Regulación y Estructura del Sector Asegurador: Entidades Clave y Fundamentos del Contrato de Póliza
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Las Entidades de Seguros
1. Organización del Sector Asegurador
El Gobierno controla el sistema financiero del país. En el área de seguros, el organismo que supervisa todo es la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). Bajo su control están:
- Las aseguradoras.
- Los mediadores.
- El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).
- CESCE.
- Las gestoras de fondos de pensiones.
2. Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP)
Es el organismo que vigila y controla a las aseguradoras y gestoras de fondos de pensiones. Sus funciones principales son:
- Controlar que las aseguradoras cumplan los requisitos para operar.
- Autorizar operaciones importantes como fusiones.
- Proteger a los asegurados atendiendo reclamaciones.
- Controlar a los mediadores.
- Participar en organismos internacionales como la IAIS.
3. Entidades Aseguradoras
Son empresas privadas que indemnizan daños a cambio de una prima. Para funcionar necesitan autorización y registro en la DGSFP. Las formas jurídicas principales son:
- La Sociedad Anónima.
- Las Mutuas.
- Las Mutualidades de Previsión Social.
4. Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)
Es un organismo público que cubre riesgos extraordinarios como inundaciones graves, terremotos o terrorismo. También ofrece el seguro obligatorio de autos cuando las aseguradoras privadas no aceptan un vehículo y paga daños cuando el coche responsable no tiene seguro o es robado. Además, actúa como liquidador cuando una aseguradora quiebra y cubre otros riesgos especiales como los agrarios o los de contaminación.
5. CESCE
Es la agencia española que cubre riesgos de exportación para empresas que venden en otros países.
6. Mediadores de Seguros
Son profesionales que ayudan a unir a los clientes con las aseguradoras. Pueden ser:
- Agentes: Representan a una aseguradora.
- Corredores: Representan al cliente y buscan la mejor oferta entre varias aseguradoras.
7. Organización Interna de las Aseguradoras
Las aseguradoras suelen tener departamentos de suscripción, ventas y marketing, finanzas, siniestros y atención al cliente. Sus canales de venta incluyen agentes, corredores, bancaseguros, ventas directas y plataformas digitales.
El Contrato de Seguro
1. Definición del Contrato de Seguro
Es un acuerdo en el que la aseguradora, a cambio de una prima, se compromete a pagar una indemnización si ocurre un riesgo cubierto. Se formaliza en un documento llamado póliza.
1.1. Características del Contrato
El contrato de seguro se caracteriza por ser:
- Escrito: Requiere formalización documental.
- Consensual: Requiere el acuerdo de ambas partes.
- Bilateral: Ambas partes tienen obligaciones.
- Aleatorio: No se sabe si habrá siniestro.
- Oneroso: Implica el pago de dinero (la prima).
- De Adhesión: Las condiciones son fijadas por la aseguradora.
- Basado en la Buena Fe: Requiere honestidad en la declaración del riesgo.
2. Elementos del Contrato
El contrato tiene elementos personales, materiales y formales.
2.1. Elementos Personales
- Asegurador: La empresa que paga la indemnización.
- Asegurado: Quien está expuesto al riesgo.
- Tomador: Quien firma el contrato y paga la prima.
- Beneficiario: Quien recibe la indemnización.
- Perjudicado: Quien sufre el daño en los seguros de responsabilidad civil.
- Mediador: Ayuda a contratar el seguro.
2.2. Elementos Materiales
- Prima: Lo que paga el tomador.
- Riesgo: Lo que puede suceder y causar un daño.
- Suma Asegurada: La cantidad máxima que se pagará.
- Valor del Interés: El valor del bien antes del siniestro.
- Indemnización: El pago que realiza la aseguradora cuando ocurre un siniestro.
Existen dos tipos de seguros según el pago:
- Seguros de indemnización, que pagan el valor real del daño.
- Seguros de sumas, que pagan una cantidad fijada previamente.
2.3. Elementos Formales
- Solicitud: Recoge los datos iniciales.
- Cuestionario: Incluye preguntas sobre el riesgo.
- Propuesta: Es la oferta de la aseguradora, válida como mínimo 15 días.
- Póliza: Es el contrato definitivo.
- Boletín de Adhesión: Se usa en seguros de grupo.
3. La Póliza de Seguro
La póliza contiene las condiciones generales, particulares y especiales, además de los apéndices y suplementos que añaden cambios. Su duración máxima es de 10 años y se renueva automáticamente si no se avisa. El tomador debe avisar con un mes de antelación y el asegurador con dos.
Las pólizas pueden clasificarse según su naturaleza:
- Según el titular: Nominativas, a la orden o al portador.
- Según la cobertura: Individuales o colectivas.
- Según la estructura: Simples, combinadas o flotantes.