Riesgos Laborales y Medidas de Prevención: Salud, Seguridad y Bienestar en el Trabajo

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1. Salud Laboral

La salud se define como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.

2. Conceptos Básicos de Prevención de Riesgos Laborales

El riesgo laboral es la posibilidad de que el trabajador sufra un determinado daño como consecuencia de las condiciones en las que realiza su trabajo.

La condición de trabajo es cualquier característica laboral que pueda influir de forma importante en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador. Entre las condiciones de trabajo, podemos destacar:

  • Los agentes físicos. Ejemplos: ruido, vibraciones, radiaciones, temperatura, iluminación, etc.
  • Los agentes químicos. Ejemplos: sustancias tóxicas, polvo en suspensión, gases, etc.
  • Los agentes biológicos. Ejemplos: virus, bacterias, hongos y protozoos.
  • Procedimientos para utilizar y manipular los agentes.

3. Lugares de Trabajo Seguros

Se consideran lugares de trabajo las áreas del centro de trabajo, edificadas o no, en las que los trabajadores deben permanecer o a las que puedan acceder por razón de su trabajo.

4. Agentes Físicos y su Impacto en la Salud Laboral

Los agentes físicos son distintas formas de energía que pueden causar daños en la salud y seguridad de los trabajadores.

4.1. El Ruido

Viene caracterizado por tres elementos: intensidad, frecuencia y duración. Los daños que puede producir se dividen en:

  • Físicos
  • Alteraciones psicológicas
  • Accidentes laborales

4.2. Las Vibraciones

Las vibraciones son movimientos oscilatorios que efectúa una partícula alrededor de un punto fijo. El número de veces que se produce la oscilación por segundo se llama frecuencia y se mide en hercios (Hz). Los daños que puede producir se dividen en:

  • Sistema mano-brazo
  • Vibraciones de cuerpo completo

4.3. Las Radiaciones Ionizantes y No Ionizantes

Las radiaciones son una fuente de energía y pueden ser peligrosas dependiendo del tipo de radiación y del tiempo de exposición. Existen dos tipos:

  • Radiaciones ionizantes
  • Radiaciones no ionizantes

4.4. Temperatura y Humedad Ambiente

En los lugares de trabajo es obligatorio mantener los siguientes niveles de temperatura y humedad:

  • Temperatura
    • Trabajos sedentarios: entre 17 y 27 °C.
    • Trabajos ligeros: entre 14 y 25 °C.

4.5. Iluminación

Una buena iluminación es un factor fundamental para trabajar de manera segura y productiva. Por el contrario, una iluminación inadecuada provoca un incremento del número de accidentes de trabajo por fatiga ocular, escozor de ojos, dolores de cabeza o dificultades de atención.

5. Agentes Químicos y Biológicos: Riesgos y Prevención

5.1. Agentes Químicos

Los agentes químicos peligrosos son aquellos que pueden representar un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores debido a sus propiedades y a la forma en que se utilizan o se hallan presentes en el lugar de trabajo.

Los contaminantes químicos pueden presentarse en forma:

  • Sólida: polvos y humos.
  • Líquida: nieblas.
  • Gaseosa: gases y vapores.

5.2. Agentes Biológicos

Los agentes biológicos son microorganismos susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad, como bacterias, virus, hongos, protozoos y animales parásitos.

6. Riesgos Ergonómicos y Psicosociales en el Entorno Laboral

La carga de trabajo puede ser de tipo físico y mental.

  • La carga física
  • La carga mental

7. Daños a la Salud del Trabajador: Enfermedades y Accidentes

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales considera daños derivados del trabajo las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo. Esta definición incluye los accidentes de trabajo (AT), las enfermedades profesionales (EP) y otras patologías, como el estrés, la fatiga laboral, el envejecimiento prematuro, etc.

7.1. La Enfermedad Profesional (EP)

Desde el punto de vista técnico, la enfermedad profesional se define del siguiente modo:

El deterioro paulatino de la salud del trabajador por la sobreexposición reiterada a situaciones insalubres producidas en el trabajo, el medio ambiente en el trabajo o la forma en que este se desarrolla.

7.2. El Accidente de Trabajo (AT)

Desde el punto de vista técnico:

Se entiende por accidente de trabajo, todo suceso anormal, no querido ni deseado, que interrumpe la continuidad en el trabajo, de forma súbita e inesperada, y produce daños contra las personas o las cosas.

Desde el punto de vista legal:

El artículo 156 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social define el accidente de trabajo como toda lesión corporal que sufre el trabajador por cuenta ajena, con ocasión o como consecuencia del trabajo.

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