Relaciones Laborales: Características, Tipos, Tribunales y Derechos en España
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Características de las Relaciones Laborales
Las relaciones laborales se definen por una serie de características fundamentales:
- Personal: El trabajo debe ser realizado únicamente por el trabajador contratado. No se puede sustituir por otra persona.
- Voluntario: Cada individuo es libre de aceptar o rechazar un trabajo. Nadie puede ser obligado a realizar una actividad laboral contra su voluntad.
- Por cuenta ajena: El trabajador no es autónomo. La empresa contrata los servicios de una persona bajo ciertas condiciones y es propietaria del resultado del trabajo del empleado.
- Dependiente: El empleador dirige la empresa, y los empleados reciben órdenes y actúan bajo su dirección.
- Remunerado: El trabajador realiza su labor bajo ciertas condiciones a cambio de una remuneración o salario.
Tipos de Relaciones
Relaciones No Laborales
Existen diversas situaciones que no se consideran relaciones laborales, entre ellas:
- Funcionarios civiles
- Comisionados
- Trabajos de voluntariado
- Trabajos en empresas familiares (con ciertas condiciones)
Relaciones Laborales Especiales
Algunas relaciones laborales tienen características especiales y, por lo tanto, una regulación específica:
- Servicio doméstico
- Atletas que trabajan en espectáculos públicos
- Representantes de ventas (comerciales)
- Personal de alta dirección.
- Trabajadores con discapacidad en centros especiales de empleo.
- Penados en instituciones penitenciarias.
- Residentes para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud.
- Abogados que prestan servicios en despachos de abogados, individuales o colectivos.
- Cualquier otro trabajo que sea expresamente declarado como relación laboral especial por una ley.
Tribunales Laborales en España
El sistema judicial español cuenta con una jurisdicción social encargada de resolver los conflictos laborales:
Juzgados de lo Social
Su jurisdicción se extiende por toda la provincia y están localizados en su capital. Juzgan disputas individuales sobre derechos estatutarios laborales o contratos de empleados, así como disputas colectivas a nivel provincial.
Tribunales Superiores Regionales
Es el nivel más alto de justicia dentro de cada Comunidad Autónoma de España. Se encargan de:
- Recurso de Suplicación: Se puede interponer un recurso de "suplicación" contra las sentencias de los Juzgados de lo Social.
- Disputas colectivas que exceden el nivel regional.
Audiencia Nacional
Situada en Madrid, tiene jurisdicción sobre todo el territorio español en materia laboral, especialmente en conflictos colectivos de ámbito superior a una Comunidad Autónoma.
Tribunal Supremo
Es el máximo órgano judicial en España y unifica la doctrina en materia laboral a través de sus sentencias.
Administración Laboral
La Administración Laboral se encarga del desarrollo de la legislación laboral, su implementación y control:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
La intervención del Estado en el ámbito laboral se lleva a cabo a través del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Agencias Autonómicas Regionales Laborales
Inspección Laboral
Es un organismo de la administración estatal cuyo objetivo es garantizar el cumplimiento de la legislación laboral. Sus funciones incluyen:
- Inspeccionar y analizar las infracciones contra la ley laboral, salud y seguridad en el trabajo.
- Asesorar a empleados y empleadores sobre sus derechos y deberes.
- Emitir informes sobre accidentes laborales.
- Adoptar medidas de salud y seguridad para proteger la salud de los trabajadores.
SERVEF (Servicio Valenciano de Empleo y Formación)
(Ejemplo de organismo autonómico, puede variar según la Comunidad Autónoma)
TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social)
INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social)
FOGASA (Fondo de Garantía Salarial)
Derechos de los Trabajadores
Los trabajadores tienen una serie de derechos fundamentales reconocidos por la legislación:
- Derecho a trabajar y elegir libremente una profesión u ocupación.
- Derecho a la libre sindicación (afiliarse o no a un sindicato).
- Derecho a la huelga.
- Derecho a una ocupación efectiva.
- Derecho a no ser discriminado.
- Derecho a una política de salud y seguridad adecuada.
- Derecho a la negociación colectiva.
- Derecho a la reunión.
- Derecho a la información, consulta y participación en la empresa.
Deberes de los Trabajadores
Los trabajadores también tienen deberes que cumplir:
- Cumplir con las medidas de seguridad y salud.
- Cumplir con las órdenes e instrucciones del empleador.
- Contribuir a la mejora de la productividad de la empresa.
- Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.
- No concurrir con la actividad de la empresa, en los términos fijados en la Ley.
Poderes del empresario
- El empresario tiene el poder de dirección, es decir, puede elegir dónde, cuándo y cómo llevar a cabo su actividad laboral.
- Derecho a variar las condiciones de trabajo (ius variandi).
- Poder disciplinario: proteger y controlar a los empleados en las actividades de trabajo.