Requisitos Técnicos y Normativa de Calidad para Galletas y Productos de Fruta Procesada

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Disposiciones Generales para la Elaboración de Galletas

  1. Condiciones Sanitarias y Materias Primas (4.1)

    Las galletas se deben elaborar en condiciones sanitarias apropiadas, observándose buenas prácticas de fabricación y a partir de materias primas sanas, limpias, exentas de impurezas y en perfecto estado de conservación.

  2. Requisitos de la Harina de Trigo (4.2)

    La harina de trigo empleada en la elaboración de galletas debe cumplir con los requisitos de la NTE INEN 616.

  3. Ingredientes Adicionales Permitidos (4.3)

    A las galletas se les puede adicionar productos tales como: azúcares naturales, sal, productos lácteos y sus derivados, lecitina, huevos, frutas, pasta o masa de cacao, grasa, aceites, levadura y cualquier otro ingrediente apto para consumo humano.

Requisitos Específicos y Aditivos

3 Aditivos

  1. Aditivos Generales (5.1.3.1)

    A las galletas se les puede adicionar aditivos tales como: saborizantes, emulsificantes, acentuadores de sabor, leudantes, humectantes, agentes de tratamiento de las harinas, antioxidantes y colorantes naturales en las cantidades permitidas de conformidad con la NTE INEN 2074 y en otras disposiciones legales vigentes.

  2. Dióxido de Azufre y sus Sales (5.1.3.2)

    Se permite la adición del Dióxido de Azufre y sus sales (metabisulfito, bisulfito, sulfito de sodio y potasio) como agentes de tratamiento de las harinas, conservantes o antioxidantes, en una cantidad máxima de 200 mg/kg, expresado como dióxido de azufre.

  3. Colorantes Artificiales en Rellenos (5.1.3.3)

    Para los rellenos de las galletas wafer y de las galletas con relleno, se permite el uso de colorantes artificiales que consten en las listas positivas de aditivos alimentarios para consumo humano según NTE INEN 2074.

Inspección y Control de Calidad

Muestreo

6.1.1 El muestreo se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTE INEN 476.

Aceptación o Rechazo

6.2.1 Si la muestra ensayada no cumple con uno o más de los requisitos indicados en esta norma, se repetirán los ensayos en la muestra testigo reservada para tales efectos. Cualquier resultado no satisfactorio en este segundo caso, será motivo para rechazar el lote.

Envasado y Embalado

  1. Material de Empaque (7.1)

    Las galletas se deben envolver y empacar en material adecuado que no altere el producto y asegure su higiene y buena conservación.

  2. Materiales Grado Alimentario (7.2)

    La calidad de todos los materiales que conforman el envase, como por ejemplo: tinta, pegamento, cartones, etc., deben ser grado alimentario.

Definiciones de Productos de Fruta Procesada

Nota: Los productos alimentarios que confieren un sabor dulce se definen en la Sección 2.2.

Confitura (1)

Es el producto preparado con fruta(s) entera(s) o en trozos, pulpa y/o puré de fruta(s) concentrado y/o sin concentrar, mezclado con productos alimentarios que confieren un sabor dulce, con o sin la adición de agua y elaborado hasta adquirir una consistencia adecuada.

Jalea

Es el producto preparado con el zumo (jugo) y/o extractos acuosos de una o más frutas, mezclado con productos alimentarios que confieren un sabor dulce, con o sin la adición de agua y elaborado hasta adquirir una consistencia gelatinosa semisólida.

Mermelada de Agrios

Es el producto preparado con una o una mezcla de frutas cítricas y elaborado hasta adquirir una consistencia adecuada. Puede ser preparado con uno o más de los siguientes ingredientes: fruta(s) entera(s) o en trozos (que pueden tener toda o parte de la cáscara eliminada), pulpa(s), puré(s), zumo(s) (jugo(s)), extractos acuosos y cáscara que están mezclados con productos alimentarios que confieren un sabor dulce, con o sin la adición de agua.

Mermelada sin Frutos Cítricos

Es el producto preparado por cocimiento de fruta(s) entera(s), en trozos o machacadas, mezcladas con productos alimentarios que confieren un sabor dulce hasta obtener un producto semilíquido o espeso/viscoso.

Mermelada Tipo Jalea

Es el producto descrito en la definición de Mermelada de Agrios de la que se le han eliminado todos los sólidos insolubles, pero que puede o no contener una pequeña proporción de cáscara finamente cortada.

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