Reglas y quórums de la sociedad anónima en México: comisarios, asambleas y administración
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Aspectos clave sobre la organización y funcionamiento de la sociedad anónima
Preguntas y respuestas corregidas
1.- La vigilancia de la sociedad anónima estará a cargo de: Uno o varios comisarios.
2.- Las actas de las asambleas generales de accionistas deberán ser firmadas por: Por todos los anteriores.
3.- La asamblea general de accionistas de una sociedad anónima deberá reunirse en domicilio social, salvo que: Caso fortuito o fuerza mayor.
3.- Para que las resoluciones del consejo de administración de una sociedad anónima sean válidas, deberán ser tomadas, por lo menos por: Mayoría de los presentes.
4.- El quórum de asistencia de una asamblea general extraordinaria es de: Tres cuartas partes del capital social.
5.- Los accionistas que representen el 25% de las acciones de una sociedad anónima podrán oponerse judicialmente a las resoluciones de las asambleas generales, siempre que: Tanto la a como la b son correctas.
6.- La persona que conduce la etapa de quiebra en un proceso de concurso mercantil se denomina: Síndico.
7.- La convocatoria para las asambleas generales deberá hacerse por medio de: La publicación del aviso en el sistema electrónico establecido por la Secretaría de Economía.
8.- Para que el consejo de administración de una sociedad anónima funcione legalmente deberá asistir, por lo menos: La mitad de sus miembros.
9.- No es competencia de las asambleas extraordinarias: Cambio de socios o transmisión de acciones.
10.- El quórum de asistencia de la asamblea general ordinaria es de: La mitad del capital social.
11.- Órgano de administración de la sociedad anónima conformado por dos o más administradores: Consejo de administración.
12.- El informe anual que deberán rendir los administradores a la asamblea general de accionistas, al que se refiere el artículo 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, NO deberá contener: Un estado que muestre debidamente explicados y clasificados los resultados de la sociedad durante los últimos 5 ejercicios.
13.- No podrán inscribirse en el registro público del comercio los nombramientos de los administradores y gerentes de una sociedad anónima, sin que se compruebe que han prestado garantía: Cuando los estatutos o la asamblea general de accionistas exijan dicha garantía.
14.- La asamblea general ordinaria de la sociedad anónima se reunirá al menos: Una vez al año, dentro de los primeros 4 meses del año.
15.- Salvo pacto en contrario, quien presidirá el consejo de administración de una sociedad anónima: El primero de los nombrados.
16.- El administrador de la sociedad anónima que, en cualquiera operación, tenga un interés opuesto al de la sociedad deberá: a) Manifestarlo a los demás administradores. b) Abstenerse de toda deliberación y resolución. c) Tanto a como b son correctas.
17.- Tendrá derecho a nombrar un integrante del consejo de administración el accionista de una sociedad anónima que: Tenga al menos 25% de las acciones.
18.- El quórum de asistencia de una asamblea general ordinaria, en segunda convocatoria, es de: Cualquiera que sea el número de acciones representadas.
19.- Los administradores de una sociedad anónima son solidariamente responsables para con la sociedad: De la existencia y mantenimiento de los sistemas de contabilidad, control, registro, archivo o información que previene la ley.
Notas
Se han respetado el orden y el contenido original de cada punto, corrigiendo ortografía, tildes, mayúsculas y puntuación para mayor claridad y coherencia. Los términos legales se han normalizado (por ejemplo, "Ley General de Sociedades Mercantiles", "registro público del comercio", "síndico").