Responsabilidades Legales en la Construcción: Obligaciones de Constructores y Arquitectos

Enviado por Chuletator online y clasificado en Diseño e Ingeniería

Escrito el en español con un tamaño de 6,76 KB

Responsabilidades en el Proceso Edificatorio

Responsabilidad del Constructor

El constructor asume una responsabilidad decenal, aunque esta se limita específicamente a los vicios de la construcción. No obstante, si dichos vicios derivan de un incumplimiento directo del contrato de ejecución de obra, el plazo de responsabilidad se extiende a 15 años.

Esta responsabilidad se centra principalmente en los defectos materiales de la obra.

Responsabilidad del Arquitecto

La responsabilidad del arquitecto puede originarse por diversas causas:

Por Vicios de Proyecto

Incluyen errores como:

  • Cálculos estructurales incorrectos.
  • Diseño inadecuado de la disposición estructural.
  • Selección inapropiada de materiales para soportar cargas estructurales.
  • Falta de previsión ante condiciones atmosféricas adversas.
  • Estudios geotécnicos insuficientes o inadecuados del terreno.

Por Vicios del Suelo

Estos vicios se refieren a problemas relacionados con el terreno, tales como:

  1. Evaluación incorrecta de las características del suelo (composición geológica, presencia de arcillas, filtraciones de agua, etc.).
  2. Insuficiencia en las obras de cimentación (no alcanzar el estrato firme, falta de drenaje adecuado del terreno).
  3. Inestabilidad o inconsistencia de los basamentos.

Por Vicios de la Dirección de Obra

El arquitecto puede incurrir en responsabilidad durante la dirección de obra por:

  • Tomar decisiones que contravengan lo estipulado en el proyecto o en los pliegos de condiciones.
  • Interpretar erróneamente el proyecto.
  • No supervisar o inspeccionar adecuadamente la ejecución de los trabajos.

Para asegurar la calidad, el arquitecto debe ejercer una vigilancia rigurosa, recurriendo a análisis y controles de laboratorio frecuentes si es necesario.

Transmisión de la Responsabilidad Civil

La responsabilidad civil derivada de estos vicios es transmisible a los herederos si no ha sido satisfecha en vida del responsable.

Las compañías aseguradoras suelen investigar la atribución exacta de la responsabilidad antes de proceder al pago de indemnizaciones, esperando a menudo una sentencia judicial firme.

Garantías Obligatorias y Seguros

Seguro de Responsabilidad Decenal del Arquitecto

El arquitecto está obligado a contratar una póliza de seguro que cubra su responsabilidad extracontractual decenal.

Plazos de Garantía según la LOE

La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) establece los siguientes plazos de responsabilidad para los agentes de la edificación:

  • 10 años: Para daños materiales causados por vicios o defectos que afecten a la cimentación, soportes, vigas, forjados, muros de carga u otros elementos estructurales (seguridad estructural).
  • 3 años: Para daños materiales causados por vicios o defectos en elementos constructivos o instalaciones que incumplan los requisitos de habitabilidad.
  • 1 año: El constructor responde por daños materiales debidos a vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado.

Responsabilidades Específicas de los Agentes

La responsabilidad se exige de forma personal e individualizada. Solo si no es posible individualizarla, se exigirá de forma solidaria.

  • Los proyectistas son directamente responsables de los cálculos que hayan contratado externamente. Aunque el responsable principal es quien contrata, este puede ejercer una acción de repetición contra el calculista.
  • El constructor es directamente responsable de los trabajos subcontratados y de los materiales o productos adquiridos o aceptados. También puede ejercer una acción de repetición contra sus subcontratistas o proveedores.
  • Los Directores de Obra y de Ejecución de Obra responden de la veracidad y exactitud del Certificado Final de Obra.
  • El Director de Obra también asume responsabilidades por omisiones, deficiencias o imperfecciones del proyecto que pudieran haberse detectado durante la ejecución.

Plazos de Prescripción de Acciones

Las acciones para exigir responsabilidad prescriben en los siguientes plazos:

  • 2 años a contar desde que se produzcan los daños materiales.
  • 2 años para que el responsable pueda ejercer la acción de repetición contra otros agentes, contados desde la firmeza de la resolución judicial que le condene o desde que hubiera indemnizado extrajudicialmente.

Garantías por Daños Materiales Ocasionados por Vicios

Garantía del Constructor

  • Período: 1 año.
  • Cobertura: Daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado.
  • Cantidad asegurada: Equivalente al 5% del coste final de la ejecución material de la obra, incluyendo honorarios profesionales.

Garantía del Promotor (Seguro Decenal y Trienal)

  • Período 3 años:
    • Cobertura: Daños materiales por vicios o defectos de elementos constructivos o instalaciones que afecten a la habitabilidad.
    • Cantidad asegurada: Equivalente al 30% del coste final de la ejecución material de la obra, incluyendo honorarios profesionales. (Nota: Su exigibilidad puede depender de desarrollo reglamentario específico).
  • Período 10 años (Seguro Decenal):
    • Cobertura: Daños materiales por vicios o defectos que afecten a la seguridad estructural (cimentación, soportes, vigas, forjados, muros de carga, etc.).
    • Cantidad asegurada: Equivalente al 100% del coste final de la ejecución material de la obra, incluyendo honorarios profesionales.

Para que los promotores puedan suscribir la póliza de garantía decenal exigida por la LOE, es necesario que una Oficina de Control Técnico (OCT) revise la estructura del proyecto. Si la OCT identifica deficiencias o presenta objeciones, el arquitecto autor del proyecto deberá modificarlo, a menos que logre justificar técnicamente sus soluciones ante el técnico competente de la OCT.

Entradas relacionadas: