Régimen de Sanciones y Rescisión en Contratos de Obra Civil
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Sanciones Contractuales
El Comitente podrá imponer multas en dinero por incumplimientos ocurridos en la ejecución de los trabajos o por no respetar las disposiciones contractuales. Estas multas serán cuantificadas como un porcentaje del monto del contrato o en un monto estimado en el caso de contratos por unidad de medida.
Aplicación de Multas
- Por mora en el cumplimiento del plazo de obra: 0,5% por cada día de atraso.
- Por incumplimiento de plazos parciales de obra o servicio: 0,1% (uno por mil) por cada vez.
- Por incumplimiento de plazos parciales (generales): 0,25% por cada día de atraso.
Límite y Ejecución de Multas
- En ningún caso el monto total de las multas podrá superar el 10% del monto del contrato. En caso de que así suceda, el Comitente podrá optar por rescindir el contrato.
- El importe de las multas será descontado del primer certificado que se extienda después de aplicada la sanción.
- A criterio del Comitente, y si así se estipulara en la contrata, el importe de las multas podrá reintegrarse en caso de que se cumpla el plazo de obra, con la aprobación de la Dirección de Obra.
Rescisión de Contrato
A) Resolución de Divergencias
Como primer paso, las divergencias que existan serán dirimidas por el Director de Obra, quien actuará con imparcialidad entre las partes.
B) Causales de Rescisión por el Comitente
El Comitente tendrá derecho a rescindir el contrato si ocurre lo siguiente:
- Cuando el Contratista viole las estipulaciones contractuales.
- Cuando el monto de las multas alcance el 10% del contrato.
- Por abandono de la obra en 10 días corridos o 15 días alternados.
- Cuando el ritmo de la obra observado haga imposible el cumplimiento del plazo contractual.
En caso de rescisión, se establece que los trabajos terminados en condiciones de ser recibidos, a criterio de la Dirección de Obra, serán liquidados con el grado de avance y los precios contractuales correspondientes.
C) Causales de Rescisión por el Contratista
El Contratista tendrá derecho a rescindir el contrato cuando ocurra lo siguiente:
- El Comitente ordene una disminución del ritmo de obra mayor al 30% durante más de 2 meses consecutivos o alternados.
- Incumplimiento de pago por parte del Comitente que no hubiese subsanado dentro de los 5 días de reclamo.
Planos Complementarios
La Dirección de Obra podrá suministrar planos complementarios a la documentación contractual. Cualquier inconveniente con esta documentación deberá comunicarse a la Dirección de Obra dentro de los 5 días hábiles de recibida.
Documentación Conforme a Obra (As-Built)
Los planos conforme a obra (As-Built), tanto de arquitectura como de instalaciones, deberán ser ejecutados y entregados por el Contratista Principal, respondiendo en un todo a la obra ejecutada, dentro de los 30 días de la recepción provisoria.
Asimismo, el Contratista deberá entregar todos los planos de instalaciones, a efecto de verificar su buen funcionamiento, 15 días antes de la recepción provisoria, y la documentación final (As-Built) en el plazo de 30 días posterior a dicha recepción.
Rol del Contratista: Constructor e Instalador
El Contratista actuará en carácter de constructor e instalador de los trabajos a su cargo, con todas las obligaciones y responsabilidades que tal condición impone. Se hará cargo como calculista y ejecutor estructural, debiendo asumir la responsabilidad de los expedientes que correspondan a su representante técnico.
Cargos Financieros y Tramitación
- Los pagos de derechos, impuestos y gravámenes que deban percibir los entes municipales, provinciales o nacionales con jurisdicción sobre la obra, serán a cargo del Comitente.
- Toda tramitación, gestión y preparación de la documentación requerida por dichos entes será responsabilidad del Contratista.