Regulación y Tipología de Contratos de Trabajo: Características Esenciales y Periodo de Prueba
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El Contrato de Trabajo: Definición y Aspectos Generales
El contrato de trabajo es el acuerdo por el cual un trabajador se obliga a prestar un servicio determinado a cambio de una retribución.
La Forma del Contrato
El contrato puede ser oral o escrito, aunque cualquiera de las dos partes puede exigir que se formalice por escrito. Si no existe contrato por escrito, existe una presunción legal de que el contrato verbal es indefinido y a tiempo completo.
Contenido Mínimo del Contrato
El documento contractual debe incluir, al menos, los siguientes elementos:
- Lugar y fecha de la firma.
- Identificación de las dos partes (empleador y trabajador).
- Categoría profesional.
- Lugar de trabajo.
- Jornada y horario.
- Duración prevista.
- Retribución (salario).
- Duración de las vacaciones anuales.
- Convenio colectivo que regula este contrato.
Duración del Contrato
Los contratos pueden ser indefinidos o temporales.
El Periodo de Prueba
Es el periodo que pueden pactar el empresario y el trabajador para que ambas partes comprueben si la contratación es conveniente.
1. Pacto
- El periodo de prueba debe ser pactado expresamente en el contrato.
- No se puede pactar si el trabajador ya ha sido contratado antes por la empresa para el mismo puesto.
2. Duración
La duración máxima está reflejada en el convenio colectivo. Si el convenio no establece nada, se aplicarán las siguientes reglas:
- Trabajadores con título medio o superior: máximo de 6 meses.
- Resto de trabajadores: máximo de 2 meses.
- Si es un contrato temporal cuya duración es inferior a 6 meses: máximo de 1 mes.
- Si es un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores: máximo de 1 año.
3. Derechos y Extinción
- El trabajador tiene los mismos derechos que cualquier otro trabajador de la plantilla.
- Cualquiera de las partes puede dar por finalizado el contrato durante el periodo de prueba sin necesidad de preaviso y sin alegar motivo alguno.
Modalidades Contractuales Específicas
Contrato para la Formación y el Aprendizaje
Su objetivo es cualificar a un trabajador alternando el tiempo de trabajo retribuido con cursos de formación teórica.
1. Requisitos
- Edad: Generalmente, entre 16 y 25 años (o jóvenes entre 25 y 30 en ciertas condiciones). No habrá límite de edad cuando se trate de personas con discapacidad.
- Formación: El trabajador no debe poseer ninguna titulación de Formación Profesional (FP) o universitaria relacionada con el puesto.
- Experiencia: No puede haber trabajado antes en ese puesto por un periodo superior a 12 meses.
2. Duración
- Mínimo de 1 año y máximo de 3 años.
- Si la duración inicial es inferior a 3 años, se pueden realizar un máximo de 2 prórrogas.
- Finalizada la duración máxima, el trabajador no podrá ser contratado bajo esta modalidad para la misma actividad, pero sí para otra distinta.
3. Periodo de Formación
El tiempo se distribuye entre trabajo efectivo y formación teórica:
- Primer año: Máximo del 75% del tiempo dedicado a trabajo efectivo y mínimo del 25% a formación.
- Segundo y tercer año: Máximo del 85% del tiempo dedicado a trabajo efectivo y mínimo del 15% a formación.
4. Retribución
Se fijará en el convenio colectivo y no podrá ser inferior al 75% (primer año) u 85% (segundo y tercer año) del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en función del tiempo de trabajo efectivo.
Contrato en Prácticas
Tiene por objeto obtener una práctica profesional retribuida que facilite la aplicación de los conocimientos adquiridos con una titulación de FP o universitaria.
1. Requisitos
- Poseer un título de FP o universitario.
- El contrato debe realizarse dentro de los 5 años siguientes a la terminación de los estudios (o 7 años si el trabajador tiene discapacidad).
2. Duración y Periodo de Prueba
- Duración: Mínimo de 2 meses y máximo de 2 años.
- Prórrogas: Si la duración inicial es inferior a 2 años, puede haber 2 prórrogas de un mínimo de 6 meses hasta alcanzar la duración máxima.
- Periodo de prueba: 1 mes para títulos de grado medio y 2 meses para títulos de grado superior.
3. Retribución
Será la pactada en convenio o contrato, sin que pueda ser inferior:
- El primer año: al 60% del salario de un trabajador de la misma categoría.
- El segundo año: al 75% del salario de un trabajador de la misma categoría.
Contratos Temporales o Eventuales
1. Objeto
Realizar una obra o servicio concreto limitado en el tiempo.
2. Duración
Hasta la finalización de la obra o servicio, con un máximo legal de 3 años.
3. Indemnización
Al finalizar el contrato, se pagará una indemnización de 12 días de salario por cada año trabajado.
Contratos a Tiempo Parcial
Aquel que tiene por objeto realizar una prestación en un número de horas al día, semana, mes o año inferior a las que realiza un trabajador comparable a tiempo completo según el convenio.
Características de las Horas Complementarias
- Deben pactarse por escrito.
- Solo pueden pactarse con trabajadores cuya jornada anual no sea inferior a 10 horas a la semana, tanto si son indefinidos como temporales.
Contrato Fijo Discontinuo
Es un contrato que alterna periodos de trabajo y de no trabajo en una actividad que se repite de forma cíclica a lo largo de los años, y de la que se conoce la fecha cierta de volver al trabajo (o al menos la periodicidad).
Contrato Indefinido
Es un contrato que puede realizar cualquier empresa con cualquier tipo de trabajador, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial.
Características
- Puede ser de tiempo completo o tiempo parcial.
- El periodo de prueba máximo es de 1 año (en el caso específico del contrato indefinido de apoyo a emprendedores, según se mencionó anteriormente).