Relaciones de trabajo y jerarquía normativa en el derecho laboral

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Relaciones de trabajo

Relación laboral: regulada por el Derecho laboral.

Relación laboral especial: regulada por normas específicas dentro del Derecho laboral (norma especial).

Relación no laboral: regulada por otras normas distintas del Derecho laboral.

Características de la prestación de trabajo

  • Personal: la prestación la debe realizar el trabajador personalmente; no otra persona en su nombre.
  • Voluntaria: el trabajo debe ser realizado voluntariamente; el trabajador no puede ser obligado.
  • Por cuenta ajena: el fruto del trabajo no corresponde al trabajador, sino al empresario, por cuya cuenta se realiza.
  • Retribuida: el trabajador debe percibir una remuneración por el trabajo realizado.
  • Dependiente: el trabajador está sometido a las órdenes del empresario.

Relaciones laborales especiales

  • La del personal de alta dirección.
  • La del servicio del hogar familiar.
  • La de los penados en instituciones penitenciarias.
  • La de los deportistas profesionales.
  • La de los artistas en espectáculos públicos.
  • La de los representantes de comercio que intervienen en operaciones mercantiles sin asumir el riesgo de la operación.
  • La de los minusválidos en centros especiales de empleo.
  • La de los estibadores portuarios.
  • Cualquier otro trabajo expresamente declarado como relación laboral de carácter especial por una ley.

Relaciones no laborales

  • La relación de servicio de los funcionarios públicos.
  • Las prestaciones personales obligatorias (por ejemplo, el servicio militar).
  • La de los consejeros en las empresas societarias cuando no desarrollen otra actividad en la empresa.
  • Los trabajos realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindad.
  • Los trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariados de quienes los lleven a cabo. Se considera familiares, a estos efectos, siempre que convivan con el empresario: el cónyuge y los familiares por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado.
  • Los agentes comerciales que intervienen en operaciones mercantiles asumiendo el riesgo de las mismas.
  • La actividad de los transportistas con autorización administrativa.
  • Los trabajos realizados por cuenta propia (trabajadores autónomos).

Ámbito profesional

Dimensión

  • Nivel de empresa.
  • Local.
  • Provincial.
  • Regional.
  • Nacional: aplica a todas las empresas o a las de un sector de actividad.
  • ...

Elementos

  • Grupos profesionales.
  • Organizaciones de trabajadores.
  • Organización de empresarios.
  • Poder público.

Tipos de relaciones

  • Relaciones de conflicto.
  • Relaciones de negociación.

Fuentes materiales

  • Poder legislativo.
  • Poder ejecutivo.
  • Órganos administrativos de rango inferior.
  • Colectividades de personas.

Fuentes formales

  • La ley.
  • La costumbre.
  • Principios generales del derecho.

Jerarquía de las normas

  1. Reglamentos comunitarios (fuentes externas).
  2. La Constitución (leyes en sentido estricto).
  3. Convenios de la OIT (fuentes externas).
  4. Leyes orgánicas (leyes en sentido estricto).
  5. Leyes ordinarias (leyes en sentido estricto).
  6. Reales Decretos Legislativos (normas con rango de ley).
  7. Reales Decreto-Leyes (normas con rango de ley).
  8. Reales Decretos (reglamentos).
  9. Órdenes de las comisiones delegadas del Gobierno (reglamentos).
  10. Órdenes ministeriales (reglamentos).
  11. Resoluciones (reglamentos).
  12. Convenios colectivos.
  13. Costumbre laboral.

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