Regulación Jurídica del Espacio Ultraterrestre: Principios y Tratados Fundamentales

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I. Principios Fundamentales del Derecho Espacial

A partir de 1963, la **Asamblea General de Naciones Unidas** planteó la necesidad de elaborar **tratados** (ya que las resoluciones no son obligatorias) para regular las actividades en el espacio. Estos instrumentos se basaron en ocho principios clave, derivados de la Resolución 1962 (XVII) de 1962:

  1. También habrá **responsabilidad** sobre el Estado de lanzamiento cuando se produzcan daños.
  2. Asegurar el mantenimiento de la **paz y la seguridad internacionales** basadas en un sistema de cooperación internacional.
  3. Que todo esto debería realizarse en **beneficio de toda la humanidad** y que, por tanto, los astronautas son considerados *enviados de la humanidad* en el espacio ultraterrestre.

II. La Transición a los Tratados Internacionales

Se elaboraron cinco instrumentos jurídicos internacionales que recogen y desarrollan estos principios:

1. Tratado sobre los Principios del Espacio Ultraterrestre (1967)

1º. Tratado del Espacio Exterior (1967)

Se denomina *Tratado sobre los principios que deben regir la exploración y la utilización del **Espacio Ultraterrestre** (EU), incluidos la Luna y otros cuerpos celestes*. Este tratado, conocido como el **Tratado del Espacio**, incorpora todos los principios de la Resolución 1962. Fue firmado en 1967 en tres capitales para darle mayor vigor (**Londres, Washington y Moscú**). Establece que **ningún cuerpo celeste ni la Luna pueden ser objeto de apropiación nacional** por ningún Estado.

2. Convenios Específicos

2º. Convenio sobre Salvamento y Devolución de Astronautas (1968)

Convenio sobre salvamento y devolución de astronautas y restitución de objetos lanzados al EU, aprobado en 1968.

3º. Convenio sobre Responsabilidad (1972)

Convenio sobre **responsabilidad internacional** por daños causados por actividades espaciales, aprobado en 1972.

4º. Convenio sobre Registro (1976)

Convenio sobre registro de objetos lanzados al espacio (1976). Regula los objetos que han sido registrados, lo cual es crucial porque permite determinar exactamente **quién es el Estado responsable** del lanzamiento del objeto.

5º. Acuerdo de la Luna (1979)

Acuerdo que debe regir las actividades de los Estados en la Luna y otros cuerpos celestes (1979). Su principal problema radica en que establece que **la Luna y sus recursos naturales son patrimonio común de la humanidad**. Por esta razón, potencias clave (como la URSS y EE. UU.) no lo han firmado ni ratificado. Sin embargo, entró en vigor.

3. Organismos Reguladores

Comisión sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre (COPUOS)

En 1959 se creó la Comisión sobre la Utilización del EU con Fines Pacíficos (**COPUOS**). Esta comisión tiene dos subcomisiones: una **Jurídica** y otra de Asuntos **Técnicos y Científicos**.

III. Aspectos Regulatorios y Controversias

La Órbita Geoestacionaria y la Declaración de Bogotá

Existe una órbita que pasa por la línea ecuatorial, conocida como **órbita geoestacionaria**. Es un **recurso natural limitado** porque los satélites colocados en ella giran de manera geoestacionaria, sincronizados con la rotación de la Tierra.

Debido a su carácter limitado, los Estados ecuatoriales (aquellos situados sobre la línea del ecuador) emitieron la **Declaración de Bogotá** (1976), un acto que buscaba la apropiación de la porción de la órbita geoestacionaria que se encontraba sobre su territorio. Esta declaración, firmada por Ecuador, Brasil, Colombia, Congo, Indonesia, Kenia, Uganda y Zaire, fue considerada **ilegal** por la comunidad internacional, ya que contradecía los principios del Tratado del Espacio de 1967.

Estaciones Espaciales y Jurisdicción

Siguiendo el ejemplo de la estación *Mir*, se ha colocado en una órbita media la **Estación Espacial Internacional (ISS)**. La ISS, que alberga típicamente a 6 astronautas, busca la alianza con la Agencia Espacial Europea (ESA) y establece programas conjuntos, como la investigación de microgravedad.

La ESA ha aportado el laboratorio *Columbus*, integrado en la estructura principal de la ISS. Dado que cada módulo pertenece a un país diferente, la regla de jurisdicción establece que, en el módulo en el que se encuentre, el astronauta estará, a efectos legales, en **territorio de ese país**.

Telecomunicaciones Satelitales

El desarrollo de las **telecomunicaciones** modernas depende fundamentalmente del medio satelital, mediante la colocación de satélites en diversas órbitas terrestres, incluida la geoestacionaria.

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