Régimen de Responsabilidad Penal Adolescente en Chile: Alcance y Sanciones de la Ley 20.084
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¿En qué consiste la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (Ley 20.084)?
La Ley 20.084 establece un sistema de responsabilidad penal para los adolescentes entre 14 y 17 años que infringen la ley. Su principal objetivo es la reinserción social a través de programas especializados.
Derechos y Garantías del Adolescente
Para profundizar en el conocimiento de la Ley 20.084, puede consultar la información disponible en la Biblioteca del Congreso Nacional.
Todos los adolescentes entre 14 y 17 años sujetos a responsabilidad penal gozan de importantes garantías:
- Derecho a defensa gratuita y especializada.
- En caso de ser condenados a sanciones privativas de libertad, no serán derivados a recintos carcelarios adultos, sino a centros especiales para adolescentes.
- Acceso a un conjunto de garantías, como educación y programas de rehabilitación (antidrogas y alcohol).
La defensa gratuita y especializada es proporcionada por la Defensoría Penal Pública.
Características Principales del Sistema
El sistema de responsabilidad penal adolescente se caracteriza por:
- Establecer procedimientos, fiscales y defensores especializados.
- Establecer programas de reinserción.
- Fijar la responsabilidad penal desde los 14 años, distinguiendo dos segmentos etarios: 14 a 16 años y 16 a 17 años.
- Establecer un amplio catálogo de sanciones, diferenciando entre penas privativas de libertad y penas no privativas de libertad.
- Reservar las penas privativas de libertad para los delitos más graves.
Catálogo de Sanciones
Sanciones No Privativas de Libertad
- Libertad Asistida y Libertad Asistida Especial: El adolescente es orientado, controlado y motivado por un delegado para procurar su acceso a programas y servicios necesarios para la reinserción. La duración de esta sanción no podrá exceder los 3 años.
- Reparación del Daño Causado a la Víctima: Se realiza mediante una prestación en dinero, la restitución o reposición del objeto, o un servicio no remunerado en favor de la víctima, previa aceptación del condenado y la víctima.
- Servicios en Beneficio de la Comunidad: Consisten en actividades no remuneradas que no excedan las 4 horas diarias, compatibles con la actividad educacional o laboral del adolescente. La extensión mínima es de 30 horas y la máxima de 120 horas.
- Multas y Amonestaciones: El juez podrá imponer una multa a beneficio fiscal que no exceda las 10 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Para su determinación, se considerará la condición y facultades económicas del infractor y de la persona que está a su cuidado. La multa podrá pagarse en cuotas o ser conmutable por servicios a la comunidad.
Sanciones Privativas de Libertad
- Régimen Cerrado: Los jóvenes deben desarrollar todas sus actividades dentro de recintos del Servicio Nacional de Menores (SENAME).
- Régimen Semicerrado: Establece la residencia obligatoria en un centro, pero permite el desarrollo de programas en el exterior del establecimiento. Estos programas incluyen la continuación de estudios, el aprendizaje de oficios, el manejo de tecnologías digitales, el tratamiento de adicciones y el fortalecimiento del vínculo con la familia.
Sanciones Accesorias
Las sanciones accesorias contemplan:
- La rehabilitación por adicción a las drogas o al alcohol.
- La prohibición de conducción de vehículos motorizados hasta que el adolescente cumpla los 20 años de edad.