La Revolución Liberal Española: Cortes de Cádiz y el Trienio Constitucional
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Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812: Cimientos de la España Liberal
La pasividad de las autoridades establecidas ante las **abdicaciones de Bayona** y la invasión de las tropas francesas provocó que las élites dominantes, con el apoyo del pueblo, crearan nuevas instituciones de gobierno.
Formación de las Juntas
En mayo y junio de 1808, numerosas villas y ciudades formaron **Juntas de Gobierno**. En cada población surgió una Junta local, y todas ellas estuvieron bajo la autoridad de un número reducido de **Juntas Supremas Provinciales**. En Galicia, los sublevados formaron una Junta Suprema del Reino, formada por el Capitán General y representantes de las siete ciudades de las provincias gallegas. Esta Junta asumió la soberanía, organizó la defensa y coordinó la labor de las Juntas Locales. Para mayor coordinación, las Juntas Provinciales formaron la **Junta Central Suprema**.
Cortes de Cádiz y la Abolición del Antiguo Régimen
Las tendencias ideológicas se agruparon en dos corrientes predominantes y antagónicas: los partidarios de la libertad y de las reformas radicales (los **liberales**) y aquellos que se oponían a ellas, partidarios del mantenimiento de la soberanía real (los **realistas** o **absolutistas**).
Las Cortes de Cádiz elaboraron una serie de **decretos fundamentales**, entre los que destacan:
- Proclamación de la soberanía nacional y la separación de poderes: Fue la primera medida que tomaron los diputados de Cádiz, estableciendo una nueva legitimidad política. Frente a la soberanía real de origen divino, proclamaron la **soberanía nacional**, que residía en las Cortes; y frente al poder absoluto, defendieron la **separación de poderes**.
- Abolición de los señoríos jurisdiccionales y de los privilegios de origen feudal: La justicia, que hasta entonces estaba en manos de la nobleza y la Iglesia, pasó al **Estado**. El decreto distinguía entre los **señoríos jurisdiccionales**, que quedaban anulados, y los **señoríos territoriales**, que eran reconocidos como propiedad privada.
- La **libertad de imprenta** sin censura previa.
- Reglamentación del **poder ejecutivo**, incluyendo la responsabilidad de los ministros.
- Formación de los **Ayuntamientos populares** y las **Diputaciones Provinciales**.
- Creación del **Tribunal Supremo de Justicia**, la división del territorio en partidos judiciales y la reforma de las Audiencias.
- Supresión del **Tribunal de la Inquisición**.
El conjunto de estos decretos y reformas de las Cortes de Cádiz **abolieron legalmente el Antiguo Régimen**, siendo consideradas medidas revolucionarias.
El Trienio Liberal (1820-1823)
Rafael Riego **proclamó** en Sevilla el restablecimiento de la **Constitución de 1812**. Solo secundó su acción una pequeña parte del **ejército**. Su triunfo tuvo lugar cuando en la ciudad de **A Coruña**, una parte significativa de los oficiales militares **detuvieron** a las autoridades realistas, nombraron una **Junta de Gobierno de Galicia** y restablecieron la Constitución. Ante el éxito de los **pronunciamientos liberales** y sin apoyos, **Fernando VII** se vio obligado a jurar la Constitución.
El triunfo de los revolucionarios españoles fue imitado, dando lugar a la **revolución liberal de los años 20**. Pero las diferencias entre los liberales sobre algunos temas dieron lugar a la aparición de dos corrientes: los **moderados** y los **exaltados**. Esta división favoreció los intentos absolutistas de restaurar el **Antiguo Régimen**.