La relación entre la retórica y el derecho en Gorgias de Platón
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En la primera parte de Gorgias (448e-461b): Principio interrogatorio de partes (449.b)
En la primera parte de Gorgias (448e-461b), cuya conversación tiene lugar entre Sócrates y Gorgias, podemos hacer referencia al Principio interrogatorio de partes (449.b), en el cual Sócrates desea que la discusión se realice mediante preguntas y respuestas breves, y no mediante largos discursos. Dicho principio podemos encontrarlo actualmente en la Sección I, del interrogatorio de partes artículos 301 al 316 LEC. Por ejemplo, si acudimos al artículo 301 LEC, concepto de interrogatorio de las partes, se establece: "Cada parte podrá solicitar del tribunal el interrogatorio de las demás sobre hechos y circunstancias de los que tengan noticia y que guarden relación con el objeto del juicio", por lo que es necesario que hayan intervenido personalmente.
La relación entre la retórica y el derecho
Posteriormente se desarrolla una conversación en la que Gorgias explica a Sócrates cuál es su arte y qué propósito tiene: su arte es la retórica, cuyo objetivo es mandar sobre los demás mediante la persuasión valiéndose de los discursos, a lo que Sócrates objeta que la retórica no es fuente de conocimiento sino que hace surgir creencias. Posteriormente, Gorgias precisa la materia de la que se ocupa su arte afirmando que se trata sobre lo justo y lo injusto. Al postular que la retórica puede ser empleada tanto para el bien como para el mal, reconoce que el orador ha de saber qué es justo y qué es injusto, contradiciendo la anterior afirmación de que puede hacerse un mal uso de la retórica, ya que Sócrates dice que el que sabe debe hacer el bien. Principio de contradicción (460e-461a, que posteriormente incurre otra vez en 480b). Dicho principio se encuentra respaldado por el artículo 24 C.E., que establece el derecho al proceso "con todas las garantías". En nuestro sistema procesal civil, dicho principio se encuentra presente a lo largo de todos los procedimientos.
Considero que la perspectiva negativa que tiene Platón sobre la retórica le impide ver su utilidad en otras artes como puede ser, por ejemplo, este caso planteado sobre el abogado defensor, por lo que considero que en este caso la función que tiene el abogado defensor es la de defender una correcta aplicación de la justicia.
En la conversación entre Sócrates y Polo se hacen varias alusiones a la tiranía (466d, 467b), Platón se pronuncia sobre ello en las formas de gobierno y su evolución. El gobierno ideal para Platón es la monarquía ejercida por un rey filósofo. Un peligro constante de la monarquía es la ambición política de los guardianes, que pueden usar la fuerza militar para hacerse con puestos de gobierno. A dicho abuso se le denomina <> y todavía puede degenerar en oligarquía, el gobierno de los ricos. Pero como los ricos son pocos y los pobres muchos, lo normal es que éstos se subleven e instauren la democracia, en la que todos participan en el gobierno, pero cada uno busca su provecho y la política al final es consecuencia de una lucha contra todos. Por lo que Platón sostiene que la democracia suele llevar al caos, abriendo la puerta a la tiranía, gobierno del más fuerte, el cual solo busca el interés particular. Dicho concepto relacionado con la forma de gobierno, podemos encontrarlo reflejado en nuestra Constitución, en el Título Preliminar, artículo 1 en que se menciona "España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político", delimitando la forma de Estado del Reino de España.
En el texto hace referencia al dualismo alma-cuerpo, en una conversación entre Sócrates y Polo cuando se preguntan cómo puede curarse el alma, todo ello se hace mediante una pena. Para Platón, el ser humano es, sobre todo, su alma, y el cuerpo es un lastre que arrastra al alma. La unión entre el cuerpo y alma es accidental. Una vez el alma se libera del cuerpo, siguen existiendo cuando éstos se corrompen. Las almas son por tanto eternas e inmortales. Para Platón existen tres tipos de almas, la primera la racional (cabeza), la segunda, la irascible (pecho) y la tercera, la concupiscible (vientre). Platón trata de explicar la lucha que se produce en el interior del hombre entre la razón y el deseo de placer, responsable de las malas acciones y elecciones (explicación que realiza a través del mito del carro alado). Por lo que podemos decir que para Platón el cuerpo es la cárcel del alma, lugar donde se encuentra encerrada como castigo por una culpa. Sólo la muerte del cuerpo producirá la liberación del alma. Platón realiza un análisis del alma humana, distinguiendo entre alma concupiscible, le corresponde la moderación inteligente (templanza), el alma irascible, la fortaleza y la parte racional (prudencia). Existe una cuarta virtud, que es la suma de las tres anteriores y expresa que correspondería con la armonía perfecta del alma: la justicia.
Por lo que podemos decir que Platón entiende por justicia: la voluntad de dar a cada uno lo suyo, y de respetar los derechos ajenos y las leyes.
Por lo tanto, la pena en este caso sería la pena de muerte, dicho sistema no se aplica en España, pero existen otros países en los que la pena de muerte se sigue aplicando a día de hoy. En mi opinión, la pena de muerte, creo que no es una solución, ya que incurriríamos en una injusticia, ya que a lo mejor existe la opción de poder reparar ese alma.