Requisitos y Normativas para Extranjeros en España: Visados, Residencias e Infracciones

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Título II: Condiciones de Entrada y Residencia en España

Este título aborda las condiciones de entrada a España, la documentación requerida y la situación de los extranjeros. La entrada en España está sujeta a la obtención de un visado:

  • Visado de tránsito: Permite el tránsito por territorio español.
  • Visado de estancia: Permite una estancia que no exceda de 3 meses por semestre.
  • Visado de trabajo y residencia: Permite trabajar por cuenta propia o ajena y residir en España.
  • Visado de estudios: Destinado a cursos, estudios o trabajos de investigación.
  • Visado de residencia: Permite residir en España sin actividad laboral.

Como novedad, se contempla la obtención de una tarjeta de identidad de extranjero para personas a las que se les haya expedido un visado o autorización superior a 6 meses.

La ley distingue entre:

  • Estancia: Permite la permanencia en España por un período no superior a 90 días.
  • Residencia: Puede ser:
    • Temporal: Con una duración máxima de 5 años. Se concede a quienes acrediten disponer de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de manutención y estancia, así como los de su familia, durante el período de residencia, sin necesidad de realizar actividad lucrativa.
    • Permanente: Autoriza a residir indefinidamente y trabajar en igualdad de condiciones que los españoles. Tienen derecho a ella quienes hayan tenido residencia temporal durante 5 años.

Residencia de Menores

Se considerará regular la residencia de menores, salvo que estén tutelados por la Administración Pública. La Administración competente resolverá sobre su retorno o las condiciones de permanencia en España.

Para el ejercicio de un trabajo, se requiere autorización previa. El gobierno establece un contingente anual de mano de obra, fijando el número y características de las ofertas de empleo. La excepción son las ofertas de empleo que puedan realizar los empresarios.

Título III: Infracciones y Régimen Sancionador

Este título tipifica las infracciones en materia de extranjería y establece su régimen sancionador.

  • Infracciones leves: Se producen por irregularidades en la situación del extranjero (retraso en la renovación de autorizaciones, falta de comunicación, etc.).
  • Infracciones graves: Se producen por encontrarse irregularmente en territorio español, no tener prórroga de estancia, carecer de autorización de residencia o trabajar en España sin autorización administrativa.
  • Infracciones muy graves: Sancionan conductas de discriminación, contratación o utilización de trabajadores sin autorización para contratarlos, y la promoción de la inmigración clandestina.

Entre los instrumentos para luchar contra la inmigración ilegal, se establece la obligación de las compañías de transporte de facilitar información antes de la partida del lugar de origen hacia territorio español.

Título IV: Coordinación de Poderes Públicos en Materia de Inmigración

Este título aborda la coordinación de los poderes públicos en materia de inmigración. Se prevén dos figuras:

  • Consejo Superior de Política de Inmigración: Coordina la Administración Pública. Este órgano establecerá las bases sobre una política global en materia de integración laboral y social.
  • Foro para la Integración Social de los Inmigrantes: Lo constituyen representantes de las administraciones públicas, asociaciones de inmigrantes y organizaciones de apoyo.

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