Régimen Legal de la Extinción del Contrato de Trabajo: Causas, Procedimientos y Efectos

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Abandono Voluntario del Puesto de Trabajo

El trabajador puede abandonar el puesto de trabajo por su voluntad, con la intención de extinguir la relación laboral. Si esto ocurre, el empresario puede reclamarle los perjuicios ocasionados.

Extinción por Incumplimiento Grave del Empresario

El trabajador puede extinguir el contrato de trabajo cuando haya existido un incumplimiento grave por parte del empresario que perjudique al trabajador. Los incumplimientos pueden ser:

  • Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, cuando causen un menoscabo en su dignidad o un perjuicio de su formación profesional.
  • Falta o retraso continuado en el pago del salario pactado. El impago en este caso debe ser grave.
  • Cualquier otro incumplimiento grave por parte del empresario. En este supuesto entrarían causas de diversa naturaleza, como el acoso moral o sexual.

Causas Ajenas a las Partes

La muerte, la invalidez o la jubilación del trabajador provocan la extinción del contrato de trabajo.

El Despido Individual por Causas Objetivas

El despido individual puede realizarse alegando causas objetivas legalmente procedentes. Algunas de estas causas son:

Causas Objetivas Legales

  • Ineptitud del trabajador, conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación en la empresa.
  • Falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas operadas en su puesto de trabajo.
  • Necesidad objetivamente acreditada de amortizar un puesto de trabajo por causas económicas, técnicas u organizativas.
  • Falta de asistencia al trabajo que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de 12 meses y siempre que el índice de absentismo en el mismo periodo supere el 5% de la plantilla.
  • Contratos por tiempo indefinido concertados para la ejecución de planes y programas públicos sin dotación económica estable.

Procedimiento del Despido por Causas Objetivas

La extinción del contrato por causas objetivas exige el siguiente procedimiento:

  1. Comunicación escrita al trabajador, expresando la causa.
  2. Indemnización del trabajador.
  3. Concesión de un plazo de preaviso de 30 días, computándose desde la entrega de la comunicación hasta la extinción del contrato.
  4. Permiso retribuido de seis horas semanales durante el plazo de preaviso, con el fin de buscar un nuevo empleo.

Efectos y Calificación Judicial del Despido Objetivo

El trabajador que no esté de acuerdo con el despido podrá recurrir ante el Juzgado de lo Social, en un plazo de 20 días. El juzgado declarará el despido:

  • Procedente: Confirma el despido.
  • Improcedente: Da lugar a la opción del empresario entre readmitir o indemnizar al trabajador.
  • Nulo: Invalida el despido, obligando a la readmisión inmediata.

El Despido Disciplinario

El despido individual también puede producirse como consecuencia de una medida disciplinaria, basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador.

Causas de Despido Disciplinario

Las causas de despido recogidas son las siguientes:

  • Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad.
  • Indisciplina o desobediencia en el trabajo.
  • Ofensas verbales o físicas al empresario, familiares o representantes.
  • Transgresión de la buena fe o abuso de confianza.
  • Disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo.
  • Embriaguez o toxicomanía habitual si repercute en el trabajo.
  • Acoso (moral, sexual, etc.).

Procedimiento del Despido Disciplinario

Debe llevarse a cabo mediante la llamada carta de despido, donde figuren los hechos que lo motivan y la fecha en la que surtirá efecto.

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