Requisitos y Fiscalidad para Empresas en la ZEC de Canarias
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Requisitos para Operar en la Zona Especial Canaria (ZEC)
Para establecerse en la Zona Especial Canaria (ZEC), las entidades deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ser una entidad de nueva creación o una sucursal de nueva creación de una empresa ya existente, con domicilio y sede de dirección efectiva en el ámbito geográfico de la ZEC.
- Al menos uno de los administradores o un representante, en el caso de las sucursales, deberá residir en Canarias.
- Realizar una inversión en inmovilizado material o intangible afecto a la actividad dentro de los dos primeros años desde el momento de la inscripción. La inversión mínima requerida es de 100.000 € para las islas de Tenerife y Gran Canaria, y de 50.000 € en el resto de las islas no capitalinas.
- Crear, al menos, cinco o tres puestos de trabajo, según se trate, respectivamente, de islas capitalinas o no, dentro de los seis meses siguientes al momento de la inscripción, y mantener este promedio durante los años que la entidad esté adscrita a la ZEC.
- Constituir su objeto social la realización, en el ámbito de la ZEC, de actividades autorizadas. Estas incluyen:
- Actividades en sectores industriales básicos como pesca, alimentación o tabaco, o de alta tecnología como química, maquinaria y equipo mecánico, reciclaje, confección, energías renovables, etc.
- Actividades de servicio y apoyo a empresas como informática, telecomunicaciones, consultoría, I+D, o ligadas al desarrollo turístico como parques temáticos, operadores turísticos, centros de alto rendimiento, etc.
Quedan excluidas las actividades financieras, de seguros, hoteleras y de comercio al por menor.
Principales Impuestos en Canarias
A continuación, se describen brevemente algunos de los impuestos relevantes en el ámbito canario y español:
Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)
Su hecho imponible está constituido por la entrega de bienes o la prestación de servicios realizada en Canarias.
Impuesto sobre Sociedades (IS)
Su hecho imponible es la obtención de beneficios por parte de las sociedades.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Su hecho imponible está constituido por la obtención de renta por parte de una persona física durante un periodo. Esta renta puede proceder de rendimientos del trabajo, rendimientos del capital inmobiliario o mobiliario, rendimientos de actividades económicas o las pérdidas y ganancias patrimoniales experimentadas en el período.
Fiscalidad Directa: IRPF e IS Detallados
Identificación y explicación de lo que gravan el IRPF y el IS:
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
El IRPF es un impuesto directo, personal y progresivo, que grava la renta que obtienen las personas físicas. Se trata de un impuesto directo, ya que las rentas percibidas por cada persona constituyen una manifestación de su capacidad contributiva. Es progresivo porque el tipo de gravamen aumenta con la base liquidable sobre la que se aplica, y es personal porque tiene en cuenta las circunstancias personales y familiares del contribuyente.
La renta puede proceder de:
- Rendimientos del trabajo por cuenta ajena (salario).
- Rendimientos del capital inmobiliario (alquiler de inmuebles).
- Rendimientos del capital mobiliario (intereses bancarios y dividendos).
- Rendimientos de actividades económicas (rendimientos del empresario individual o del ejercicio profesional por cuenta propia).
- Pérdidas y ganancias patrimoniales experimentadas en el período.
Este impuesto tiene en cuenta una serie de circunstancias (hijos, ascendientes a su cargo, compra de vivienda, etc.), dando así un tratamiento más personalizado.
Impuesto sobre Sociedades (IS)
El IS es un impuesto directo y personal que grava la renta (obtención de beneficios) obtenida por las sociedades mercantiles. Es un impuesto proporcional, ya que se obtiene aplicando un tanto por ciento fijo sobre la base imponible (rendimientos que se obtienen de la diferencia entre ingresos y gastos del ejercicio, añadiendo incrementos o disminuciones de patrimonio).
Caso Práctico: Establecimiento de una Sucursal en la ZEC
Consideremos el caso de una empresa alemana de alta tecnología que desea establecer una sucursal en Canarias. Analicemos cómo cumple los requisitos de la ZEC:
- Es una sucursal de nueva creación de una empresa ya existente, con domicilio en el ámbito geográfico de la ZEC. (Cumple el requisito 1)
- Un representante fijará su residencia en Canarias. (Cumple el requisito 2)
- Realizará una inversión de 120.000 €. Esta cantidad es suficiente para cumplir la inversión mínima requerida (100.000 € para islas capitalinas y 50.000 € para islas no capitalinas). Suponemos que la inversión será en inmovilizado material o intangible afecto a la actividad. (Cumple el requisito 3)
- Creará siete puestos de trabajo. Este número es superior a los requeridos (5 o 3 puestos de trabajo según la isla). (Cumple el requisito 4)
- Sus actividades son de alta tecnología, una actividad autorizada para la ZEC (excluidas las actividades financieras, hoteleras, de seguros y de comercio al por menor). (Cumple el requisito 5)
Por lo tanto, esta empresa cumple con los requisitos necesarios para implantarse en la ZEC.