Régimen Legal de la Edificación: Ruina, Licencias e Infracciones Urbanísticas
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Aspectos Clave del Derecho Urbanístico y la Edificación
Situación de Ruina y Responsabilidad
La situación de ruina se define bajo dos criterios principales:
- Cuando existe un manifiesto deterioro de la estabilidad, seguridad o consolidación estructural y el coste de la reparación supera el contenido normal de conservación.
- Cuando el propietario haya realizado dos operaciones de reparación previas.
Ruina Físicamente Inminente
Es una situación puntual y urgente ante la cual el alcalde puede tomar medidas inmediatas, incluyendo el desalojo o el apuntalamiento. En estos casos, el municipio será el responsable de los daños.
Licencias Urbanísticas: Actos Sujetos a Aprobación
Los siguientes actos están sujetos a la obtención de la licencia urbanística correspondiente:
- Las parcelaciones urbanísticas.
- Los movimientos de tierras, la extracción de áridos y el depósito de materiales.
- Las obras de viabilidad y de infraestructura en obras de urbanización.
- Las obras de demolición (salvo en caso de ruina inminente).
- La ocupación y la primera utilización de las edificaciones.
Clasificación y Sanciones por Infracciones Urbanísticas
Infracciones Leves
- Prestaciones de servicios por parte de empresas sin exigir las licencias pertinentes.
- Continuar con los suministros tras sobrepasar el plazo de ejecución establecido.
Infracciones Graves
- Ejecución, construcción o instalación que, estando sujeta a licencia urbanística o aprobación, se ejecute sin la misma.
- Los incumplimientos de los instrumentos de planeamiento.
- La obstaculización al ejercicio de las funciones inspectoras.
Infracciones Muy Graves
- Parcelación en suelo no urbanizable.
- Actividad de ejecución sin el instrumento de planeamiento preciso.
- La inobservancia de las medidas cautelares de suspensión ordenadas con motivo del ejercicio de la potestad de protección de la legalidad urbanística.
Nota sobre Sanciones Económicas (Ejemplo de rangos mínimos): 600, 3000, 6000 euros.
Porcentajes de Sanción y Definiciones Técnicas
Porcentajes de Sanción (Estimación sobre el valor de la obra)
- Suelo Urbano: 10% - 20%
- Suelo Urbanizable: 15% - 30%
- Suelo No Urbanizable: 40% - 80%
- Obras de Urbanización: Del 75% al 150% del valor de la obra.
- Edificación: Del 50% al 100% del valor de la obra.
- Obras en Reserva Dotacional: Del 150% al 200% del valor de la obra.