Requisitos y Funciones del Profesorado y Directores en Educación Primaria

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Profesorado de Educación Primaria: Requisitos y Funciones

Requisitos para impartir clases

Para impartir las enseñanzas de educación primaria será necesario tener el título de Maestro de Educación Primaria o el título de Grado equivalente, sin perjuicio de la habilitación de otras titulaciones universitarias que, a efectos de docencia, pudiera establecer el Gobierno para determinadas áreas, previa consulta a las Comunidades Autónomas.

Impartición de la docencia

La educación primaria será impartida por maestros, que tendrán competencia en todas las áreas de este nivel. La enseñanza de la música, de la educación física, de los idiomas extranjeros o de aquellas otras enseñanzas que determine el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, serán impartidas por maestros con la especialización o cualificación correspondiente.

Selección y Competencias del Director en Centros Públicos

Selección del Director

La selección del director se realizará mediante un proceso en el que participen la comunidad educativa y la Administración educativa.

La selección y nombramiento de directores de los centros públicos se efectuará mediante concurso de méritos entre profesores y profesoras funcionarios de carrera que impartan alguna de las enseñanzas encomendadas al centro.

La selección se realizará de conformidad con los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad.

Requisitos para participar en la selección

Los requisitos para poder participar son:

  • Tener una antigüedad de al menos cinco años como funcionario de carrera en la función pública docente.
  • Haber impartido docencia directa como funcionario de carrera, durante un período de al menos cinco años, en alguna de las enseñanzas de las que ofrece el centro a que se opta.
  • Estar en posesión de la certificación acreditativa de haber superado un curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva, impartido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o por las Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas. Las características del curso de formación serán desarrolladas reglamentariamente por el Gobierno. Las certificaciones tendrán validez en todo el territorio nacional.
  • Presentar un proyecto de dirección que incluya, entre otros, los objetivos, las líneas de actuación y la evaluación del mismo.

Competencias del Director

Las competencias del director son:

  1. Ostentar la representación del centro.
  2. Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar.
  3. Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.
  4. Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.
  5. Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
  6. Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos y alumnas.
  7. Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos.
  8. Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.
  9. Convocar y presidir los actos.
  10. Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros.
  11. Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.
  12. Aprobar los proyectos y las normas.

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