Responsabilidad Internacional Objetiva y Causas de Exclusión de la Ilicitud

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Responsabilidad Objetiva

La responsabilidad objetiva se fundamenta en que el Estado que crea un riesgo mediante una actividad que se puede considerar como peligrosa es responsable de los perjuicios por ella causados, aun cuando tal actividad no constituya un hecho ilícito en el ámbito internacional.

La responsabilidad internacional no surge aquí de algún hecho ilícito internacional, sino que surge de un hecho, de una actividad o de una acción que es absolutamente lícita. El principio de la responsabilidad objetiva se aplica, en particular, respecto de los daños causados por actividades peligrosas como podrían ser:

  • La manipulación de reactores nucleares.
  • La eliminación de desechos radiactivos.
  • Las actividades espaciales.

En todos estos casos, los hechos y actividades resultan ser absolutamente lícitos; sin embargo, producto de ellos podrían producirse accidentes que den lugar a demandas por la responsabilidad internacional de quienes los ejecutaron. Por ejemplo:

  1. Si se cae un artefacto espacial arriba de una ciudad.
  2. Si un buque que tiene desechos nucleares se hunde en las costas de otro Estado.

Circunstancias que Excluyen la Ilegitimidad

Normalmente, un acto es ilícito cuando es contrario a las obligaciones internacionales de un Estado; sin embargo, hay circunstancias que excluyen la ilegitimidad de un acto que en principio es ilícito y que, por lo tanto, eximen de responsabilidad internacional al Estado que lo realizó.

1. La Represalia

La represalia es un acto ilícito realizado por un Estado en contra de otro y que encuentra su justificación excepcional en el hecho de que responde a un acto ilícito cometido previamente por el Estado en contra del cual se dirige. Las represalias tienden a poner término a una lesión jurídica, a obtener reparación por ella y, posiblemente, a prevenir una nueva. Al contrario del derecho interno, el derecho internacional admite las represalias.

Condiciones para la Legitimidad de la Represalia

El derecho internacional estableció tres condiciones para su legitimidad:

  • a) Debe haber habido un acto ilegal de carácter previo por parte del Estado en contra del cual se dirige; este acto debe imponerle responsabilidad hacia el Estado que realiza el acto de represalia.
  • b) La parte ofendida debe haber hecho esfuerzos para obtener reparación por otros medios sin poder conseguirlo.
  • c) Las medidas de represalia no deben ser excesivas; es decir, no deben estar fuera de proporción en relación con la provocación recibida.

Los actos de represalia no deben implicar el uso de la fuerza armada; entonces, podemos decir que no están permitidos los actos militares de represalia como, por ejemplo, una invasión territorial o el bombardeo de una ciudad.

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