Regulaciones y Costos del Transporte de Mercancías: ADR, ATP y Cálculo de Tarifas

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ADR: Transporte de Mercancías Peligrosas

La legislación es cada vez más estricta con la gestión de residuos y mercancías peligrosas. El delito ecológico es imputable tanto a personas físicas como a empresas que no respeten sus obligaciones de seguridad con otras personas y el medio ambiente.

Por ello, cumplir con la regulación del embalaje, transporte y documentación en el transporte terrestre, incluyendo la carga, descarga y almacenaje en trayectos nacionales e internacionales, es esencial.

El transporte de mercancías peligrosas está sujeto al Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR), que establece los protocolos, medidas y obligaciones para las empresas involucradas.

Requisito Clave: El Consejero de Seguridad ADR

Para cumplir con la normativa del ADR, es un requisito indispensable contar con un Consejero de Seguridad. Este profesional debe poseer la titulación necesaria y estar acreditado ante las instituciones públicas competentes. Sus funciones incluyen:

  • Examinar el cumplimiento de la legislación vigente.
  • Redactar un informe anual de valoración sobre la gestión de mercancías peligrosas.
  • Asesorar a la empresa en todas las acciones relacionadas con el transporte de mercancías peligrosas, abarcando desde la documentación necesaria hasta las medidas de prevención y seguridad.

ATP: Transporte de Mercancías Perecederas

El Acuerdo sobre Transportes Internacionales de Mercancías Perecederas y sobre Vehículos Especiales utilizados en este transporte (ATP) se firmó con el objetivo de garantizar al consumidor final que los alimentos lleguen en condiciones higiénicas adecuadas. Esta reglamentación técnico-sanitaria establece cómo deben transportarse los alimentos perecederos, especifica los requisitos que deben cumplir los vehículos especiales utilizados para su transporte y define los procedimientos de control para asegurar su cumplimiento.

Definición de Mercancías Perecederas según ATP

Las mercancías perecederas son aquellas que requieren una regulación de temperatura específica para su transporte. El acuerdo ATP detalla cuáles son estas mercancías (por ejemplo, los platos preparados no están incluidos) y establece las temperaturas máximas permitidas. Por tanto, la temperatura de los productos deberá mantenerse en cualquier punto al valor indicado o inferior durante las fases de carga, transporte y descarga.

Este acuerdo establece las temperaturas específicas para cada tipo de mercancía perecedera (por ejemplo, para los pescados, -18º C) y el tipo de vehículo que debe utilizarse, entre los que se incluyen:

  • Vehículos isotérmicos
  • Vehículos refrigerados
  • Vehículos frigoríficos
  • Vehículos caloríficos

Cálculo de Tarifas de Transporte

Tarifa de Carga Completa

La tarifa para una carga completa se calcula mediante la siguiente fórmula:

TARIFA = (COSTE POR KILÓMETRO × NÚMERO DE KILÓMETROS) + BENEFICIO INDUSTRIAL (15%-20%) + IVA (21%)

Carga Fraccionada (Grupaje)

El cálculo de la tarifa para carga fraccionada o grupaje implica varios pasos:

  1. Cálculo del coste por kilómetro y tonelada: Se divide el coste kilométrico total del vehículo entre el número de toneladas de su carga útil.
  2. Cálculo del peso de la carga: El peso que se aplica para el cálculo es el mayor de los dos siguientes: el peso físico real de la carga o el peso volumétrico. El peso volumétrico se determina considerando el volumen de la carga y se calcula multiplicando las dimensiones del paquete por el cubicaje (expresado en kilogramos por metro cúbico). Este cubicaje es una medida estándar establecida por la empresa de grupaje y suele oscilar entre 150 y 200 kg/m³.
  3. Cálculo del coste por volumen: Se multiplica el coste kilométrico por tonelada por el peso calculado (el mayor entre el físico y el volumétrico).
  4. Cálculo de la tarifa final: Se suma el beneficio industrial y el IVA al coste por volumen obtenido.

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