Requisitos de acceso a la Incapacidad Permanente en España
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Requisitos de acceso a la Incapacidad Permanente
Introducción
La Incapacidad Permanente (IP) es una prestación económica de la Seguridad Social que se concede a aquellos trabajadores que, por enfermedad o accidente, ven reducida o anulada su capacidad laboral. El acceso a esta prestación está sujeto a una serie de requisitos.
Artículo 43.1 de la Ley General de la Seguridad Social
Reconoce la universalidad subjetiva en la protección de la salud.
Principios generales
- Promoción de la salud y la prevención de la enfermedad.
- Rehabilitación.
- Planificación familiar.
- Atención mental.
Integración y Reconocimiento de Derechos
- Integración de las estructuras en el Sistema Nacional de Salud.
- Reconocimiento de derechos y obligaciones de los usuarios del sistema (art. 10 y 11).
- Fomento de la educación sanitaria, investigación y formación profesional.
Requisitos de acceso a la Incapacidad Permanente
Para acceder a la Incapacidad Permanente, se requiere:
- Reconocimiento de la situación de Incapacidad Permanente (afección y alta médica).
- Cumplimiento de un periodo de cotización previo (art. 195 LGSS).
Situaciones asimiladas al alta / No cabe acceder a la I.P.
No se puede acceder a la Incapacidad Permanente si se tiene la edad mínima para el acceso a la jubilación y se cumplen los requisitos.
Periodo de cotización previo
- Incapacidad Permanente Parcial: 1800 días en los 10 años anteriores a la fecha en la que se extinguió la Incapacidad Temporal (IT).
- Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual:
- Menos de 31 años: 1/3 del tiempo entre los 16 años y la fecha del hecho causante (H.C.).
- 31 años o más: ¼ del tiempo entre los 20 años y el H.C.
- Mínimo 5 años cotizados.
- 1/5 del período exigible dentro de los 10 años anteriores al H.C.
- Incapacidad Permanente Absoluta y Gran Invalidez derivadas de contingencias comunes: se puede acceder sin alta ni asimilado al alta con 15 años cotizados mínimo, con 1/5 del período dentro de los 10 años anteriores al H.C.
Cotizaciones computables
Para el cálculo del periodo de cotización, computan las cotizaciones en:
- Incapacidad Temporal (IT).
- Maternidad.
- Paternidad.
- Riesgo durante el desempleo.
- Convenio especial.
- Días de cuota.
- Parto (112 días).
- Excedencia por cuidado de familiares.
- Suspensión de contrato por violencia de género.
Incapacidad Permanente derivada de enfermedad profesional o accidente no laboral
No exige periodo de cotización previo.