancia de que sus ideas y el nombre de las instituciones son las que se mantienen en el derecho de nuestra civilización.

·Contenido Jurídico Fundamental.Las 3 primeras tablas tratan de procedimiento, que es el aspecto regulado con más detalle. El procedimiento era formalista y solemne, tiene un carácter un poco sacral, con muchos actos y gestos simbólicos, y con un carácter voluntario y privado..Las características fundamentales del procedimiento eran la Oralidad (se celebra sin escritos), y la Bipartición (división en 2 fases) en.Cuando había un conflicto se acudía al magistrado, la persona que era llamada a juicio debía acudir, pues si se negaba se levantaba testimonio de ese hecho. En caso de negativa se le podía sujetar directamente y si intentaba fugarse se podía proceder a su Apoderamiento Solemne que era el proceso en el que el individuo ante el magistrado tenía que expresar unas palabras sacarles justificando su negación, resultando ser esclavo o preso..La fase LITIS CONTESTATIO consistía en que si se confesaba o no comparecía, se acababa el juicio. Si comparecía, una vez presente las partes ante el magistrado, exponían sus pretensiones mediante palabras solemnes, quedando fijado el litigio ante testigos. El magistrado no dictaba sentencia, sino que enviaba el caso a un juez que era el que decidía. El juez no era magistrado, sino un ciudadano cualquiera ante el que las partes exponían sus pretensiones.

Existían 2 tipos de procedimientos: declarativo y ejecutivo.·(II tabla) Declarativos:- Legis actio per sacramentum- Legis actio per iudicis arbitrive postulationem·(III tabla) Ejecutivos:- Legis actio per manus iectionem///

LEGIS ACTIO PER SACRAMENTO (declarativo): Las partes acudían ante el magistrado. Cuando se trataba de reclamar bienes muebles o semovientes se llevaban los objetos a la presencia del magistrado. .Presentes las 2 partes, el demandante tocaba con una varita (forma simbólica que evocaba el recuerdo del lazo primitivo que señalaba el problema entre un bien y su propietario) la cosa de que se trataba, y decía: “declaro que esta cosa es mía por derecho de los quirites, y como lo he declarado impongo la vindicta”..La parte demandada decía y hacía lo mismo. Posteriormente las partes simulaban una lucha y el magistrado mandaba dejar libre la casa. Después las partes cruzaban una apuesta que recibía el nombre de SACRAMENTUM, nombrándose a continuación al juez, llamada la LITIS CONTESTATIOante el juez se presentan las pruebas y este decide quien tiene la razón y no pueden rechazar la decisión porque han decidido que el juez sea quien decida y dicte sentencia, esta decisión es inapelable..El juez decidía el litigio sólo indirectamente porque en realidad sólo decidía quien perdía la apuesta.//LEGIS ACTIO PER IUDICIS ARBITRIVE POSTULATIONEM (declarativo): Surgió para reclamar deudas nacidas de Sponsio-Stipulatio. Consistía sólo en la petición de juez o árbitro..Mientras que la anterior servía para reclamar derechos reales (derechos sobre cosas), esta servía para reclamar los derechos de obligaciones (cuando se compromete una deuda) Implica por tanto un vínculo entre personas.//LEGIS ACTIO PER MANUS IECTIONEM (ejecutivo): (significa “Acción de ley por echar manos”) Esta ley reguló la venganza privada, surgiendo como un apoderamiento ritual del deudor condenado o confeso..Pasado el plazo sin realizar el pago, el deudor quedaba en poder del acreedor. Tenía que alimentarlo y podía exponerlo en 3 mercados consecutivos por si alguien pagaba por él. Si a pesar de ello nadie pagaba, podía elegir entre matarlo o venderlo Esta acción de ley supuso un avance porque para poderse ejecutar exigirá la existencia previa de una condena, o la concesión del propio deudor.

LA 4ª TABLA: Trataba de la familia que se regía por normas de carácter político-religiosas y consuetudinario. Las personas libres estaban sometidas al Pater Familias más la Res Mancipii.La Res Mancipii eran aquellos bienes necesarios para vivir la familia, los bienes inmuebles, los esclavos...No se regulaba la patria potestad porque se daba por supuesta, pero si se regulaba la pérdida de la potestad del padre cuando vendía 3 veces al hijo. La interpretación de los juristas se valió de esa norma para crear la EMANCIPATIO.Se regulaba la posibilidad de que la mujer evitara la MANUS del marido, mediante la TRINOCTI USURPATIO que consistía en que la mujer se ausentara 3 noches sucesivas de la casa del marido.En esta tabla se fijan ciertas normas referentes a la tutela y curatela. La mujer estaba siempre sometida a la tutela, menos las vestales(sacerdotisas) En el caso de los impúberes, cuando el Pater Familias no había nombrado tutor en el testamento, quedaban bajo la tutela de los Agnados y Gentiles. Lo mismo sucedía con la curatela de los locos y los pródigos.

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