Relaciones Laborales y Normativa Aplicable: Estatuto de los Trabajadores y Más

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Características de la Relación Laboral según el Estatuto de los Trabajadores

Para que una relación laboral esté regulada por el Estatuto de los Trabajadores, debe cumplir con las siguientes características:

  • Voluntaria: El trabajo se realiza de forma libre y consentida.
  • Por cuenta ajena: El fruto del trabajo pertenece al empleador.
  • Retribuida: Se recibe una compensación económica a cambio del trabajo.
  • Personal: El trabajo lo realiza la persona contratada, no un tercero.
  • Dependiente: Existe una subordinación al empleador.

Relaciones Laborales Especiales: Definición y Ejemplos

Las relaciones laborales especiales comparten las características de las relaciones ordinarias, pero presentan singularidades específicas. Algunos ejemplos son:

  • Personal de alta dirección.
  • Trabajadores al servicio del hogar familiar (incluye limpieza, cuidado de niños, jardinería, etc.).
  • Prisioneros en instituciones penitenciarias.
  • Deportistas profesionales.
  • Artistas en espectáculos públicos.
  • Personas que intervienen en operaciones mercantiles por cuenta ajena de uno o más empresarios, sin asumir el riesgo de las operaciones.
  • Trabajadores con discapacidad en centros especiales.
  • Estibadores portuarios.
  • Otras relaciones que la ley indique expresamente.

Relaciones Excluidas de la Relación Laboral: Definición y Ejemplos

Son trabajos que no cumplen con alguna de las condiciones necesarias para ser considerados relación laboral. Por ejemplo:

  • Funcionarios públicos.
  • Prestaciones personales obligatorias.
  • Consejeros de empresas societarias (si es su única tarea en la empresa).
  • Trabajos a título de amistad, benevolencia o buena vecindad.
  • Trabajos familiares hasta el segundo grado de consanguinidad y que convivan con el empresario, salvo que se demuestre la condición de asalariado.
  • Trabajos mercantiles, cuando se asume el riesgo de las operaciones.
  • Transportistas con autorización administrativa propia y vehículos de su propiedad.
  • Autónomos y autónomos económicamente dependientes.

Elaboración de Normas en el Derecho del Trabajo

  • La Constitución de 1978.
  • El Estado: Parlamento y Administración.
  • Las Comunidades Autónomas.
  • Los representantes de los trabajadores y los empresarios.
  • Tribunales de Justicia.

Tipos de Normas en el Derecho del Trabajo

  • La Constitución.
  • Leyes y Normas con rango de Ley, aprobadas por las Cortes Generales (Congreso y Senado):
    • Ley Ordinaria
    • Ley Orgánica
  • Decreto Legislativo.
  • Decreto Ley.
  • Reglamentos.
  • Convenio Colectivo.
  • Contrato de trabajo.
  • Usos y costumbres locales y profesionales.

Libre Circulación de Trabajadores en la Comunidad Europea

Este principio fundamental implica:

  • Libre circulación de trabajadores asalariados.
  • Derecho de libre establecimiento.
  • Derecho a la libre prestación de servicios.
  • Existen límites a la libre circulación de trabajadores.

¿Qué es la OIT?

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) tiene como objetivo principal mejorar las condiciones de trabajo y el nivel de vida de los trabajadores a nivel mundial. También crea programas de asistencia y asesoramiento para los países que lo soliciten.

Jerarquía de las Normas Generales

El principio de jerarquía normativa establece el orden de prelación de las normas:

  1. Derecho comunitario
  2. Constitución
  3. Tratados Internacionales
  4. Ley Orgánica
  5. Ley Ordinaria, Decreto Ley, Decreto Legislativo (Estatuto de los Trabajadores)
  6. Reglamento
  7. Convenio Colectivo
  8. Contrato de trabajo
  9. Usos y costumbres locales y profesionales

Principios de Aplicación en Caso de Conflicto Laboral

  • Conflicto entre dos o más normas diferentes: Se aplica el principio de norma mínima y norma más favorable.
  • Conflicto en la interpretación de una norma: Siempre se interpreta a favor del trabajador (principio in dubio pro operario).
  • Conflicto en la representación de diferentes condiciones: Se aplica la condición más beneficiosa para el trabajador.

Derechos y Deberes de los Trabajadores

Derechos

  • Trabajo y libre elección de profesión.
  • Libre sindicación.
  • Negociación colectiva.
  • Adopción de medidas de conflicto colectivo.
  • Huelga, reunión, información, consulta y participación en la empresa.
  • Ocupación efectiva.
  • Promoción y formación en el trabajo.
  • No ser discriminado.
  • Integridad física.
  • Adecuada política de seguridad e higiene.
  • Respeto por su intimidad.
  • Consideración debida a su dignidad.
  • Percepción puntual de la remuneración pactada.
  • Ejercicio individual de las acciones derivadas del contrato.
  • Todos los demás derechos que deriven específicamente del contrato de trabajo.

Deberes

  • Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo.
  • Observar las medidas de seguridad e higiene.
  • Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario.
  • No hacer competencia desleal.
  • Contribuir a la mejora de la productividad.
  • Todos los demás deberes que deriven de los respectivos contratos.

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