Relaciones con la Administración y Procedimiento Administrativo

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1. Clases de Relaciones con la Administración

- Relaciones generales de sujeción

Son las que mantiene el ciudadano con la Administración pública por el hecho de ser un individuo que forma parte de la sociedad.

- Relaciones especiales de sujeción

Son las que se establecen entre ciudadanos determinados y Administraciones públicas concretas especializadas en algún ámbito de intervención, por ejemplo; los funcionarios públicos y demás personal al servicio profesional de la Administración pública.

2. Derechos del Ciudadano en sus Relaciones con la Administración

  • Conocer el estado de la tramitación de los procedimientos en que tengan la condición de interesados y obtener copias de los documentos.
  • Utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su comunidad autónoma.
  • Acceso a la información  pública, archivos y registro.
  • Ser tratados con respeto y deferencia por autoridades y funcionarios.
  • Exigir responsabilidades de las Administraciones públicas y del personal a su servicio cuando así corresponda legalmente.

3. Deberes del Ciudadano en sus Relaciones con la Administración

- Deber de colaborar con las instancias administrativas

Los ciudadanos están obligados a facilitar a la Administración informes, inspecciones y otros actos de investigación sólo en casos previstos por la Ley.

- Deber de comparecer

La comparecencia será obligatoria cuando así esté previsto en una norma con rango de leyes

4. Definición de Acto Administrativo

Los actos Administrativos son aquellos mediante los cuales la Administración aplica el ordenamiento jurídico, es decir, las leyes y reglamentos. No todas las actuaciones efectuadas por la Administración constituyen un acto administrativo.

5. Tipos de Actos Administrativos según la Administración que los Dicta

  • Comunitarios: provienen de la Administración de la Unión Europea.
  • Estatales: proceden de la Administración del Estado.
  • Autonómicos: se emiten por las Administraciones de las comunidades autónomas.
  • Locales: son los producidos por las Administraciones de los municipios, provincias y resto de entidades locales.
  • Institucionales: son actos a cargo de las entidades de derecho público que dependen de otras Administraciones públicas.

6. Actos Administrativos Favorables y Desfavorables o de Gravamen

- Actos favorables

Son los que amplían las facultades de los administrados. Por ejemplo: la admisión en un centro público.

- Actos desfavorables o de gravamen

Los que restringen las facultades de los administrados. Por ejemplo: la orden de cierre de un local.

7. Tipos de Actos Administrativos según su Modo de Expresión

  • Expresos: aquellos mediante los cuales se realiza una declaración explícita dirigida al administrado.
  • Tácitos: son actos en los que se manifiesta una actuación de la Administración que conlleva implícitamente una declaración de voluntad, deseo, conocimiento o juicio que no ha sido exteriorizada expresamente.
  • Presuntos: son los que suponen una situación de inactividad de la Administración a la que la ley otorga una determinada consecuencia.

8. Actos que Agootan la Vía Administrativa y Actos que no Agootan la Vía Administrativa

- Actos que agotan la vía administrativa

Son aquellos cuya resolución no permite el recurso ante la propia Administración.

- Actos que no agotan la vía administrativa

Son aquellos que sí se pueden recurrir ante la Administración.

9. Actos Firmes y No Firmes

- Firmes

Son aquellos que no pueden ser ya recurridos, bien porque ha transcurrido el plazo de impugnación o bien por haberse agotado todos los recursos posibles

- No firmes

Aún pueden ser recurridos, bien por vía administrativa o bien por vía jurisdiccional. 

10. Actos Jurídicamente Incorrectos

En estos casos, la presunción de validez puede destruirse aportado una prueba en contra.

La invalidez de los actos en función de gravedad del vicio cometido provoca que puedan ser nulos en todo derecho, anulables o simplemente irregulares.

11. Actos Administrativos Anulables

Son anulables los actos de la Administración que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, incluso la desviación de poder.

12. Actos Nulos de Pleno Derecho

La nulidad de pleno derecho de un acto administrativo consiste en infracciones de especial gravedad, que atenta contra los principios fundamentales del sistema, esto conlleva a la eliminación de todos los efectos derivados del acto y tienen efecto retroactivo.

13. Actos Administrativos Irregulares

Cuando, aún no ajustado al ordenamiento jurídico, no incurra en causa la nulidad ni de anulabilidad.

14. Eficacia de los Actos Administrativos

- Eficacia inmediata

Analiza al momento en el que los actos administrativos pueden llevarse a efecto, siendo aptos y susceptibles de ejecución

- Eficacia retroactiva

Los actos comienzan a producir efectos antes de ser dictados, para interpretarla se tendrán en cuenta las circunstancias de caso

- Eficacia demorada

Los actos comienzan a producir efectos en un momento posterior al que son dictados.

15. Notificación del Acto Administrativo

Los actos administrativos y las resoluciones deben notificarse a los interesados en el plazo de diez días desde que se dictó el acto.

El contenido de la notificación incluirá los siguientes extremos:

  • El contenido íntegro del acto administrativo con la designación del órgano que lo dicta, la identificación de la persona que lo firma y la fecha.
  • La indicación de si el acto agotado o no la vía administrativa.
  • El “pie de recursos” o conjunto de informaciones relativas a la impugnabilidad del acto administrativo notificado.

16. Medios de Notificación del Acto Administrativo

La notificación se puede realizar por cualquier medios que permita a la Administración acreditar que el interesado lo han recibido, así como quién lo ha recogido, la fecha y el contenido del acto que se notifica.

17. Ausencia o Rechazo de la Notificación

Si nos encontramos ausentes en el momento de su entrega, podrá hacerse en cualquier otra persona que se halle en aquel y haga constar su identidad, sino se encuentra nadie se referirá esta circunstancia en el expediente administrativo junto con el día y la hora en que se intentó la notificación.

Cuando rechazamos la notificación la administración considerara que se ha practicado la notificación.

18. Publicación de los Actos Administrativos

La publicación de los actos administrativos tiene como finalidad, al igual que la notificación, que el contenido del acto llegue a los interesados en el procedimiento.

Se utiliza en los siguientes casos:

●Cuando los interesados en un procedimiento son desconocidos, se ignore el lugar en que deben ser notificados o se ha intentado sin éxito la notificación.

●Cuando sustituye a la notificación en el caso de que el acto tenga por destino una pluralidad indeterminada de personas o cuando se trate de actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva.

19.      Define qué entendemos por procedimiento administrativo

El procedimiento administrativo es el modo de elaboración o producción de los actos y normas de las Administraciones públicas. Podemos entenderlo como un proceso o secuencia ordenada de trámites o actuaciones.

20.      Explica los 2 mecanismos existentes para garantizar la imparcialidad de la Administración cuando actúa en algún procedimiento (abstención-recusación)

Abstención:

Debe abstenerse de intervenir en el procedimiento y comunicarlo a su superior inmediato las autoridades y los empleados públicos en quienes concurra alguna de las siguientes circunstancias:

●Tener interés personal en el asunto

●Tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo con los interesados.

Recusación

 cuando se dan los supuestos anteriores, los interesados pueden pedir que se aparte del proceso a las autoridades y empleados públicos en quienes concurran  las circunstancias de abstención.

21.      Explica las 2 condiciones que se deben reunir para participar en un procedimiento administrativo: capacidad de obrar y tener interés en el procedimiento.

Capacidad de obrar:

Tienen capacidad de obrar ante la administración además de las personas  que gozan de capacidad civil, los menores de edad en los casos en que pretenda defender sus derechos o intereses y el procedimiento administrativo correspondiente les permita actuar sin la asistencia de las personas que ejercen sobre ellos la patria potestad, tutela o curatela.

Interés en el procedimiento

●Quienes lo iniciaron como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos.

●Los, que sin haber iniciado el procedimiento tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte.

22.      Las actuaciones administrativas y los plazos: explica brevemente las condiciones básicas en cuanto a ellos, así como sobre la posibilidad de ampliar dichos plazos.

Las actuaciones administrativas deben realizarse dentro del tiempo que señale para ellas. Los plazos obligan por igual por un lado de la administración y por otro los interesados. El modo en que deben contarse los plazos y términos  vino establecido legalmente para evitar confusiones y las consecuentes perdidas de derecho.

Se tendrá presente el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos, cada Administración fija y publica cada año en el diario oficial correspondiente y en otros medios de difusión. Son inhábiles los domingos y festivos. En cuanto a los festivos, algunos lo son obligatoriamente en todo el territorio español, y otros se circunscriben a la comunidad autónoma o al municipio de que se trate.

Se podrán ampliar los plazos cuando no exceda de la mitad de los mismos siempre que las circunstancias lo aconsejen y no perjudiquen derechos de terceros

23.Fases del procedimiento administrativo: explica la fase de iniciación.

Pueden iniciarse por dos vías

De oficio: Por iniciativa de la Administración o como consecuencia de denuncia, orden superior o petición razonada de otros órganos.

A instancia del interesado: mediante la presentación de una solicitud en la que se concreta aquello que se pide.

24.Fases del procedimiento administrativo: explica la fase de instrucción.

Los actos de instrucción proporcionan al órgano decisorio los elementos de juicio para una adecuada resolución. Se realizan de oficio por el órgano que tramite el procedimiento, sin perjuicio del derecho de los interesados a proponer actuaciones.

25.Fases del procedimiento administrativo. En cuanto a la terminación, explica la resolución.

Es la fase en la que se pone fin al procedimiento administrativo. Constituye la forma “normal” determinación del procedimiento administrativo. Decidirá todas las cuestiones planteadas por los interesados y aquellas otras derivadas del procedimiento. Deberá contener la decisión , la indicación de si agiota o no la vía administrativa, los recursos que procedan en su contra y el plazo y el órgano ante el que interponerlo.

26.Fases del procedimiento administrativo. En cuanto a la terminación, define brevemente qué entendemos por desistimiento, renuncia, terminación convencional y caducidad.

Desistimiento: Declaración de voluntad de un interesado por la que se aparta del procedimiento iniciado,  poniendo fin al mismo; se desiste de las solicitud que inicio el procedimiento.

Renuncia: Declaración de voluntad por la que el titular de un derecho hace dejación del mismo, se renuncia así a un derecho.

Terminación convencional: Finalización del procedimiento mediante acuerdo o convenio entre la administración y el interesado, siempre que no sea contrario al ordenamiento jurídico.

Caducidad: Transcurridos 4 meses desde el inicio a instancia  del interesado el procedimiento se ha paralizado por causa imputable a éste, el procedimiento caducará y no se podrá tramitar.

27.En cuanto a la ejecución forzosa de una resolución administrativa, explica brevemente los 4 mecanismos siguientes: apremio sobre el patrimonio, ejecución subsidiaria, multa coercitiva, compulsión sobre las personas.

apremio sobre el patrimonio: se usa para el cobro de deudas por parte de la administración. Si como consecuencia del acto administrativo se ha de satisfacer una cantidad líquida y el obligado ejecuta el pago dentro del plazo, se embragartra sus bienes.

ejecución subsidiaria: la administración realizará el acto por sí o por las personas que se determinen a costa del obligado.

multa coercitiva: es la imposición de multas reiteradas en el tiempo hasta conseguir que el obligado cumpla el acto administrativo

compulsión sobre las personas.: se trata del método más radical, que consiste en el empleo de la fuerza sobre las personas en el caso de que imponen una obligación personalísima de hacer o no hacer.

28.Define silencio administrativo.

Es una ficción que permite al interesado entender, según el sentido del silencio, que su pretensión ha sido estimada o desestimada, denominándose silencio positivo el primero y silencio negativo el segundo.

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