Regulación y Estructura del Contrato de Trabajo: Elementos Esenciales y Jornada Laboral
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1. Concepto y Caracteres del Contrato de Trabajo
El contrato de trabajo es la base del Derecho Laboral y se define como el acuerdo por el cual una persona (el trabajador) se compromete a prestar servicios voluntarios, retribuidos y por cuenta ajena, bajo la dirección del empresario.
Características Esenciales
- Voluntariedad: El trabajo no puede imponerse por la fuerza.
- Carácter personal: Solo el trabajador contratado puede realizar la tarea.
- Dependencia: El empresario organiza y controla la actividad.
- Ajenidad: Los resultados y riesgos pertenecen al empresario.
- Retribución: El trabajador recibe un salario a cambio de su trabajo.
2. Elementos Subjetivos: Trabajador y Empresario
El Trabajador
Es la persona física que presta servicios retribuidos por cuenta ajena y bajo la dirección del empresario (art. 1 del Estatuto de los Trabajadores - ET).
Capacidad para ser Trabajador
- Mayores de 18 años.
- Mayores de 16 y menores de 18, con autorización paterna o tutelar.
- Personas con capacidad limitada, si su representante legal lo permite.
- Extranjeros, conforme a la normativa de extranjería.
Relaciones Laborales Especiales (Art. 2 ET)
El Estatuto de los Trabajadores contempla relaciones laborales especiales, incluyendo: alta dirección, servicio doméstico, deportistas, artistas, penados, personas con discapacidad en centros especiales de empleo, cooperantes, profesores de religión, médicos residentes y abogados, entre otros.
El Empresario
Es la persona física, jurídica o comunidad de bienes que recibe la prestación de servicios (art. 1.2 ET).
3. Elementos Objetivos del Contrato: Trabajo y Salario
3.1. El Trabajo
La prestación debe ser lícita, posible, determinada y retribuida, desarrollada dentro de la organización del empresario.
Periodo de Prueba
- Es opcional y debe constar por escrito.
- Máximo: 6 meses (técnicos titulados) o 2 meses (resto de trabajadores).
- Puede resolverse sin causa ni preaviso, pero cuenta para la antigüedad.
Duración del Contrato
La regla general es el contrato indefinido. Puede ser temporal solo por causas justificadas (producción o sustitución).
3.2. Jornada Laboral y Descansos
La jornada laboral es el tiempo de trabajo efectivo.
- Máximo de 40 horas semanales de promedio anual.
- El empresario puede distribuir hasta un 10 % de la jornada de forma irregular.
- Es obligatorio el registro de jornada (inicio y fin de trabajo).
- Se reconoce el derecho a adaptar el horario para conciliar vida familiar y laboral.
Tiempos de Descanso Obligatorios
- Entre jornadas: 12 horas.
- Durante la jornada: 15 minutos si supera 6 horas continuas.
- Descanso semanal: Día y medio ininterrumpido (normalmente sábado tarde o domingo).
3.3. Regímenes Especiales y Ausencias
Trabajo Nocturno
Se realiza entre las 22:00 y 6:00 horas. Conlleva un plus de nocturnidad y derecho a revisión médica gratuita.
Horas Extraordinarias
Son voluntarias (salvo pacto). Tienen un máximo de 80 anuales y son compensables con dinero o descanso.
Vacaciones
Mínimo de 30 días naturales al año, son retribuidas y no sustituibles por dinero (salvo al finalizar el contrato).
Permisos Retribuidos
Se conceden por causas específicas:
- Matrimonio (15 días).
- Enfermedad o accidente grave de familiares (5 días).
- Fallecimiento (2 o 4 días con desplazamiento).
- Mudanza (1 día).
- Deber público, exámenes prenatales, nacimiento, lactancia o guarda legal, entre otros.
Permiso Parental
Hasta 8 semanas no retribuidas para el cuidado de hijos menores de 8 años.
Fiestas Laborales
Son 14 al año (incluyendo 2 locales), retribuidas y no recuperables.