Los Reinos Cristianos en la Baja Edad Media: Organización Política y Sociedad Estamental

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Los Reinos Cristianos en la Edad Media: Organización Política, Régimen Señorial y Sociedad Estamental

En todas partes el rey lo era por la gracia de Dios. Para el ejercicio de su poder, el rey se servía de instituciones progresivamente desarrolladas como la cancillería, que despachaba la creciente documentación regia y asumía los principios del derecho romano en la legislación real. Las Cortes eran una asamblea formada por representantes de cada estamento del Reino. Las convocaba y las disolvía el rey con el fin de recibir consejo o subsidios económicos para sus empresas militares. Además de las Cortes, el rey utilizaba el Consejo, formado por nobles y miembros importantes del clero, que le asistían para tomar decisiones.

La sociedad medieval se dividía en tres estamentos (nobleza, clero y estado llano), grupos sociales muy rígidos, a los que se pertenecía por nacimiento o por concesión real. Los dos primeros tenían una serie de privilegios (legales y económicos) de los que carecía el tercero. Tal división se justificaba por la función que cada uno desempeñaba: los nobles eran los guerreros que defendían al conjunto de la sociedad cristiana de sus enemigos, los clérigos, los que intermediaban con Dios para lograr la salvación de todos y el tercer estado, heterogéneo grupo del que formaban parte tanto campesinos como burgueses, mantenían con su trabajo al conjunto de la sociedad.

Los campesinos representaban el 90% de la población, y no solían tener tierra propia, por lo que estaban sujetos al pago de rentas por el uso de las tierras de los señores, que podían ser el rey (realengo), eclesiásticos (abadengo) o laicos (solariego). Además de eso, también solían estar sometidos a otras cargas feudales: censos por el uso de monopolios señoriales (molino, horno, etc), prestaciones de trabajo, pago por transmisión de bienes, etc. Estas cargas fueron especialmente duras en lugares y momentos en que el poder señorial no encontraba freno, como fue el caso del norte de Cataluña en la Baja Edad Media, donde se impusieron los malos usos a los payeses de remensa.

Organización Política de la Corona de Castilla, de la Corona de Aragón y del Reino de Navarra al Final de la Edad Media

Durante la Baja Edad Media, se produjo una creciente tensión en los diversos reinos peninsulares entre la tendencia a un creciente autoritarismo por parte de la monarquía y el deseo de la nobleza de proteger sus privilegios, lo que con frecuencia derivó en violencia e incluso guerras civiles. Como consecuencia, se produjo una evolución política distinta.

Corona de Castilla

En la Corona de Castilla el rey poseía el máximo poder, basado en el derecho romano. Tras la fusión de las Cortes de Castilla y León nacieron dos instituciones:

  • El Consejo Real, heredero de la antigua Curia Real, integrado por legistas que asesoraban al rey.
  • La Audiencia, órgano supremo de justicia, únicamente supeditada al rey.

En el ámbito local fue muy importante la figura del corregidor, que controlaba el municipio en nombre de la monarquía.

Corona de Aragón

En la Corona de Aragón estaba constituida por Aragón, Cataluña y desde 1238, Valencia, cuya cabeza era un rey común, pero cada uno mantuvo sus leyes y sus propias Cortes. En los distintos reinos el rey estaba representado por un virrey. Se crearon las Diputaciones, comisión que controlaba la recaudación de los subsidios que las Cortes concedían al monarca y que una vez concluida su labor se disolvía. Con el tiempo se transformaron en Diputaciones permanentes que progresivamente, sobre todo en Cataluña, se convirtieron en organismos limitadores de la autoridad real y defensores de los privilegios de cada territorio. Para administrar justicia en el reino de Aragón estaba el Justicia, cargo desempeñado por un noble designado por las Cortes. Su función principal era la defensa de los fueros de Aragón contra pretensiones autoritarias del rey.

Reino de Navarra

En Navarra, los destinos de este pequeño reino pirenaico estuvieron ligados a Francia desde el siglo XIII, a través del control directo por la monarquía capeta o de dinastías de origen francés. Para evitar la tendencia al autoritarismo creciente, la nobleza impulsó la redacción del Fuero General de Navarra en el siglo XIV, en el que se recogieron las tradiciones y fueros del reino, lo que no impidió las luchas entre bandos nobiliarios (agramonteses y beamonteses) ni la creciente injerencia castellana y aragonesa.

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