Regímenes Laborales y Fiscales: Impacto en Prestaciones y Seguridad Social

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Aspectos Clave de la Seguridad Social y Prestaciones Laborales

Accidentes y Enfermedades: Implicaciones para el Patrón y el Trabajador

Los accidentes de trayecto no afectan directamente la prima de riesgo del patrón, ya que son cubiertos en su totalidad por el Seguro Social. Sin embargo, si el accidente ocurre durante las horas de trabajo, sí impacta la prima de riesgo del patrón.

En caso de enfermedad general o no derivada del trabajo, el Seguro Social cubre el 60% del salario a partir del cuarto día de incapacidad. Los primeros tres días de incapacidad no son cubiertos por el Seguro Social.

Cuando una condición se califica como enfermedad de trabajo o riesgo de trabajo, el Seguro Social cubre el 100% del salario desde el primer día de incapacidad.

Conceptos Relevantes en la Relación Laboral y su Tratamiento Fiscal/Seguridad Social

Cuota Obrera Pagada por el Patrón al IMSS

La cuota obrera pagada por el patrón al IMSS no se considera una contraprestación por los servicios del trabajador. Por lo tanto, no forma parte del Salario Base de Cotización (SBC), siempre que el trabajador perciba el salario mínimo.

Reembolso de Gastos Funerarios

Los reembolsos de gastos funerarios, cuando son concedidos de manera general y conforme a las leyes, contratos de trabajo o un plan de previsión social, no gravan para el Impuesto Sobre la Renta (ISR) para el trabajador que los recibe. Para el patrón, estos gastos son deducibles siempre que cumplan con los requisitos de generalidad y previsión social establecidos en la ley.

Gastos de Representación y Viáticos

Los viáticos no integran al SBC. Para que sean deducibles para la empresa, deben ser incluidos en el comprobante de nómina del trabajador, especificando que el monto corresponde a viáticos y cumpliendo con los requisitos fiscales de comprobación.

Fondo de Ahorro

Si el trabajador decide ahorrar, la empresa puede aportar una cantidad igual a la que el trabajador ahorre. El monto exento para ISR en el fondo de ahorro es hasta el 13% del salario del trabajador. Este fondo debe estar constituido en cuentas especiales autorizadas por el gobierno. Se pueden realizar préstamos del fondo una vez al año o más, si el préstamo anterior ha sido liquidado, con una tasa de interés.

Reglamento Interior de Trabajo

El Reglamento Interior de Trabajo establece las normas y condiciones bajo las cuales se desarrollará la labor dentro de la empresa. Es fundamental que este reglamento no contravenga lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ni en la Ley Federal del Trabajo.

Seguros de Gastos Médicos o de Vida

La indemnización cubierta por una aseguradora al trabajador o a sus beneficiarios, proveniente de seguros de gastos médicos o de vida, representa un ingreso exento de ISR para ellos.

Habitación en Especie

  • Habitación en especie gratuita: Se proporciona al trabajador, por ejemplo, en caso de cambio de residencia. Para efectos del Seguro Social, si la habitación se otorga de forma gratuita, se incrementa el Salario Base de Cotización (SBC) en un 25%. Por esta razón, es común que se realice un descuento al trabajador para evitar esta integración total al SBC. (Integra al SBC, pero puede ser exenta de ISR bajo ciertas condiciones de previsión social).
  • Habitación en especie onerosa: Puede excluirse del SBC siempre que el trabajador pague diariamente como mínimo el equivalente al 20% del Salario Mínimo General (SMG) vigente en la zona geográfica.

Servicio de Comedor y Comida

  • Servicio de comedor y comida gratuito:
    • Si se brindan los tres alimentos (desayuno, comida y cena), el SBC se incrementará en un 25%.
    • Si se proporciona uno o dos alimentos, el SBC se elevará en un 8.33% por cada alimento.
    • (Estos beneficios integran al SBC, pero pueden ser exentos de ISR si cumplen con los requisitos de previsión social).
  • Servicio de comedor y comida oneroso: La Ley del Seguro Social (LSS) no lo considera como parte del SBC siempre que el trabajador cubra por lo menos un equivalente al 20% del Salario Mínimo General (SMG) vigente en la zona geográfica.

Pagos por Terminación de la Relación Laboral

Conceptos como la prima de antigüedad, pagos por retiro, indemnizaciones y otros de naturaleza análoga, gravan parcialmente para ISR.

Jubilaciones, Pensiones y Haberes de Retiro

Las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro u otras formas de retiro están exentas de ISR por un monto diario que no exceda del equivalente a 15 Salarios Mínimos Generales (SMG) del área geográfica del trabajador. El excedente de este monto sí grava para ISR.

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