Representación Laboral y Conflictos: Derechos y Mecanismos

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Representación Unitaria

Es la representación de todos los trabajadores de la empresa, afiliados o no.

Delegados de Personal

Representación mancomunada de los intereses de los trabajadores de una empresa de entre 11 y 49 empleados (entre 6 y 10 si hay mayoría).

Comité de Empresa

Órgano representativo de trabajadores de más de 50 empleados. Empresas de la misma provincia o municipios cercanos con menos de 50 pueden constituir un comité de empresa conjunto.

Competencias

Son las atribuciones y funciones que tienen los delegados de personal y miembros del comité de empresa:

  • Controlar el cumplimiento de las condiciones de trabajo y de las normas de prevención de riesgos laborales y seguridad social.
  • Estar presente, si lo solicita el trabajador, en el momento de la firma del recibo de finiquito.
  • Emitir un informe previo y no vinculante sobre reestructuración de plantillas, ERE, modificación de horarios, jornadas y sueldos.
  • Participar en elecciones, información sobre venta de bienes de la empresa, planes de igualdad de trato, medidas de prevención de acoso, etc.

Garantías

Derechos que permiten que los representantes de los trabajadores puedan desarrollar libremente su labor representativa dentro de los límites legales y evitar la intromisión del empresario:

  • Expresar con libertad sus opiniones en las materias del ámbito de su representación.
  • En caso de despido improcedente, los representantes pueden elegir entre volver a la empresa o ser indemnizados.
  • Prioridad o permanencia en la empresa en los supuestos de suspensión o extinción por causas tecnológicas o económicas y supuestos de movilidad geográfica.
  • No ser despedido ni sancionado durante el ejercicio de sus funciones ni dentro del año siguiente a la expiración del mandato.

Conflicto Laboral

Es toda alteración de la normalidad laboral por diferencias entre la empresa y los trabajadores en materia que sea objeto de la relación laboral. Puede ser individual o colectivo, o jurídico o de intereses económicos.

Medidas Pacíficas

Conciliación

Se pretende llegar a una solución entre las partes a través de un conciliador cuya misión es acercar posturas, pero sin resolver el conflicto.

Mediación

El mediador ayuda a las partes y presenta propuestas de solución.

Arbitraje

Interviene un árbitro que resolverá el problema dictando un laudo arbitral de obligado cumplimiento.

Huelga

Es un derecho fundamental reconocido en la Constitución.

Huelgas Ilegales

Las realizadas por motivos políticos o de solidaridad, las que pretenden alterar lo pactado en convenio, y las huelgas que se produzcan en contra de la ley. Se deben comunicar por escrito y con 5 días de antelación en el sector público y 10 días en el privado.

Cierre Patronal

Es la suspensión colectiva del trabajo y cierre temporal del centro de trabajo. Debe comunicarse con 12 horas de antelación a la autoridad laboral competente. Los efectos del cierre patronal son los mismos que los de la huelga: suspensión de contratos de trabajo y salario.

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