El Rol del Empresario y Tipos de Empresas: Una Visión Completa

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El Empresario: Conceptos y Funciones Clave

Un empresario es aquella persona que, de forma individual o colectiva, fija los objetivos y toma las decisiones estratégicas acerca de las metas, los medios, la administración y el control de las empresas y asume la responsabilidad tanto comercial como legal frente a terceros. El empresario es la persona física o jurídica que, con capacidad legal y de un modo profesional, combina capital y trabajo con el objetivo de producir bienes y/o servicios para ofertarlos en el mercado a fin de obtener beneficios.

Se puede sugerir que en el rol del empresario se encuentran tres funciones distintas:

  • La de propietario, capitalista o financiero.
  • La de gerente o administrador.
  • La de emprendedor o innovador que asume riesgos.

Clasificación de Empresas Según su Tamaño

Las empresas pueden clasificarse según su tamaño en grandes, medianas o pequeñas. Hay diversos criterios para realizar esta clasificación:

  • Criterio económico: es el volumen de facturación.
  • Criterio técnico: es el nivel tecnológico.
  • Criterio patrimonial: es el patrimonio que tiene la empresa.
  • Criterio organizativo: se refiere al número de trabajadores que tiene la empresa.

Desde el 1 de enero de 2005 está en vigor la definición de las microempresas y de la pequeña y mediana empresa adoptada por la Comisión Europea. Los valores de los criterios citados son los siguientes:

  • Microempresa: 0-9 trabajadores - menor o igual a 2 millones de euros de volumen de negocio - menor o igual a 2 millones de euros de balance general.
  • Pequeñas empresas: 10-49 trabajadores – menor o igual a 10 millones de euros de volumen de negocio - menor o igual a 10 millones de euros de balance general.
  • Mediana empresa: 50-249 trabajadores - menor o igual a 50 millones de euros de volumen de negocio - menor o igual a 43 millones de euros de balance general.
  • Empresas grandes: más de 250 trabajadores - mayor a 50 millones de euros de volumen de negocio – mayor a 43 millones de euros de balance general.

Concepto de PYME: Ventajas y Desventajas

Las PYMES son las pequeñas y medianas empresas, esto es, las empresas que cuentan con no más de 250 trabajadores en total y una facturación moderada. Son empresas de no gran tamaño ni facturación, con un número limitado de trabajadores y que no disponen de los grandes recursos de las empresas de mayor tamaño.

Ventajas de las PYMES:

  • Las pequeñas y medianas empresas son más cercanas al cliente, se orientan más a él y pueden conocer sus necesidades y deseos. De esta manera, también pueden atender mejor a las demandas.
  • Sus clientes pueden recibir un trato más personalizado, así como una relación más humana.
  • Son más flexibles, lo que hace que se adapten mejor a cualquier situación.
  • Hay una mayor implicación de los trabajadores, precisamente porque hay una relación más fluida y directa, se encuentran más cercanos y es más fácil que se identifiquen y sientan parte de la empresa.

Desventajas de las PYMES:

  • Una menor capacidad económica y capacidad para competir.
  • Menores posibilidades de acceso a financiación; además, las mejores condiciones suelen ser para las grandes empresas.
  • Las capacidades son más limitadas, tanto a nivel tecnológico como publicitario, financiero o de atracción de talentos, etc.

Características de la Sociedad Anónima (S.A.)

  • Las sociedades anónimas son sociedades capitalistas.
  • Son sociedades mercantiles, cualquiera que sea su objeto.
  • Su denominación no podrá ser idéntica a la de otra sociedad existente, y con el nombre deberá figurar la indicación de Sociedad Anónima o su abreviatura S.A.
  • El número mínimo de fundadores es de 1 socio (Sociedad Unipersonal).
  • El capital no podrá ser inferior a 60.101,21 euros y se expresará siempre en esta moneda.
  • En la sociedad, el capital está dividido en acciones.
  • El capital de la sociedad deberá estar totalmente suscrito y desembolsado al menos en una cuarta parte del valor nominal de cada una de sus acciones, es decir, en un 25%.
  • Los socios no responderán con su patrimonio personal de las deudas sociales.
  • La sociedad deberá constituirse mediante escritura pública e inscribirse en el Registro Mercantil.
  • Mediante la inscripción en el Registro Mercantil, la sociedad adquirirá personalidad jurídica propia.
  • El domicilio de la sociedad se fijará, dentro del territorio español, en el lugar en que se halle el centro de su administración y dirección, o en el que radique su principal explotación.

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