Regulación Europea de la SST: Desarrollo y Principios Clave en Seguridad y Salud Laboral
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La Política Comunitaria en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST)
A. Derecho Originario
El derecho originario es el conjunto de normas que dieron origen a la Comunidad Europea. Está formado por tres tratados constitutivos y fundacionales de la Comunidad: el Tratado de la CEE, el Tratado de la CECA y el Tratado de la EURATOM. En ellos, la materia de SST aparece como un punto de interés no sustancial, con formulaciones muy genéricas y limitadas.
En el Tratado Constitutivo de la CEE, se hacía referencia a la necesidad de promover la mejora de las condiciones de vida y trabajo de los trabajadores para conseguir la mejora de la seguridad y salud en el trabajo y su promoción.
B. Derecho Derivado
El derecho derivado se manifiesta principalmente en cuatro tipos de normas, destacando especialmente los reglamentos y las directivas.
1. Programas de Acción
Con los programas de acción, comenzaron a vislumbrarse y mencionarse los problemas en el ámbito de la SST. Aunque carecen de eficacia jurídica vinculante, son muy eficaces al reflejar los objetivos perseguidos por la Comunidad en esta materia. Se implementaron varios programas de acción:
- Primer Programa de Acción (1978)
- Segundo Programa de Acción (1984)
- Tercer Programa de Acción (1988)
- Cuarto Programa de Acción (1994-2000)
2. Estrategias en SST
Los programas de acción evolucionaron hacia estrategias más definidas. Entre las estrategias más relevantes, podemos destacar:
- Nueva Estrategia en SST (2002-2006)
- Estrategia en SST (2007-2012)
- Estrategia Actual en SST (2014-2020)
Sus líneas maestras son:
- Mejorar la aplicación de las normas de seguridad ya existentes.
- Ayudar especialmente a las pequeñas y microempresas para garantizar planes de prevención (PRE).
- Atender los nuevos desafíos derivados de las nuevas tecnologías, los nanomateriales y el envejecimiento de la fuerza laboral.
3. Directivas Comunitarias en SST
Buscan la mejora del medio ambiente de trabajo y la protección de la seguridad y salud de los trabajadores a través de disposiciones mínimas que deben aplicarse progresivamente en todos los Estados miembros. Podemos distinguir dos etapas principales:
- Primera etapa: Caracterizada por un enfoque más tibio. Se adoptan directivas que no abordan de raíz el problema de la seguridad y salud en el trabajo.
- Segunda etapa: El problema se percibe como una cuestión fundamental. Destaca la Directiva 89/391/CEE (conocida como la Directiva Marco), un texto plenamente jurídico, a diferencia de la mayoría de actuaciones previas.
Características Generales de la Directiva Marco
- Se pasa de una óptica de los riesgos relativistas a una más globalizada.
- Es una norma general y de principios.
- Supone un importante cambio (a mayor) en el campo de aplicación de la norma (tanto objetivo como subjetivo):
- Todos los riesgos.
- Todos los sectores de actividad.
- Empresas grandes y pequeñas.
- Se centra en la prevención, realzando el papel de instrumentos clave como la formación, la información, la consulta y la participación equilibrada.
- Posee un carácter preventivo, enfatizando:
- Prevenir los riesgos en su origen.
- La centralidad del deber de seguridad del empresario.
- Es una norma de mínimos para las legislaciones de los Estados Miembros (EM) y para las disposiciones de desarrollo.
Directivas Específicas
En total, existen 16 directivas específicas que desarrollan los principios de la Directiva Marco.