Retribución Laboral: Salario, Devengos y Protección de los Derechos del Trabajador
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El Salario: Concepto, Tipos y Protección Legal
Concepto de Salario
El salario es la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, recibidas como contraprestación por los servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo o los periodos de descanso computables como de trabajo.
Tipos de Salario:
- En dinero: Se cobra en moneda y puede fijarse por tiempo (salario por unidad de tiempo) o por obra o destajo (salario por unidad de obra).
- En especie: Consiste en el uso, consumo y obtención de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o a un precio inferior al del mercado. Su valor no superará el 30% del salario total.
Pago del Salario
El salario debe pagarse en la fecha convenida, sin que el tiempo de abono pueda exceder de un mes. Los trabajadores pueden percibir anticipos a cuenta del trabajo ya realizado.
Salario Mínimo Interprofesional (SMI) e IPREM
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es la cantidad mínima que se debe recibir por el trabajo realizado por cuenta ajena a tiempo completo, independientemente de la profesión u oficio.
Protección del Salario
Preferencia del Crédito Salarial
La ley establece una preferencia para el cobro de ciertos créditos salariales:
- Por los últimos 30 días de trabajo, siempre que no superen el doble del SMI.
- Respecto de los objetos elaborados por los trabajadores, mientras sean propiedad o estén en posesión del empresario.
- Otros créditos sin derecho real, en la cuantía resultante de multiplicar el triple del SMI por el número de días pendientes de pago.
Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)
El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) garantiza la percepción de los salarios pendientes de pago reconocidos en acta de conciliación o resolución judicial, así como las indemnizaciones por despido o extinción reconocidas por vía judicial o administrativa, en caso de insolvencia empresarial o procedimiento concursal.
En decisiones extintivas improcedentes, la empresa es la responsable de pagar la indemnización.
La cantidad máxima a abonar por el FOGASA es de 120 días por los salarios pendientes y una anualidad por las indemnizaciones, sin que en ningún caso se pueda superar el doble del SMI diario, incluidas las pagas extras.
Devengos Salariales y No Salariales: Componentes de la Retribución
Percepciones Salariales
Salario Base
Es la retribución fijada por unidad de tiempo o de obra para categorías, grupos profesionales y niveles retributivos. Se determina mediante convenio colectivo.
Complementos Salariales
Son retribuciones salariales que no forman parte del salario base y se perciben por circunstancias personales, laborales o empresariales. Se perciben por realizar una menor o mayor producción de la que se ha considerado normal. Algunos de ellos son primas e incentivos.
Tipos de Complementos Salariales:
- Complementos personales: Se derivan de la cualificación personal o profesional del trabajador (ej. antigüedad, conocimientos específicos).
- Complementos del puesto de trabajo: Se perciben por las peculiaridades inherentes al puesto o por la forma de realizar la actividad (ej. penosidad, toxicidad, peligrosidad, nocturnidad, turnicidad).
- Complementos por cantidad o calidad de trabajo: Se perciben por realizar una menor o mayor producción de la que se ha considerado normal (ej. primas e incentivos).
Complementos de Vencimiento Periódico Superior al Mes
Son cantidades que se devengan día a día, aunque su pago sea en una fecha determinada. Incluyen las gratificaciones extraordinarias, cuya cuantía y número pueden variar, así como la posibilidad de su prorrateo.
Horas Extraordinarias
Son aquellas horas que exceden, sean o no por fuerza mayor, de las horas establecidas en la jornada laboral ordinaria.
Percepciones No Salariales: Indemnizaciones y Suplidos
Las percepciones no salariales son cantidades que compensan gastos o indemnizan al trabajador, no considerándose parte del salario a efectos de cotización. Incluyen:
- Quebranto de moneda: Cubre los desajustes en el saldo de caja.
- Desgaste de útiles o herramientas y prendas de trabajo: Compensación por el desgaste de elementos propiedad del empleado necesarios para el trabajo.
- Plus de distancia: Compensa los gastos de desplazamiento a lugares de trabajo lejanos al casco urbano.
- Plus de transporte urbano: Cubre los gastos de desplazamiento habitual al trabajo.
- Gastos de locomoción: Se reciben por los desplazamientos realizados por motivos laborales.
- Dietas: Cantidades recibidas por pernoctar o efectuar las comidas principales fuera del domicilio habitual de trabajo.