Registro Mercantil: Funciones, Organización y Publicidad

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Registro Mercantil

Concepto y Funciones

El Registro Mercantil es un registro público que tiene como objetivo hacer accesible al público la información del tráfico mercantil. Su origen se remonta a los gremios y corporaciones de la Edad Media.

Sus funciones principales son:

  • Efectos internos: Facilitar el conocimiento de los comerciantes entre sí.
  • Efectos externos: Informar a terceros sobre la situación de los empresarios y sus actos.

Estas funciones se regulan en el Código de Comercio y el Real Decreto 1784/1996.

Sujetos y Actos Inscribibles

El Registro Mercantil inscribe tanto a personas (empresarios) como a los actos que estas realizan. La ley establece un listado cerrado (numerus clausus) de sujetos y actos inscribibles, garantizando la seguridad del tráfico mercantil y la protección de terceros.

Sujetos inscribibles:

  • Empresarios individuales (inscripción facultativa).
  • Empresarios sociales (inscripción obligatoria).
  • Otras organizaciones determinadas por la ley.

Los empresarios individuales no inscritos no podrán inscribir documentos en el Registro Mercantil ni beneficiarse de sus efectos legales.

Obligaciones de identificación:

Los empresarios sociales y otras organizaciones deben hacer constar su domicilio y datos de identificación en:

  • Documentos relacionados con la empresa.
  • Correspondencia.
  • Notas de pedido y facturas.

Las sociedades mercantiles también deben indicar su forma jurídica y estado de liquidación. El incumplimiento de estas obligaciones conlleva sanciones.

Organización

El Registro Mercantil se divide en dos niveles:

Registros Mercantiles Territoriales

Están a cargo de los registradores de la propiedad y mercantiles, ubicados en las capitales de provincia, Ceuta, Melilla y algunas islas.

Funciones:

  • Inscripción de empresarios y organizaciones.
  • Nombramiento de auditores de cuentas.
  • Depósito y publicación de cuentas anuales.
  • Legalización de libros contables.

Calificación registral: Los registradores examinan los documentos para verificar su legalidad, legitimidad y validez.

Eficacia de la inscripción:

  • Constitutiva: La existencia del acto depende de su inscripción.
  • Declarativa: El acto existe y produce efectos independientemente de la inscripción.

El contenido del registro se presume exacto y válido.

Registro Mercantil Central

Ubicado en Madrid, tiene carácter informativo y centralizador.

Funciones:

  • Inscripción de sociedades que trasladan su domicilio al extranjero.
  • Tratamiento y publicidad de datos recibidos de los registros territoriales.
  • Archivo y publicidad de denominaciones sociales.
  • Comunicación a la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas.

Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME)

Se publica diariamente (excepto sábados, domingos y festivos) por el Registro Mercantil Central.

Secciones:

  • Empresarios: Actos inscritos y publicados en el Registro Mercantil.
  • Anuncios y avisos legales: Anuncios dirigidos a sujetos y organizaciones inscritas.

Publicidad

El Registro Mercantil se basa en dos principios de publicidad:

  • Formal: El registro es público y accesible a cualquier persona.
  • Material: Los actos inscritos son oponibles a terceros desde su publicación en el BORME (efecto positivo). La falta de inscripción impide oponer el acto a terceros (efecto negativo).

Representación

La representación permite que los actos de una persona se imputen a otra. Existen tres tipos:

  • Voluntaria: Basada en la voluntad del representado.
  • Legal: Impuesta por la ley para suplir la falta de capacidad de obrar.
  • Orgánica: Permite a las sociedades manifestar su voluntad y actuar a través de sus órganos.

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