Requisitos y Tipos de Jubilación Contributiva en España: Edad y Circunstancias

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El Hecho Causante de la Jubilación Contributiva

El hecho causante es el acontecimiento que desencadena la actuación del mecanismo protector de la Seguridad Social. Para que surja la contingencia de la jubilación contributiva, deben darse tres circunstancias fundamentales:

  • Finalización de la actividad laboral.
  • Voluntariedad en el cese (no debe ser un despido por edad).
  • El cumplimiento de la edad legalmente determinada.

Evolución de la Edad Legal de Jubilación

La Ley General de la Seguridad Social (LGSS) de 1994 fijaba la edad ordinaria en 65 años, con excepciones para la jubilación parcial (60 o 61 años). Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2013, la edad exigida se modificó:

  • Se exigirán 67 años.
  • O bien, 65 años si se acreditan 38 años y 6 meses cotizados.

Supuestos de Reducción de la Edad Ordinaria de Jubilación

El Texto Refundido de la LGSS (TRLGSS) contempla dos supuestos principales donde la edad ordinaria de jubilación puede ser rebajada:

Actividades Excepcionalmente Penosas, Tóxicas o Peligrosas

La edad ordinaria podrá ser rebajada mediante Real Decreto, a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, para aquellos grupos o actividades profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre y que presenten elevados índices de mortalidad.

Personas con Discapacidad

De igual modo, la edad podrá ser reducida en el caso de personas con:

  • Discapacidad en un grado igual o superior al 65%.
  • Discapacidad de al menos el 45%, siempre que se demuestre una reducción de la esperanza de vida asociada a dicha discapacidad.

Límites a las Reducciones de Edad

La ley establece límites estrictos para la aplicación de estos coeficientes reductores:

  • La edad resultante de la aplicación de los coeficientes reductores nunca será inferior a los 52 años.
  • Los coeficientes reductores de la edad de jubilación no serán tenidos en cuenta en ningún caso para acceder a la jubilación parcial, a la jubilación anticipada ni a los beneficios voluntarios de la vida laboral.

Diversas Situaciones Dentro de la Jubilación

Dentro del sistema de pensiones, podemos distinguir varias modalidades o situaciones laborales relacionadas con la jubilación:

  • Jubilación Total: El trabajador finaliza su contrato de trabajo y pasa a percibir la pensión como pensionista.
  • Jubilación Flexible: Situación posterior a la jubilación total, donde el trabajador compatibiliza la pensión de jubilación con un contrato a tiempo parcial.
  • Jubilación Activa o Envejecimiento Activo: Permite la compatibilidad del 50% de la pensión contributiva con el trabajo por cuenta propia o ajena, ya sea a tiempo completo o parcial.
  • Jubilación Parcial: Es la situación del trabajador que, habiendo cumplido la edad legal (según el TRLGS), combina el trabajo a tiempo parcial con el cobro de una pensión de jubilación, mediante un acuerdo con su empresa.
  • Jubilación Suspendida: Se refiere a la situación de un trabajador titular de una pensión de jubilación a la que se le procede a su suspensión total, una vez causada, como consecuencia de realizar una actividad laboral que excede los límites establecidos para la jubilación flexible.

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